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Ley contra el “acoso judicial”, la novedosa propuesta en el Senado

Más de 30 congresistas radicaron un proyecto de ley contra el acoso judicial a periodistas y líderes sociales, a quienes intentan silenciar a través de tutelas, denuncias y millonarias demandas en su contra. Voces del sector judicial señalan que el proyecto de ley puede ser ambiguo y redundante.

05 de agosto de 2021 - 02:00 a. m.
Según la FLIP, durante 2020 se registraron 36 casos de “acoso judicial” contra periodistas.
Según la FLIP, durante 2020 se registraron 36 casos de “acoso judicial” contra periodistas.
Foto: Getty Images/iStockphoto - Nuthawut Somsuk

En 2019, el periodista Gabriel Angarita, director del medio regional TV Cúcuta, recibió tres denuncias por supuesta injuria y calumnia, por parte de altos funcionarios de Norte de Santander, tras sus constantes opiniones y publicaciones relacionadas con corrupción y temas electorales. Este año, la columnista de El Espectador y directora de Noticias Uno, Cecilia Orozco, salió victoriosa en una demanda civil que interpuso el abogado Abelardo De la Espriella, quien previamente la había denunciado desde lo penal en tres oportunidades. “Acoso judicial”, así podrían definir estos casos los 31 congresistas que acaban de radicar un novedoso proyecto de ley, para frenar lo que consideran una violación a los derechos de libertad, expresión, información y asociación.

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Hace unos días, el senador Rodrigo Lara Restrepo radicó en la Secretaría del Senado el proyecto de ley por el cual se introducen en el ordenamiento jurídico “disposiciones Anti-SLAPP”, un concepto internacional que explicaría cómo personajes con poder y señalados en piezas periodísticas, se aprovecharían del aparato judicial para intimidar a quienes publican sobre ellos. Sistemáticamente, atacarían las notas o las opiniones que los comprometen, a través de tutelas, denuncias penales y costosas demandas civiles. Por tal razón, en principio, el proyecto busca adicionar dos parágrafos al artículo 79 del Código General del Proceso, que no es otra cosa que el que pone las reglas para determinar si durante un caso se actuó con “temeridad o mala fe”. Con la adición se espera plasmar el concepto de “acoso judicial” al ordenamiento.

“El acoso judicial o litigioso es una forma de abuso del derecho a litigar especialmente encaminada a la intimidación de periodistas, medios de comunicación, defensores de derechos humanos, entre otros actores de la sociedad civil con capacidad de difusión e incidencia en la opinión pública, con la intención de silenciar temas de interés público para la ciudadanía”, se explica en el proyecto. Asimismo, de aprobarse la iniciativa en el legislativo, los jueces de la República podrán dictar sentencia anticipada, cuando a primera vista se constate un caso de “acoso judicial”, que tendrá como penalización una multa de 30 salarios mínimos.

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Además, se planteó un cambio en el Sistema Penal Acusatorio, que rige al ciudadano del común (no aforados) por delitos cometidos después de 2004. De aplicarse, un fiscal podría archivar una denuncia si encuentra que el objetivo de esta es la intimidación, o si la publicación atacada corresponde a un ejercicio legítimo de la libertad de expresión. “Otro de los elementos constitutivos del fenómeno del acoso judicial es que entre las partes en conflicto exista una desigualdad sustancial en términos de acceso a poder político, económico y social. El acoso judicial suele ser una estrategia emprendida por personas u organizaciones poderosas que tienen acceso a profesionales del derecho o los tienen en sus nóminas habituales”, agrega el proyecto.

La abogada Ana Bejarano le dio bases jurídicas al documento. Además, representa a las periodistas Catalina Ruiz-Navarro y Matilde Londoño, que desde 2020 son adversarias judiciales del reconocido cineasta Ciro Guerra, director de la película El Abrazo de la Serpiente. Las cabezas del portal periodístico Volcánicas, a través de un reportaje, expusieron decenas de denuncias públicas de mujeres que aseguran haber sido agredidas sexualmente por Guerra. El productor niega las denuncias y, además, en una batalla judicial logró que el Tribunal Superior de Bogotá les ordenara a las mujeres ajustar el artículo informativo, el cual sigue en pie con las precisiones que exigió el despacho. Tras diferentes procesos, ahora Guerra exige una reparación por US$ 917.000, casi $3.600 millones al cambio de hoy.

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Según informó la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip), en el informe “Leyes del Silencio”, durante 2020 se registraron 36 casos de “acoso judicial”. En 2019 se identificaron 66 expedientes y en 2018 un total de 38. La Flip entrevistó al periodista y abogado Sergio Mesa, quien durante años ha publicado informes sobre presunta corrupción en la administración de Caucasia (Antioquia), especialmente en el sector salud. En 2019, Mesa recibió seis acciones de tutela por el derecho a la honra y buen nombre de funcionarios públicos. Todas las ganó. Una séptima fue interpuesta por el mismismo alcalde Felix Olmedo Arango, según la Flip, radicada desde la oficina jurídica de la alcaldía.

“No era atacar mis investigaciones, no era desmentir lo que yo había publicado. Era atacarme a mí en lo personal, atacarme en lo profesional. A tergiversar, planteando un escenario donde a mí me desprestigiaran y me aniquilaran”, explicó el periodista Mesa. Además, la presunta víctima de acoso aseguró tener sobre su espalda alrededor de 20 denuncias por injuria y calumnia. Jonathan Bock, director de la Flip, le explicó a El Espectador que es necesario darle luz verde al proyecto: “Otorga herramientas claras para que se pueda identificar cuando hay acosos y que los mismos no sean trámites que cualquier juez pueda iniciar. Los periodistas son obligados a entrar en un proceso judicial que puede ser larguísimo y termina generando un efecto de autocensura”.

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El abogado Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas, tiene una opinión diferente sobre el proyecto. Según dijo, la naciente figura podría ser ambigua para los funcionarios de la Rama Judicial. “Considero que los jueces y fiscales son autónomos e independientes y tienen que valorar en cuáles eventos se está frente a un acoso judicial y en qué casos simplemente se trata del uso legítimo de recursos legales. Considero que es un debate que no es sano para el país, porque pretende intimidar a las personas que quieren hacer uso de las acciones”. Asimismo, dijo que en el ordenamiento jurídico ya existe la figura de “acciones temerarias”.

En palabras de la Corte Constitucional, máximo órgano de la justicia colombiana, las “acciones temerarias” son actitudes de denunciantes o demandantes, quienes interponen recursos sin “razones para hacerlo” y que “delata un propósito desleal de obtener la satisfacción del interés individual a toda costa”. El mismo concepto ya existe en el Código General del Proceso. Según María Helena Luna, jueza penal en Antioquia, “la consecuencia de la temeridad en el proceso penal podría ser alguna medida correccional por parte del juez, o una sanción disciplinaria. No termina como tal el proceso”. No obstante, con el proyecto se busca dar fin a un expediente que podría estar viciado desde su origen.

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Didier(12213)05 de agosto de 2021 - 01:11 p. m.
Otra manera de seguir secuestrado lo público. El acaso judicial intimida y cómo muchos no tienen cómo pagar una defensa, los silencian. Ganando en interés particular sobre general.
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