La batalla jurídica del general (r) Maza Márquez para que su condena sea revisada
Pese a que el general retirado de la Policía Miguel Maza Márquez esté compareciendo ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), su lucha para que revisen la condena de 30 años en su contra por el magnicidio de Luis Carlos Galán no para. Entre acciones de tutela e impugnaciones se ha movido el expediente en la Corte Suprema de Justicia
Entre la justicia ordinaria y la transicional se mueve el expediente del general retirado de la Policía Miguel Maza Márquez, condenado en 2016 por la Corte Suprema de Justicia por el magnicidio del líder político Luis Carlos Galán. Por estos hechos, sobre el oficial pesa una pena de 30 años por concierto para delinquir y homicidio agravado. El hombre de 83 años se ha movido en todos los terrenos judiciales con el propósito de demostrar su inocencia. En la Corte Suprema, junto con su defensa, ha presentado acciones de tutelas e impugnaciones, mientras que en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) prometió entregar verdad, pero meses después desistió de su intención.
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Entre la justicia ordinaria y la transicional se mueve el expediente del general retirado de la Policía Miguel Maza Márquez, condenado en 2016 por la Corte Suprema de Justicia por el magnicidio del líder político Luis Carlos Galán. Por estos hechos, sobre el oficial pesa una pena de 30 años por concierto para delinquir y homicidio agravado. El hombre de 83 años se ha movido en todos los terrenos judiciales con el propósito de demostrar su inocencia. En la Corte Suprema, junto con su defensa, ha presentado acciones de tutelas e impugnaciones, mientras que en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) prometió entregar verdad, pero meses después desistió de su intención.
La batalla jurídica que enfrenta el exmiembro de la Policía para que reevalúen su condena ha tenido todo tipo de escenarios. Empezó en febrero de 2018, cuando el oficial remitió al Ministerio de Defensa una carta con la que pedía pista en la JEP, lo hizo con la intención de que su expediente completo pasara a la justicia transicional a propósito de que en la ordinaria ya no tenía chance alguno de controvertir la pena en su contra. La JEP, en enero de 2020, le dio el espaldarazo de manera parcial. Dijo que podría ser compareciente, pero debía aportar información en el caso 06 que investiga la victimización de los miembros de la Unión Patriótica (UP) y no en el caso del homicidio de Galán Sarmiento, como lo había propuesto el oficial.
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Así las cosas, la JEP solo le abrió la puerta para que se acogiera a la justicia transicional por concierto para delinquir, pues la sentencia de la Corte Suprema daba luces de que el oficial tenía información sobre el conflicto armado en relación con grupos paramilitares del Magdalena Medio. Meses más tarde se le vinculó al caso de la UP porque ha sido señalado, en más de 10 ocasiones, como uno de los posibles responsables en hechos que afectaron a miembros del movimiento político. No obstante, la determinación de la JEP no era lo que Maza Márquez esperaba, pues su interés era entrar por el magnicidio de Galán. Sin embargo, como una luz al final del túnel, llegó la posibilidad de impugnar su condena.
Esa brecha la abrió el exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias, quien también ha luchado para salir bien librado de la condena que le dejó a su paso las irregularidades con Agroingreso Seguro. El exfuncionario presentó varios recursos judiciales, en los que alegó que tenía el derecho a que su sentencia fuera revisada en segunda instancia, pues así lo ordenó la Corte Interamericana de Derechos Humanos al evidenciar que en Colombia ese segundo paso no existía para personas condenadas por la Corte Suprema. Arias lo logró, y Maza, en agosto de 2020, solicitó la misma revisión. En septiembre del mismo año la Corte le dijo al oficial que sí revisaría su condena, pero solo por un delito: homicidio agravado.
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El general retirado no estuvo de acuerdo con la decisión del alto tribunal de no revisar su sentencia completa (también está condenado por concierto para delinquir). Desde ese entonces empezó la lucha con la Corte Suprema. Su abogada, Victoria Grillo, presentó dos acciones de tutela alegando que se cercenó el derecho de la doble conformidad (su derecho a la revisión en segunda instancia) y el debido proceso, pues solo se le admitió por el delito de homicidio y no justificaron el motivo por el cual no analizaban la pena por concierto para delinquir. La explicación a esa determinación llegó más tarde con una aclaración que hizo el alto tribunal. Según la Corte, ese delito es competencia de la JEP.
“En otras palabras, pese a que los órganos de la JEP declararon que cuentan con competencia para conocer de la condena del General (r) Maza Márquez en lo que hace al cargo de concierto para delinquir, ello en nada les atribuye jurisdicción para revisar la sentencia proferida por la Sala de Casación Penal, de modo que esta corporación, permítaseme insistir, es la única facultada para conocer la impugnación que la defensa presentará contra el fallo condenatorio en su integridad. En el caso que nos ocupa, ninguna duda cabe que la materialización del derecho convencional a la doble conformidad judicial exige, precisamente, una revisión de fondo y de forma del fallo proferido contra mi representado”, reposa en una de las acciones de tutela elevada por la defensa de Maza Márquez.
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Aunque la abogada Grillo intentó de todas las formas que la condena contra Maza Márquez sea revisada en su totalidad por la Corte Suprema, incluso, demostrando la edad para cumplir una pena y las múltiples enfermedades que hoy en día padece el oficial, no le dieron la razón en dos fallos emitidos en julio y septiembre de 2021. El alto tribunal reiteró en esas decisiones la competencia de la JEP sobre el delito de concierto para delinquir. La abogada tenía la esperanza de que las acciones de tutela fueran conocidas por la Corte Constitucional, pero el caso tampoco fue seleccionado. Con esas negativas, la defensa del general presentó hace una semana la impugnación especial, pero solo por el delito de homicidio.
En cuanto al expediente en la JEP, precisamente este lunes, la Sección de Apelación aclaró que Maza tiene la obligación de rendir versión voluntaria en el caso de los miembros de la UP. La decisión obedeció a que el general también presentó una acción de tutela en la justicia transicional pidiendo que se frenara su sometimiento por violación de derechos. El general consideró que solo tocó las puertas de la JEP para que pudiera hablar del caso Galán, pero nunca de la UP. Así las cosas, Maza, a sus 83 años, todavía tiene camino por recorrer en los corrillos de la justicia: por un lado, para insistir en su inocencia en el crimen de Galán, y por el otro, para evitar las preguntas de lo que pueda saber sobre el caso de la UP.
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En el proceso que investiga la JEP, se conoció que al menos 5.733 personas entre miembros directos de la UP y simpatizantes fueron asesinados o desaparecidos, entre 1984 y 2018. La cifra emitida hace parte de alrededor de siete bases de datos que dan cuenta de este flagelo en el país. La información está consignada en un auto de metodología que aún no ha sido aprobado por la Sala de Reconocimiento, pero que podría quedar en firme durante los próximos días.