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24 Aug 2020 - 11:47 p. m.

La defensa del fiscal Barbosa a la demanda que pide tumbar su elección

En respuesta a la demanda que estudia el Consejo de Estado en contra de su elección, los abogados del fiscal Francisco Barbosa aseguran que la discusión sobre los cuatrienios de los fiscales está más que definida por las altas cortes y cambiar la jurisprudencia crearía inseguridad jurídica.
El fiscal Francisco Barbosa dice que sacarlo del ente investigador generaría inseguridad jurídica.
El fiscal Francisco Barbosa dice que sacarlo del ente investigador generaría inseguridad jurídica.
Foto: CRISTIAN GARAVITO / EL ESPECTADOR

Los abogados del fiscal Francisco Barbosa contestaron la demanda que pide anular su elección. El proceso lo lleva la magistrada Lucy Jeanette Bermúdez en el Consejo de Estado y es una petición de dos estudiantes de la Universidad Nacional que aseguran que Barbosa solo fue elegido para terminar los cuatro años de Néstor Humberto Martínez, no por un periodo adicional. Barbosa se defendió, explicó por qué considera que la discusión sobre el cuatrienio de los fiscales generales está mandada a recoger y dijo que sacarlo del ente investigador solo crea inseguridad jurídica.

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La demanda va de nuevo a una discusión que ya parecía saldada por el Consejo de Estado y la Corte Constitucional: si los fiscales son elegidos por periodos institucionales o personales. El primer escenario significaría que la Fiscalía tiene que cambiar de jefe cada cuatro años y, en caso de que alguno renuncie o sea apartado del cargo, quien sea nombrado a continuación debe ejercer solo hasta esos cuatro años. El segundo camino, el del periodo personal, indica que cada vez que la Corte Suprema elige a un fiscal este debe durar cuatro años, sin importar cuanto haya estado en el cargo su predecesor.

Por esta segunda vía se han decantado las altas cortes, por ejemplo, cuando el exfiscal Eduardo Montealegre fue demandado por la misma causal y el Consejo de Estado concluyó que su periodo era de cuatro años y no el que le restaba a su antecesora, Viviane Morales. Así las cosas, en 25 páginas, los abogados del fiscal Barbosa le pidieron al alto tribunal ajustarse a lo que esa misma corporación ha dicho en el pasado, pues “en la actualidad, no se requiere de ninguna unificación jurisprudencial ya que la misma fue efectuada por la Sala Plena el 16 de abril de 2013 mediante sentencia unificadora”.

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Esa sentencia unificadora fue, precisamente, la del caso Montealegre, que incluso por su importancia fue llevada a la Sala Plena del Consejo de Estado en lugar de ser resuelta en la Sección Quinta, encargada por lo general de demandas electorales. “Desde el 16 de abril de 2013 ya se unificó el criterio sobre la materia, sin que se haga necesario proferir una nueva sentencia de unificación que lo repita, ni mucho menos una sentencia de unificación cada vez que se elige a un nuevo fiscal”, insistieron los abogados de Barbosa en la contestación.

La defensa del fiscal, elegido en febrero de este año de una terna que envió el presidente Iván Duque, continúa diciendo: “Los precedentes jurisprudenciales se expiden para respetarse y eso es lo único que se impone en el caso que nos ocupa, pues el hecho de que los demandantes no estén de acuerdo con dicho precedente no es motivo válido para cambiarlo, máxime cuando no se ofrecen razones objetivas, serias y justificadas que ameriten su cambio”. Y es que, como explican los abogados, también la Corte Constitucional se decantó por la vía del periodo personal.

Y es que ya en el pasado, el alto tribunal constitucional declaró inexequible una ley que sostenía que los periodos de los fiscales debían ser institucionales. Esa lectura de la Corte, insistió la defensa de Barbosa “demuestra categóricamente que el periodo personal de la elección del fiscal general, antes que atentar contra el principio de la separación de poderes, lo desarrolla; por lo tanto, se ajusta a las normas legales y constitucionales en que debía fundarse”.

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A su vez, los abogados de Barbosa dicen que su elección no pone en jaque el equilibio de poderes, como dicen los demandantes, pues dicen que esa premisa “se fundamenta en meras conjeturas o simples especulaciones”. Y, por último, la defensa del fiscal advierte que “un eventual fallo que anule la elección de Barbosa y que desconozca lo dispuesto por los precedentes citados violaría el principio de confianza legítima que se construyó tanto para el presidente, como para la Corte y el propio fiscal, creando así una esfera de inseguridad jurídica y de menosprecio de la buena fe y la lealtad que deben regir las relacione entre el Estado y las autoridades”.

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