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La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el exviceministro de Pueblos Étnicos y Campesinos, del Ministerio de Igualdad, Nelson Lemus Cruz, tras la denuncia que conoció El Espectador en la que Sandra Milena Cobos señaló haber sido víctima de acoso laboral y sexual durante el segundo semestre de 2024. Para la decisión, el Ministerio Público analizó diversas pruebas como conversaciones y testimonios. Además, la entidad determinó dar "plena credibilidad".
La investigación que adelantó la Procuraduría contra Lemus Cruz tiene que ver con un caso de presunto acoso sexual que se destapó en febrero de 2025 luego de que Sandra Milena Cobos radicó su renuncia irrevocable y publicó una carta en la que explicó los motivos de su renuncia: “La configuración de acoso del cual he sido víctima. Estas situaciones han afectado profundamente mi dignidad, bienestar y desempeño”.
El Espectador tuvo acceso al documento en el que se señala una "falta gravísima" en el caso de acoso sexual en el ámbito laboral a título de dolo. Para ello, la entidad tuvo en cuenta hechos que fueron expuestos por Sandra Milena Cobos, como tocamientos no consentidos, invitaciones a viajar, presión, propuestas e invitaciones extralaborales.
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Entre los actos que el despacho calificó como acoso y agresión sexual está que el 22 de julio de 2024, en una reunión en el despacho del viceministro,este tomó sus manos sin su consentimiento y las acarició. Asimismo, la Procuraduría recogió otros hechos como que la invitación a un viaje al Caquetá para el primer fin de semana de agosto de 2024 que no correspondía a una actividad institucional y laboral sino personal, tanto así que, no existió una comisión de servicio para el efecto, trámite de viáticos ni agenda oficial. Posteriormente, el 2 de agosto de 2024, el exviceministro habría presionado a Sandra Milena Cobos Angulo para que se
comunicara en altavoz con familiares o amigos para que la reemplazaran en el compromiso de acompañar a su padre a una cita médica y así viajar con Lemus Cruz, por lo que debió enviarles mensajes de texto avisándoles que los llamaría y pidiendo que "le siguieran la corriente", para poder zafarse de la invitación de su jefe.
Otros de los hechos que recogió la Procuraduría tienen que ver con la invitación a un "plan cultural" para el fin de semana. Además de mensajes en los que le expresaba interés personal hacia ella y hacer invitaciones a desayunar o almorzar fuera del contexto laboral.
Según relató Cobos a este diario, en una reunión con directivos, Cobos cuenta que Lemus le tomó la mano y la acarició. “Me sentí incómoda y avergonzada”, relató. Una testigo confirmó el episodio. Días después, agrega la denunciante, el viceministro la invitó a viajar solos a Caquetá. Cobos, al notar que no era una actividad oficial, se excusó diciendo que debía acompañar a su padre a un procedimiento médico.
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Cobo cuenta que en un desayuno con su jefe, ocurrió lo siguiente: Lemus le insistió: “¿No tiene primos o hermanitos que puedan llevarlo?”. Luego le pasó su celular y le pidió que llamara a su familia para buscar otra opción. Cobos intentó negarse, pero él persistió. Para salir del paso, ella les escribió a sus familiares pidiéndoles que la siguieran en la conversación. Cuando Lemus la obligó a poner la llamada en altavoz y quedó claro que nadie más podía acompañar a su padre, desistió. Al otro día, el viceministro le informó que no había viajado a Caquetá y le propuso que hicieran planes, pero ella siguió negándose.
Ella asegura que, tras dejarle claro a Lemus que no deseaba nada con él, enfrentó represalias laborales y maltratos, y cuando en talento humano le dijeron que debía discutir el caso con su presunto acosador en el comité de convivencia, prefirió renunciar. Solo lo hizo seis meses después, cuando aseguró otro empleo.
Ante los hechos, la Procuraduría fundamentó la formulación del pliego de cargos en varios puntos como la subordinación laboral a la que estaba sometida la funcionaria Cobo en ese contexto. La Procuraduría probó la existencia de una relación de jerarquía vertical entre el exviceministro y la exfuncionaria.
