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Conozca los nuevos requisitos que deberán cumplir los paseadores de perros

La norma establece que ningún paseador podrá encargarse de más de ocho perros a la vez.

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La Red Zoocial
07 de octubre de 2025 - 04:17 p. m.
En espacios públicos o comunes, los perros deberán permanecer con traílla, y en caso de ser de manejo especial, también con bozal.
En espacios públicos o comunes, los perros deberán permanecer con traílla, y en caso de ser de manejo especial, también con bozal.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada
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Este año fue aprobada la Ley 2480, conocida como Ley Kiara, con la cual se regulan los servicios de cuidado para animales de compañía y se establecen los parámetros que deberán cumplir las personas naturales o jurídicas dedicadas a esta labor.

La normativa abarca guarderías, hoteles, centros de adiestramiento, peluquerías, servicios de grooming, spa, veterinarias y paseadores de perros. Su aplicación será obligatoria a partir de enero de 2027.

De acuerdo con el artículo 9, quienes se dediquen al paseo de perros deberán cumplir con una serie de condiciones mínimas para garantizar el bienestar de los animales. Entre ellas se incluye que el personal esté debidamente capacitado, cuente con certificación en primeros auxilios caninos y no registre sanciones por maltrato animal.

Antes de iniciar la prestación del servicio, el paseador deberá realizar una valoración comportamental del animal conforme a los parámetros establecidos por la ley. Además, el propietario deberá entregar un certificado de salud expedido por un médico veterinario con una vigencia máxima de seis meses.

Durante los paseos, los animales deberán portar un sistema de identificación, como collar con placa visible o microchip, y el prestador del servicio deberá disponer de un lector para estos dispositivos. Las rutas y condiciones del paseo deberán definirse teniendo en cuenta las características particulares de cada animal, tales como edad, tamaño, peso y comportamiento.

Asimismo, los usuarios deberán aprobar previamente las condiciones del servicio. La norma establece que ningún paseador podrá encargarse de más de ocho perros a la vez y que no se permitirá incluir hembras en celo en las rutas.

En espacios públicos o comunes, los perros deberán permanecer con traílla, y en caso de ser de manejo especial, también con bozal. Solo en áreas seguras y cerradas podrán soltarse. La ley prohíbe expresamente el uso de collares de pincho, eléctricos o cualquier otro que pueda causar daño o sufrimiento al animal.

Finalmente, la Ley Kiara dispone que deberá formalizarse un contrato entre el usuario y el prestador del servicio, con el propósito de establecer las condiciones del acuerdo y regular los aspectos no contemplados en la norma.

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