El Consejo de Estado suspendió de forma provisional el reconocimiento que recibió el sombrero de Carlos Pizarro, exjefe guerrillero del M-19 asesinado en 1990, como patrimonio cultural de la Nación. En su lugar, el alto tribunal ordenó su inscripción en el Registro Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación.
La decisión se dio tras revisar una demanda que sostiene que el acto fue emitido sin competencia, puesto que el ministro de las Culturas no tiene la facultad para reconocer ese símbolo como patrimonio. En el recurso, los demandantes agregaron que la Resolución se sustentó en una Ley que ya no está vigente e infringió las normas en que debía fundarse.
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En consecuencia, el Consejo de Estado señaló que, al menos de manera preliminar, ninguna de las disposiciones durante el acto facultaban al ministro para declarar el sombrero de Pizarro bajo un acto administrativo de reconocimiento, pues se apartó del procedimiento que la Ley General de Cultura estableció para adoptar la decisión que se pretendía en el acto demandado.
El Consejo de Estado explicó que el Ministerio puede declarar y no reconocer bienes de interés cultural con el cumplimiento del procedimiento legal, previo concepto favorable del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural.
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"A pesar de que la Ley diseñó el procedimiento de declaratoria de bienes de interés cultural con el fin de otorgar prerrogativas especiales a una categoría de bienes de especial valor artístico, histórico o antropológico, el Ministerio optó por reconocer dicho bien como patrimonio cultural de la Nación para que sobre él aplicaran las restricciones y garantías propias de aquellos, pero sin someter dicha decisión a consideración del Consejo de Patrimonio Cultural", detalló la Corporación en su decisión.
Asimismo, el Consejo de Estado agregó que no se valoró si se requería un Plan Especial de Manejo y Protección cuando se trata de bienes declarados como de interés cultural. Por estos motivos, el tribunal concluyó, de manera temporal, que los demandantes tienen razón en cuanto el ministro de las Culturas no tenía la facultad para reconocer un bien como patrimonio cultural de la Nación. Sin embargo, la decisión está sujeta a una próxima sentencia final.
En contexto, ante el reconocimiento del pasado 18 de junio de 2024, la cartera a cargo de la cultura aclaró días después que dicho acto no constituyó una declaratoria de bien de interés cultural. “En este caso, el reconocimiento del sombrero de Carlos Pizarro se basa en su valor simbólico como representación de la paz y objeto de memoria, y no en su inclusión en el mencionado régimen de protección cultural. Por tanto, es importante diferenciar entre ambas figuras y comprender la naturaleza específica de cada una”, explicaron desde el ministerio en ese momento.
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