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Mediante un decreto, el Gobierno declaró exentos de IVA los productos que fabrican en las cárceles los internos dentro de procesos de resocialización y todos aquellos que se comercializan en los expendios que se encuentran al interior de los centros penitenciarios. El decreto fue firmado por los ministros de justicia, Néstor Osuna; de hacienda, Ricardo Bonilla; y de Comercio, Germán Umaña.
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La norma aclara, según explicó un comunicado del Ministerio de Justicia, que los productos que recibirán ese beneficio, corresponden a aquellos que se adquieran o se importen con el presupuesto aprobado por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) o por la autoridad nacional respectiva, y se destinen a la construcción, instalación, montaje, dotación y operación de este.
El beneficio, de acuerdo al Ministerio de Justicia, también contempla todos aquellos productos que sean necesarios para el correcto funcionamiento de los establecimientos carcelarios y para el desarrollo de las actividades educativas, laborales, culturales, recreativas, así como los artículos de primera necesidad para las personas privadas de la libertad.
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“El decreto hace referencia al Estatuto Tributario o ley 633 de 2000 y a la ley 2277 de 2022, donde se establecce que la operación del sistema carcelario nacional, comprende las actividades para el cumplimiento de las finalidades propias del Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario, de manera que el suministro de bienes para atender los estándares mínimos de la vida en reclusión, coadyuve a garantizar condiciones dignas a las personas privadas de la libertad, así como el acceso a actividades educativas, laborales, culturales, deportivas, recreativas u otras similares que sirvan para su proceso de reinserción social”, explicó el INPEC.
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