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Los cuestionamientos que debe responder Twitter Colombia a la Corte Constitucional

Son dos preguntas puntuales. El alto tribunal las hace en el estudio que adelanta sobre una acción de tutela que presentó el exconcejal de Bogotá, Holman Morris, contra Álvaro Ninco quien hizo acusaciones en su contra en Twitter.

29 de septiembre de 2021 - 01:52 a. m.
Los cuestionamientos que debe responder Twitter Colombia a la Corte Constitucional
Los cuestionamientos que debe responder Twitter Colombia a la Corte Constitucional
Foto: Agencia EFE

La Corte Constitucional podría conocer a fondo sobre las políticas de privacidad que tiene Twitter Colombia y sobre si esta red social tiene habilitada una opción para que sus usuarios presenten reclamaciones sobre la verificación de las opiniones o la información que es divulgada. La decisión obedece al estudio de una acción de tutela que presentó el exconcejal Hollman Morris contra Álvaro Ninco, quien a través de esta plataforma generó acusaciones contra el político.

Morris solicita la retractación de los señalamientos, de ahí que se genere la acción de tutela que, ahora, será conocida por el alto tribunal que no solo le solicitó información a Twitter Colombia, sino también a la Fundación Karisma y al centro de estudios Dejusticia para que revelen en sus conceptos sobre los límites de la libertad de expresión en internet. Además, si consideran necesario deben responder respecto de los mecanismos de las redes sociales frente a la libertad de expresión que, de alguna forma, puede comprometer los derechos a la honra y buen nombre.

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Tanto Twitter Colombia como la Fundación Karisma y Dejusticia tienen plazo de 10 días para remitir la información que servirá para que el alto tribunal analice el caso que promete sentar una posición sobre la delgada línea entre la opinión, la libertad de expresión y las políticas de privacidad que tienen redes sociales, especialmente, Twitter.

Pese a que la puja llegó hasta el alto tribunal, el caso ya se había dado cita en los juzgados de primera instancia que le dieron la razón a Morris aduciendo que los señalamientos sobre acoso sexual en su contra atentaban el derecho a la honra y buen nombre. No obstante, al llegar a la segunda instancia el fallo fue revocado. De ahí que el expediente ahora repose en los despachos de los magistrados de la Corte Constitucional.

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Aunque el alto tribunal ha sentado precedentes importantes sobre la información que se expone en redes sociales, la más reciente decisión es la que se emitió desde el despacho de la magistrada Paola Meneses quien consideró que la libertad de la información protege el derecho de las mujeres de publicar denuncias de acoso por plataformas, pero no otorga un derecho a publicar datos privados o semiprivados de la persona acusada.

Pese a que este no es el caso del exconcejal Morris, debido a que en el marco de esa investigación penal salió bien librado porque la Fiscalía archivó la investigación en su contra, de alguna forma sienta un precedente en el debate que se registrará en el alto tribunal. Cabe mencionar que esta no es la primera vez que la Corte se pronuncia sobre la información en redes sociales.

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En 2019, la Corte consideró pertinente no poner restricciones a lo que un ciudadano expresa en redes sociales. La ponencia que estudiaron estuvo en manos del magistrado José Fernando Reyes y se registró en medio de un estudio de derechos fundamentales entre particulares.

“Esta sentencia no implica cambio de jurisprudencia. Son líneas para tener en cuenta. Establecer reglas generales en este caso es mucho más difícil. La jurisprudencia es que tiene libertad de expresión a menos que con su comentario afecte la integridad de otra persona”, dijo en su momento el documento que analizó cuatro acciones de tutela en el que todas reclamaban vulneración del derecho a la honra y buen nombre por acusaciones que se hicieron a través de redes sociales.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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