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Sentencia de Justicia y Paz reconoció violencia basada en género como práctica paramilitar

Tres exjefes paramilitares de las Autodefensas Campesinas de Meta y Vichada (ACMV) fueron condenados por crímenes enfocados en la degradación de las mujeres. La decisión reconoció que las prácticas contra las mujeres no eran hechos aislados, sino una práctica sistemática. Acá los detalles.

Jhordan C. Rodríguez

01 de mayo de 2026 - 02:10 p. m.
Tres exjefes paramilitares de las Autodefensas Campesinas de Meta y Vichada (ACMV) fueron condenados por crímenes enfocados en la degradación de las mujeres. La decisión reconoció que las prácticas contra las mujeres no eran hechos aislados, sino una práctica sistemática. Acá los detalles. (Imagen de referencia)
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La Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá tomó una decisión clave en la que puso de presente la violencia basada en género como una práctica sistemática para ejercer el control social por otros medios violentos además de las armas. En la sentencia de 558 páginas se condenó a tres exjefes paramilitares de las Autodefensas Campesinas de Meta y Vichada (ACMV), quienes lideraron estas prácticas en las que la justicia evidenció que se tuvo como objetivo marcar la guerra en el cuerpo de las víctimas.

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En su decisión, la Sala de Justicia y Paz determinó que la degradación sufrida por las mujeres victimas de los paramilitares no fueron hechos aislados, sino que estuvieron enmarcadas en una práctica sistemática, que tuvo patrones de crueldad para tener el control de las víctimas y de sus cuerpos. Concretamente, las condenas fueron en contra de los exjefes paramilitares José Baldomero Linares, alias “Guillermo Torres”; Rafael Salgado, alias “Águila” y José Delfín Villalobos, alias “Alfa 1″. La Sala determinó que su posición de mando fue clave para que la violencia basada en género se repitiera sin control. Aunque la decisión resalta que no todos cometieron directamente los actos de violencia sexual contra las mujeres, sí permitieron que el terror creciera.

Dentro de lo encontrado por la Sala, está que “la política criminal de la desmovilizada estructura paramilitar estuvo claramente dirigida a trazar en los cuerpos de las niñas y adolescentes del municipio de Puerto Gaitán, un relato descarnado” de su dominio. No se trataba de “impulsos sexuales individuales”, sino de una “estructura simbólica profunda” para demostrar su dominio sobre la población civil. Dentro del análisis hecho por los magistrados, se determinó que cuando los paramilitares sometían a una mujer, era someter a la comunidad entera.

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Estos hechos revisados por la Sala de Justicia y Paz tuvieron lugar en Alto Neblinas, en Puerto Gaitán (Meta), entre 2000 y 2004. El lugar, según se lee en la sentencia, se usó “sistemática y reiterada como sitio de retención y secuestro, en el cual se concentraron múltiples hechos de privación de la libertad”. Las víctimas eran llevadas allí bajo una supuesta política de “corrección o escarmiento”, basada en criterios morales arbitrarios impuestos por el grupo armado. El tribunal encontró que cualquier comportamiento que los paramilitares consideraran “indebido”, como estar en la calle o tener ciertas amistades, era excusa para el secuestro.

Dentro de las prácticas violentas contra las mujeres identificadas por la justicia está el corte de cabello de manera violenta. El fallo explica que “el cabello fue concebido como un símbolo de feminidad, cuyo cercenamiento buscaba generar vergüenza pública, marcar el cuerpo de la víctima” y advertir a la comunidad sobre las consecuencias de la desobediencia. Las víctimas eran trasquiladas con machetes o tijeras apenas llegaban al cautiverio como un “acto inaugural del sometimiento”. Con ese acto, dice la decisión, los paramilitares buscaban quitarle a la mujer su identidad y convertirla en un objeto de burla y estigmatización social. Al regresar al pueblo, narra el documento, eran llamadas “las calvas”, siendo apartadas de la sociedad y, en algunos casos, pasando meses encerradas en sus casas.

