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Listo el proyecto de fallo del plebiscito para la paz

El magistrado Luis Ernesto Vargas radicó el proyecto del fallo que determinará si el plebiscito para la paz es constitucional o no. La ponencia le da un sí rotundo a esta forma de refrendar el acuerdo final de La Habana.

Redacción Judicial
18 de junio de 2016 - 03:51 a. m.
Hace tres semanas el presidente Santos y el ponente del fallo del plebiscito, Luis E. Vargas, se encontraron en la audiencia pública sobre este tema.  / Cristian Garavito.
Hace tres semanas el presidente Santos y el ponente del fallo del plebiscito, Luis E. Vargas, se encontraron en la audiencia pública sobre este tema. / Cristian Garavito.

 

El enredo jurídico y político alrededor del proceso de paz se va desenredando poco a poco. Ya está en manos de los nueve magistrados de la Corte Constitucional el proyecto del fallo sobre el plebiscito, mecanismo que les permitirá a los colombianos decidir si están de acuerdo o no con el acuerdo final que se logre en La Habana. La discusión de la ponencia arrancará desde el próximo miércoles. El magistrado ponente, Luis Ernesto Vargas, radicó ayer el documento de más de 300 páginas en las que consideró que la ley que avala el plebiscito para la paz no va en contra de la Constitución y puede realizarse. Un respaldo determinante para la refrendación de lo que pacten las Farc y el Gobierno.

El proyecto de fallo se radicó cuatro meses después de que el expediente cayera en manos del magistrado Vargas, quien propuso que los seis artículos aprobados por el Congreso en la Ley Estatutaria del plebiscito fueran declarados constitucionales. Según el magistrado, son constitucionales el umbral del 13% del censo electoral, el derecho de los ciudadanos en el exterior a votar, y lo más importante, que los colombianos sí pueden votar para decir si están o no de acuerdo con la política de paz del Gobierno de Juan Manuel Santos.

Vargas, sin embargo, también planteó una serie de aclaraciones. Por un lado, en lo que tiene que ver con el segundo artículo de la Ley Estatutaria del plebiscito, Vargas es claro en advertir que la campaña por este mecanismo de refrendación popular no podrá incorporar contenidos que promuevan algún partido o movimiento político ni candidatos a cargos de elecciones populares podrán usarlo en sus campañas. De igual manera, el magistrado ponente hizo una advertencia similar con respecto al artículo quinto, que contiene los términos para la difusión del acuerdo final.

“La divulgación de ese acuerdo debe estar desprovista de cargas valorativas y estratégicas que incidan en la vocación del voto ciudadano; y la información transmitida debe ser veraz e imparcial”, dice el proyecto de fallo. Otra de las aclaraciones que contiene el documento está relacionada con la obligación que tendría el presidente Santos de divulgar el contenido completo del acuerdo final para conocimiento de todos los ciudadanos. Recuerda Vargas que el mandatario deberá publicarlo en el Diario Oficial, en medios de comunicación, entre otros, por lo menos 30 días antes de la fecha que se fije para que los colombianos acudan a las urnas.

Por último, el proyecto de fallo hace una mención especial para garantizar que el contenido del acuerdo final lo puedan conocer tanto los ciudadanos en condición de discapacidad, los que no hablan español (como los indígenas), o los que viven en zonas apartadas de las ciudades. Esta tarea, dice el magistrado Vargas, debería hacerse con un criterio diferencial de accesibilidad, un enfoque que no está plasmado en ninguno de los puntos de la Ley Estatutaria que aprobó el Congreso en diciembre del año pasado.

Con el proyecto ya en manos de los magistrados del alto tribunal, se hizo una adición extraordinaria en el orden del día de la Sala Plena de la Corte. A los 23 puntos que estaban pactados para discutir el próximo miércoles, se añadió el debate de la ponencia presentada por Luis Ernesto Vargas. Desde ese día, los togados debatirán los argumentos planteados en el proyecto y decidirán si los aceptan o no. De no estar de acuerdo con la postura del magistrado Vargas y se votara en contra de su propuesta, el expediente caería en manos de un nuevo magistrado que, por orden alfabético, sería la presidenta de la Corte: María Victoria Calle.

Pero de votar en favor de la ponencia que se radicó ayer, los colombianos tendrían la oportunidad de salir a votar para decir si están de acuerdo con el acuerdo final de La Habana. Una posibilidad que podría cambiar de tajo la historia del país.

 

Por Redacción Judicial

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