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Reducción en censo de 2018 a afrodescendientes vulneró sus derechos: Corte

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) tiene 10 meses para realizar un estudio que evalúe las causas que han llevado a cometer errores en la identificación de la población negra del país en los tres últimos censos realizados.

23 de agosto de 2022 - 04:36 p. m.
Reducción en censo de 2018 a afrodescendientes vulneró sus derechos: Corte
Reducción en censo de 2018 a afrodescendientes vulneró sus derechos: Corte

La Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Diana Fajardo, emitió una serie de órdenes que permiten garantizar a las comunidades afrocolombianas ser identificadas plenamente en los censos nacionales de población y vivienda. El alto tribunal tomó la determinación tras el estudio de una acción de tutela que presentó un grupo de afrodescendientes que estimaron vulnerados sus derechos porque el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) en el conteo poblacional de 2018 desapareció al 30% de la población.

Lo que dijeron, en su momento, es que la invisibilidad estadística consistió en que se descontó el número de personas afrocolombianas censadas puesto que disminuyó de 4′311.757 a 2′982.224 en relación con el censo de 2005, lo que representó una disminución del 30.8% en cuanto al número de personas de comunidades afro contabilizadas respecto al censo anterior realizado 13 años antes. Los argumentos de Ilex Acción Jurídica estuvieron en el despacho de Fajardo y la magistrada estimó que, en efecto, hubo falencias en la ejecución del censo de 2018.

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A juicio de la Sala Primera de Revisión que tuvo el caso ese rol se constituyó en un incumplimiento que le corresponde al Estado subsanar para garantizar el derecho a la igualdad. “Una diversidad de factores y falencias dio lugar a la disminución significativa en el autorreconocimiento étnico de la población afrocolombiana. Preocupaciones que desde la consulta previa habían sido manifestadas y que daban cuenta de la necesidad de una estrategia integral de sensibilización y acceso efectivo a los territorios que respondiera a los desafíos del autorreconocimiento en un país marcado aún por la estigmatización y marginalización de lo negro”, indicó la sentencia.

El alto tribunal explicó que el conteo poblacional es la operación estadística más grande y completa que puede hacer un país, y si la misma presenta falencias difícilmente podrán superarse a través de ejercicios estadísticos de menor escala. De ahí que considere que los ajustes implementados por el DANE resultan insuficientes para revertir “la amenaza” a los derechos fundamentales de la población afrocolombiana en general.

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Con esta irregularidad, la Corte dijo que había amenaza de cumplimiento en los derechos a la igualdad, al reconocimiento de la diversidad, a la información de calidad y a la materialización progresiva de los derechos económicos, sociales y culturales. “En efecto, las omisiones del censo afectan el reconocimiento oficial de las diversidades en la población colombiana y obstruyen el diseño de políticas públicas idóneas que permitan superar las enormes brechas que golpean de forma desproporcionada a las poblaciones afrocolombianas”, resaltó el alto tribunal.

Para la Corte está claro que “ser contados” importa en términos de derechos fundamentales, especialmente cuando se trata de pueblos étnicos que aspiran a una identidad étnico-racial diferenciada. Aunque el análisis del caso ya suponía una “carencia por daño consumado”, es decir, que los derechos ya fueron vulnerados en 2018 y no se puede revertir, la Corte adoptó un conjunto de medidas que buscan garantizar que las poblaciones afrocolombianas sean debidamente reconocidas e identificadas en el próximo censo nacional de población y vivienda que realice el DANE.

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Además de elaborar y publicar un estudio sobre las causas que llevaron a la disminución en la identificación de la población negra, el DANE tendrá que evaluar y discutir con los pueblos afrocolombianos la viabilidad, riesgos y conveniencia de incluir en la próxima “Encuesta de Calidad de Vida” un plan piloto de criterio de “heterorreconocimiento” en las operaciones estadísticas que realiza la entidad para complementar los resultados que ofrece el autorreconocimiento que hasta la fecha se ha venido empleando por el sistema de estadística nacional.

De otro lado, la Corte exhortó al DANE que continúe con la implementación del enfoque étnico-racial y el conjunto de acciones que ha previsto para ampliar la oferta estadística de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras. Además, la entidad deberá concluir el diseño de un Plan Integral de Preparación para el próximo Censo en materia de identificación de dichos pueblos.

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Por último, el alto tribunal explicó que la dispersión geográfica de las poblaciones negras, su - aparente- minoría numérica, así como los estigmas sociales que históricamente han estado asociados al reconocimiento de la identidad afrocolombiana, son retos que deben ser previstos por las autoridades encargadas de la ejecución del censo. A su vez, el Estado debe destinar sus recursos financieros y su talento humano, así como su capacidad institucional, para superarlos.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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