Además de la humillación por el corte de su cabello, las mujeres víctimas, en algunos casos, eran sometidas a trabajos forzados como “arreglar caminos y carreteras, lavar vehículos tipo tractomulas, desyerbar, cocinar, recoger leña, cargar piedras”. Estas tareas, dice la decisión, se realizaban bajo el sol inclemente, sin agua potable suficiente ni alimentación adecuada. La Sala subrayó que estas actividades buscaban “avasallar su libertad y autonomía”, encubriendo la violencia bajo la apariencia de tareas domésticas o de mantenimiento. Los paramilitares utilizaban a las mujeres para realizar el trabajo pesado que los combatientes no querían hacer, reforzando las jerarquías de género mediante la explotación física.

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El nivel más extremo fue la violencia sexual. Las niñas y adolescentes fueron violentadas sexualmente “como signo de dominación patriarcal y forma de humillación o cosificación”. El tribunal documentó casos de acceso carnal violento, esclavitud sexual y acoso constante por parte de los paramilitares. En situaciones de extrema precariedad, algunos paramilitares llegaban a ofrecer comida a cambio de actos sexuales, aprovechando que las víctimas “pasaban días sin consumir alimentos o agua”. Estos actos no solo buscaban el placer del agresor, sino que eran una herramienta para anular la voluntad de la víctima y demostrar que el actor armado tenía un poder absoluto sobre su vida y su integridad, de acuerdo con el fallo.

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El control de los paramilitares era tal que inclusos los vejámenes que cometían en contra de las mujeres empezaron a ser normalizados por la misma población, según encontró la Sala de Justicia y Paz. Incluso familiares y autoridades de los colegios consideraron que la violencia contra ellas era un castigo para corregirlas. “Prefirieron normalizar la secuencia de raptos hacia Alto Neblinas, para hacerlos parecer como actos de adoctrinamiento que dominaran la voluntad de dicho colectivo”, se lee en el documento.

Estas violencias también las sufrían las mujeres que hacían parte de las filas, según encontró el Tribunal. Las mujeres reclutadas, muchas siendo niñas, sufrían entrenamientos inhumanos donde se les decía que “la muerte debería ser un descanso”. También, eran castigadas amarrándolas al cuello y arrastrándolas por el piso si no cumplían con los entrenamientos y las órdenes. Incluso, se ejercía un control sobre su vida sexual, pues debían pedir permiso para tener pareja y eran obligadas a planificar. En caso de que alguna quedara embarazada por “descuido”, el grupo paramilitar imponía una “sanción económica de dos millones de pesos”, dinero que era retenido de su bonificación mensual.

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Los tres hombres fueron condenados a “penas ordinarias principales de 480 meses de prisión (40 años)” y multas de 50.000 salarios mínimos. Sin embargo, al ser postulados de la Ley de Justicia y Paz, esta pena se sustituyó por una “privación efectiva de la libertad por un término de 96 meses (8 años)“. La sentencia demás reconoce a 57 víctimas (39 directas y 19 indirectas) y ordena una reparación integral que supera los COP 10.000 millones. Aún así, es un caso que va más allá del dinero. El Tribunal ordenó medidas de satisfacción como “disculpas públicas en Puerto Gaitán” y la creación de una expresión artística en Alto Neblinas en honor a las víctimas. También se exhortó al Estado a garantizar atención médica y psicológica prioritaria de las víctimas.

Para lograr todo esto, reconoció el tribunal, fue clave “la valentía de las víctimas” al romper el silencio. “Aprovecha la Sala para dirigirse a las víctimas de violencia basada en género, en especial las que acudieron a este proceso, para agradecerles su valentía y decirles que no deben arrepentirse de haber acudido a Justicia y Paz, que esta es una oportunidad para dar a conocer lo que ocurre con las mujeres en el marco de un conflicto armado asimétrico como el que vive Colombia y que con su valentía están aportando a la paz del país”, se lee en un apartado de la decisión.

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Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Por Jhordan C. Rodríguez

Periodista y creador de contenido con más de cuatro años de experiencia cubriendo fuentes de poder político y judicial.@JhordanR11jrodriguez@elespectador.com
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