"El disciplinable tenía un cargo de jerarquía institucional viceministro en el Ministerio de Igualdad y Equidad y de superior jerárquico inmediato de la víctima, es decir que, entre ellos existía una relación de subordinación laboral, asimetría de poder y, quien además, gozaba de reconocimiento cultural y político, autoridad y poder como mayor y líder del pueblo Nasa", se lee en el pliego de cargos.
Asimismo, la Procuraduría respaldó la decisión por actos concretos como tocamientos no consentidos, invitaciones a viajes personales, presiones, insinuaciones verbales e invitaciones continuas fuera del ámbito laboral. El Ministerio Público hizo énfasis en otorgar especial credibilidad al testimonio de la víctima.
"Esta delegada dará plena credibilidad a los elementos de prueba que fueron aportados por la víctima y que no fueron objeto de tacha de falsedad o negados por el disciplinable o su defensa en relación, por ejemplo, con las conversaciones por WhatsApp; las declaraciones de la víctima en desarrollo de la investigación disciplinaria; los testimonios e informes técnicos de valoraciones psicológicas y psiquiátricas realizadas a la víctima", señala el documento de la Procuraduría.
En este caso, el exviceministro Lemus ha negado las acusaciones en su contra. Aseguró que la salida de Sandra Cobos del Ministerio ocurrió sin que manifestara quejas previas. Además, afirmó que los medios de comunicación que supuestamente se ha tergiversado la situación. Asimismo, anunció que solicitó a la Procuraduría que investigue el caso con el siguiente preámbulo: “Consciente de que siempre he actuado con mi característico cariño y amabilidad hacia todas las personas con las que me relaciono”.
La Procuraduría desestimó los argumentos de la defensa y rechazó la tesis sobre una presunta incapacidad conductual o supresión de libido derivada de patologías prostáticas e intervenciones quirúrgicas. Apoyándose en el dictamen técnico de Medicina Legal, el despacho señaló que el acoso sexual es un comportamiento relacional de poder o dominación, por lo que dichas condiciones médicas no imposibilitaban la ejecución de conductas de acoso verbales o físicas.
En todo este contexto, el Ministerio público determinó, de manera provisional, la falta a título de dolo por lo que Lemus Cruz habría actuado con conocimiento de su investidura y de la ilicitud de su conducta, orientando libre y voluntariamente su voluntad a realizar los actos de acoso sobre su subalterna.
"Nelson Lemus Cruz, como viceministro de pueblos étnicos y campesinos del
Ministerio de Igualdad y Equidad, con ocasión de su posición de liderazgo en la dependencia a su cargo y relación manifiesta de autoridad, poder y posición laboral, entre julio y agosto de 2024, acosó y asedió a la funcionaria adscrita al despacho del Viceministerio de Pueblos Étnicos y Campesinos de la entidad, Sandra Milena Cobos Angulo, a quien le exteriorizó actos de acoso sexual, tales como invitaciones a viajes y actividades extralaborales y ajenas a la institución; presión para que delegara responsabilidades familiares para atender sus invitaciones por fuera del horario laboral; insinuaciones para tener una relación personal más allá de la amistad y tocamientos no consentidos, como la caricia de sus manos en una reunión laboral, entre otros. Conductas que, en los términos del artículo 18 de la Ley 2365 de 2024, es denominada como acoso sexual en el ámbito laboral, falta disciplinaria gravísima", dicta el documento de la Procuraduría.
Así las cosas, la Procuraduría resolvió formular pliego de cargos contra Nelson Lemus Cruz y terminar la investigación disciplinaria única y exclusivamente respecto de los hechos de presunto acoso laboral debido a que los elementos probatorios no sustentaron una conducta de persecución o entorpecimiento profesional.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
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Berta Lucía(2263)•Hace 3 minutosLos machitos marchitos, misóginos y violentos van cayendo como un castillo de naipes.