Publicidad

Ley de sometimiento: este es el concepto del Consejo de Política Criminal

El grupo, conformado por el Ministerio de Justicia, las altas cortes, la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía y Procuraduría, presentó un documento de 11 páginas en el que expusieron los puntos claves que deben tenerse en cuenta a la hora de debatir y votar la iniciativa.

Las comisiones primeras de Senado y Cámara aprobaron en la noche de este miércoles la ley de sometimiento del Gobierno del presidente Abelardo de la Espriella.
Este 4 de noviembre el Congreso debe dar el último debate para ver si la ley es aprobada o se cae.
Foto: @SenadoGovCo

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

/

A punto de que se defina en el Congreso la llamada ley de sometimiento presentada por el gobierno de Abelardo de la Espriella, se conoció un concepto clave de las máximas autoridades judiciales del país y que los congresistas revisan para tomar una decisión de cara al último debate. Se trata de un concepto presentado por el Consejo de Política Criminal, en el que algunas autoridades mostraron diferencias con lo que se propone en el articulado. Dentro de esos, resaltan las de la Defensoría del Pueblo, que pidió revisar a detalle la proporcionalidad de las penas y otros puntos.

Podría interesarle: Extorsiones, amenazas y atentados: la violencia que golpea a Planadas

El grupo encargado de emitir conceptos no vinculantes sobre proyectos de ley y actos legislativos en materia penal que cursan en el Congreso, presentó su documento de 11 páginas, exponiendo que el esquema de sometimiento del gobierno de Gustavo Petro fracasó. Según se lee, entre diciembre de 2022 y julio de 2026, se registró un incremento del 90% de los integrantes de grupos armados ilegales. por esa misma línea, el Consejo resaltó que "ninguno de los procesos abiertos… avanzó hacia su desarme real y total sino, por el contrario, varios de esos grupos ampliaron su control territorial". Esa expansión, llevó al aumento de delitos como extorsión y reclutamiento forzado, de acuerdo con lo dicho por las autoridades.

Por otra parte, expusieron que la nueva ley de sometimiento debe tener garantías claras desde primer momento. Por ejemplo, señalaron que la nueva propuesta establece un "marco legal unilateral de sometimiento a la Constitución Política y la ley consistente en el mantenimiento de una acción estatal sostenida, en la entrega real de bienes, en la judicialización ordinaria con una intervención territorial integral y unos beneficios condicionados". Asimismo, se reafirma que "no se exige ni se concede ningún reconocimiento político a grupos o actores que amenazan el orden público".

Le recomendamos: Defensa de Miguel Quintero busca frenar su traslado a cárcel de Cómbita

Dentro de lo que presentó en su concepto el Consejo, está que habrá una nueva estrategia articulada en la que hay una propuesta que "introduce de nuevo la acción legítima, continua y sostenida de la Fuerza Pública durante los procesos de sometimiento sin que el avance de aquellos implique un repliegue de las medidas de naturaleza militar". De igual manera, establecen que sometimiento a la justicia se deben establecer términos, así como "la no suspensión de órdenes de captura ni de extradición y el mantenimiento de la acción de la Fuerza Pública durante las fases de los procesos de sometimiento dan una mayor posibilidad de éxito a la estrategia gubernamental".

Dentro de las observaciones hechas por algunas de las autoridades que conforman el Consejo, está la de la Fiscalía, que resaltó que se revisara la viabilidad de una nueva unidad especializada para el sometimiento a la justicia. Ahora la iniciativa contempla "la posibilidad de que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público verifique la disponibilidad de recursos necesarios para garantizar el adecuado funcionamiento de la mencionada unidad".

Conozca más: Ataque con drones del Eln dejó dos soldados muertos y cinco más heridos en Chocó

En el caso de la Defensoría del Pueblo, la entidad planteó la necesidad de "revisar la proporcionalidad de las penas", pues en algunos casos las penas base eran de 10 años sin tener en cuenta colaboraciones con la justicia. Como respuesta, se modificó el requisito para colaboradores en lavado de activos, testaferrato y enriquecimiento ilícito, aumentando el término "de 1 a 3 años de ejecución de la pena para la concesión de la suspensión condicional", exigiendo la entrega de "la totalidad de los bienes producto de las acciones ilícitas, previa entrega de inventario verificado y aprobado por la Fiscalía".

Por ahora, solo queda esperar a que la plenaria del Senado debata y vote el proyecto con las modificaciones que se le hicieron y teniendo en cuenta lo señalado por el consejo. Sin embargo, el tiempo apremia, pues la fecha límite que tiene el Legislativo para aprobar la norma vence este miércoles 4 de noviembre.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Conoce más

 

Comentarios
Sin comentarios aún. Suscríbete e inicia la conversación
Lo que es tendencia

Inscríbete a nuestros newsletters

Lo bueno que es estar informado y de una manera diferente desde tu correo electrónico.

Selecciona los newsletters que quieres recibir
Al inscribirte, aceptas nuestros T y C y nuestra Política de privacidad.
Infórmate rápido