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Revocan medida que prohibió a De la Espriella usar la camiseta de la selección Colombia

Para el juzgado, lo ordenado anteriormente era una medida “desproporcionada, ambigua y carente de sustento”. Además, que afectaba los derechos a la libertad de expresión y la participación política.

Redacción Judicial

11 de junio de 2026 - 11:07 a. m.
Abelardo de la Espriella, candidato presidencial.
Foto: EFE - Ricardo Maldonado Rozo
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El candidato a la Presidencia de la República Abelardo de la Espriella sí podrá usar la camiseta de la selección Colombia de fútbol en eventos políticos de su campaña, a pesar de que hace una semana un juzgado se lo había prohibido. Una nueva decisión judicial dejó sin efectos esa orden, argumentando que era una medida “desproporcionada, ambigua y carente de sustento”. Además, que afectaba los derechos a la libertad de expresión y la participación política.

La decisión se dio en el juzgado 62 penal de Bogotá, que atendió una tutela presentada por un ciudadano que pedía revocar la medida ordenada por el juzgado 120 penal de esa misma ciudad el pasado 4 de junio. En el recurso señalaba que la orden judicial inicial afectaba varios derechos fundamentales no solo de De la Espriella y su movimiento Firmes por la Patria, sino también de todos los ciudadanos.

Para el juzgado 62 penal, lo ordenado anteriormente es una medida “ambigua y anfibológica. No determina con precisión las personas sobre las cuales recae la prohibición de portar la camiseta. La falta de claridad respecto de los destinatarios y del alcance de la prohibición genera un escenario de incertidumbre jurídica”.

Para esta instancia, cuando el primer juzgado ordenó las medidas, se vulneraron los derechos de varios ciudadanos sin que se analizaran “aspectos de si el uso de la camiseta de la Selección Colombia en verdad vulnera derechos alegados por el accionante”. Asimismo, se encontró que con la primera decisión “se hace un argumento falaz al señalar que la camiseta de una selección de fútbol debe ser utilizada para escenarios deportivos y no para uso publicitario, falacia naturalista porque se asume erróneamente que una prenda u objeto posee una única función ‘correcta’ o ‘verdadera’ simplemente debido a su propósito original”.

Por eso, dice el juzgado 62, “se hace necesario revocar la medida provisional impuesta por el Juzgado 120 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá mediante Auto del 3 de junio de 2026 por considerar que no se cumplen los presupuestos de ser necesaria y urgente".

En la decisión que acaba de ser revocada el juzgado 120 penal consideró que el uso político de ese emblema deportivo podría afectar derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación y la libertad de elegir y ser elegido. En ese momento, la jueza sostuvo que la camiseta de la Selección Colombia fue concebida para escenarios deportivos y que su utilización como elemento distintivo de una campaña electoral altera el propósito para el cual fue creada.

Según ese despacho, el uso reiterado de ese símbolo en actos proselitistas genera una identificación de la selección con una candidatura específica y compromete la neutralidad que debería rodear a los símbolos que representan a todos los colombianos.

Por eso en ese entonces, demás de conceder la medida provisional, el juzgado admitió la tutela y vinculó al Consejo Nacional Electoral (CNE), al partido Defensores de la Patria y a la Federación Colombiana de Fútbol para que se pronuncien sobre los hechos expuestos en la demanda. Ese caso sigue activo, pero sin las medidas cautelares.

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