Luz verde a la demanda para que las mujeres se pensionen en condiciones más justas

La edad de pensión de las mujeres es cinco años menor al de los hombres, sin embargo, a ambos sexos les exigen cotizar las mismas 1.300 semanas en el régimen público. La Corte Constitucional aceptó para su estudio una demanda que pide tomar acciones sobre el desbalance.

23 de junio de 2022 - 08:08 p. m.
El 81,5 % de las mujeres pensionadas reciben menos de dos salarios mínimos, frente al 73,1 % de hombres.
El 81,5 % de las mujeres pensionadas reciben menos de dos salarios mínimos, frente al 73,1 % de hombres.
Foto: Getty Images

El administrador público Diego Andrés López puede decir que va por buen camino la demanda suya y de sus colegas, que intenta que las mujeres accedan a su pensión en Colombia en condiciones más justas. La Corte Constitucional escogió para su estudio la solicitud del demandante, quien busca darle un giro a una parte del sistema general de pensiones, la cual considera desbalanceada en contra de las mujeres.

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Actualmente, mujeres y hombres tienen que cotizar 1.300 semanas de trabajo para pensionarse bajo el régimen de prima media. Sin embargo, la edad de pensión para ellas está en los 57 años y la de ellos en 62. Es decir, las trabajadoras de Colombia tienen cinco años menos que sus colegas hombres para alcanzar la base de cotización. Esto se traduce en que tienen que trabajar más tiempo para lograr las suficientes semanas cotizadas.

“Es un engaño para la mujer. El sistema le dice que la está beneficiando con el acceso a la pensión a los 57 años. Cinco años antes que los hombres. Pero por debajo de la mesa tiene que cotizar las mismas semanas. Históricamente, además, las mujeres no han podido tener la misma estabilidad que los hombres. Entra el tema de la maternidad y la brecha salarial”, explicó el demandante López en diálogo con El Espectador.

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La Corte Constitucional le respondió que la demanda cumple con la carga argumentativa para ser estudiada. Identificó los grupos comparables, explicó el trato igual a poblaciones en situaciones diferentes y manifestó la falta de justificación al desbalance. López logró demostrar, por ahora, que existe una duda razonable para creer que esa parte del sistema de pensiones podría ir en contra de la Constitución.

Los demandantes citaron un informe del Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y del Caribe de la CEPAL sobre proporción de personas que reciben pensiones a partir de la edad legal de retiro por sexo. Según el documento, en Colombia, el 30,7% de los hombres recibe sus pensiones a partir de la edad legal de retiro. Para las mujeres, esa cifra es considerablemente menor: el 20,5% logra pensionarse a la edad que dice la ley. Una investigación de la Universidad de Los Andes que también se cita en la demanda dice que la cifra es menor: apenas el 12,1% de mujeres.

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Asimismo, fue incluido entre los argumentos un informe del DANE de 2020, el cual expone que en 24 ciudades principales del país existe una diferencia salarial considerable entre hombres y mujeres. Por lo cual, aparte de que estas últimas tienen menos tiempo para cotizar sus semanas, las condiciones propias del mercado laboral son adversas para ellas. La brecha en Bogotá, por ejemplo, fue del 18,1%. En Villavicencio llegó a ser del 22,4%.

Por otro lado, López allegó a la Corte Constitucional argumentos como que a la mujer colombiana históricamente ha estado impedida para ocupar cargos, en igualdad de condiciones, en entidades públicas y privadas. Además, que en el país asumen la totalidad o la mayoría de la carga del hogar en comparación con el hombre. Incluyó el caso de las madres cabeza de familia.

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“Los hombres no quedan en estado de embarazo, ni sufren las consecuencias médicas y laborales de un parto y la crianza con la misma intensidad que una mujer. Las mujeres sufren grandes interrupciones laborales y de cotización cuando quedan en embarazo y en período de licencia de maternidad, que les dificulta ingresar nuevamente o mantenerse en el mercado laboral”, se señala en la demanda.

El demandante López invita a las mujeres y a los hombres que consideren justa la demanda que participen activamente del proceso en la Corte Constitucional. La alta corte, tras aceptar el estudio, notificó al Ministerio del Trabajo y de Hacienda, así como a Colpensiones. Además, invitó al Banco Mundial, a la Organización Internacional del Trabajo y al Banco Interamericano de Desarrollo, entre otros, para que expongan sus ideas y evalúen lo que sería pertinente ante la petición de los demandantes.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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