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Ordenan frenar demoliciones donde pueda haber personas vivas bajo escombros por el terremoto

La decisión la tomó un juzgado de Barranquilla al revisar una tutela. La orden la dictó concretamente para Pereira; sin embargo, deben demolerse las estructuras que representen situaciones de riesgo inminente de derrumbamiento y que puedan generar un daño mayor.

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20 de agosto de 2026 - 03:52 p. m.
Ordenan frenar demoliciones donde pueda haber personas vivas bajo escombros por el terremoto.
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Foto: EFE - Carlos Ortega
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Un juzgado de Barranquilla acaba de ordenar que se suspendan todas las demoliciones de estructuras que se vieron afectadas por el terremoto de magnitud 7,4 que sacudió a Colombia el pasado 10 de agosto, en donde sea posible que haya personas con vida atrapadas bajo los escombros. La orden se dio concretamente para Pereira, una de las ciudades más afectadas por la tragedia.

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La orden la dictó el juzgado al revisar una tutela presentada por el abogado David Alejandro González, quien buscó representar a “las personas que eventualmente permanecen atrapadas bajo los escombros”. Lo que pedí era la protección de los derechos fundamentales a la “vida, integridad personal, dignidad humana y seguridad personal” de las víctimas que pueden seguir con vida.

En su acción, solicitó a la justicia que ordenara a la ciudad, como medida cautelar, “abstenerse de ejecutar o permitir la demolición, implosión, derribamiento, destrucción o intervención irreversible mediante maquinaria pesada de cualquier estructura respecto de la cual exista información concreta, indicio, reporte o posibilidad razonable de que pueda contener personas atrapadas con vida, hasta tanto se realice una verificación técnica de búsqueda y rescate por los organismos competentes”.

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Asimismo, pidió que “respecto de cada estructura objeto de intervención, se realice previamente una evaluación técnica individualizada que determine:

a. El nivel de estabilidad estructural.

b. El riesgo para los equipos de rescate.

c. La posibilidad técnica de realizar búsqueda y rescate.

d. Las labores de búsqueda ya ejecutadas.

e. Los medios tecnológicos utilizados.

f. La existencia o inexistencia de indicios de personas atrapadas.

g. La viabilidad de continuar las labores de búsqueda.

h. Las razones técnicas que justificarían una eventual demolición.”

Dentro de sus peticiones también estaba que “en caso de existir actualmente una orden, acto administrativo, instrucción operacional o decisión técnica de demolición respecto de una estructura en la que exista información concreta sobre posibles sobrevivientes, suspender provisionalmente su ejecución hasta que se verifique la situación bajo parámetros técnicos de búsqueda y rescate”. Al revisar la solicitud, el juzgado encontró que debía actuarse de inmediato, pero no darle la razón en todos los puntos.

Concretamente, el juzgado ordenó a la ciudad abstenerse de demoler o intervenir de forma irreversible con maquinaria pesada cualquier estructura en la que haya posibilidad de encontrara a alguien convida. También, encontró razonable suspender provisionalmente cualquier orden de demolición activa hasta verificar la situación bajo parámetros técnicos de búsqueda y rescate.

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Según encontró la justicia, la acción de tutela debía admitirse “al considerar que le está vulnerando sus derechos fundamentales a la Vida, integridad personal, dignidad humana y seguridad personal”. Para conceder la medida cautelar, el juzgado señaló que era urgente tomar acción “al ser de conocimiento público el sismo que afectó en días pasados el Municipio de Pereira y los daños causados a raíz de ese acontecimiento, se estima procedente ordenar a la accionada”.

Por otra parte, tuvo en cuenta la posibilidad de un daño irreversible, por lo cual la medida busca “evitar que la amenaza al derecho tenga como consecuencia la alteración del ejercicio del mismo o que provoque la violación de un derecho fundamental con efectos más dañinos que provoque la ineficacia del fallo de tutela en caso de ser amparable el derecho objeto de tutela”.

De acuerdo con las cifras más recientes de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), la tragedia que ha dejado más de 300 muertos, 4.000 familias y más de 115.000 personas afectadas en 15 departamentos.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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Danny(k65wp)Hace 59 minutos
" No creeeo " ,, 😐🤨
LaviolenciaNotieneGénero Justicia(n6tpz)Hace 1 hora
Está bien, es posible que aún hayan personas que hayan logrado acceso a algún alimento y no se encuentren heridos de gravedad. Dios quiera que encuentren más personas
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