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¿Su vecino lo puede denunciar por los ladridos de su perro?

La Corte Constitucional reconoce que los dueños de los perros no pueden controlar el ladrido del animal, ni su volumen o intensidad.

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27 de julio de 2023 - 06:09 p. m.
El alto tribunal indica que los perros tienen derecho a ladrar libremente.
El alto tribunal indica que los perros tienen derecho a ladrar libremente.
Foto: Pixabay

En los últimos días, ha circulado un video donde un usuario de TikTok indica que en Colombia existe una Sentencia de la Corte Constitucional que permite a los perros ladrar.

En los últimos días, ha circulado un video donde un usuario de TikTok indica que en Colombia existe una Sentencia de la Corte Constitucional que permite a los perros ladrar.

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De acuerdo con lo indicado por el abogado, el alto tribunal falló a favor de un hombre que fue obligado a acondicionar el lugar donde permanecían sus perros en la finca para que los ladridos no perturbaran la tranquilidad del vecindario, y aun cuando cumplió, se le pidió sacar a los caninos de la propiedad.

Sin embargo, en esta acción de tutela en contra de la Inspección Municipal de Policía de Tabio, Cundinamarca, se reconoció que los dueños de los caninos “no pueden controlar los ladridos de sus perros, ni atenuar el volumen de los mismos”.

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¿Qué dice la Sentencia?

De acuerdo con la sentencia T-119/98, la Corte Constitucional, los ladridos de las mascotas son un acto natural, por lo que, contrario a lo que sucede con el sonido de los dispositivos electrónicos, no se les puede impedir que lo hagan.

Además, la sentencia indica que “propio de la naturaleza de los perros es ladrar y no es razonable exigirle a sus dueños que lo impidan, que estén pendientes del momento en que lo hacen o de regular la intensidad de los ladridos”.

Algo en lo que coincide Kenneth Burbano Villamarín, director del observatorio constitucional de la Universidad Libre, quien aseguró para CityTv que “la administración de una copropiedad no puede prohibir las mascotas ni ordenar el desalojo del animal por concepto de ruido”.

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Adicional a lo anterior, de acuerdo con la Corte, bajo ningún concepto se puede prescindir del animal, por el contrario, deben buscarse medidas que garanticen una sana convivencia entre todos los residentes en caso de que los ladridos del canino superen el límite de lo tolerable.

“Sin embargo, en la hipótesis de que el ladrido de los perros se presentara con una intensidad y con una frecuencia, capaces de traspasar el límite de lo socialmente tolerable, afectando el derecho a la intimidad personal y familiar, en lugar de prescindir de los animales, lo razonable sería el establecimiento de una pauta de coexistencia que permitiera armonizar los derechos enfrentados en esa situación concreta”, indica la Corte.

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El alto tribunal también señala que una posible solución sería adecuar las propiedades de manera que se puedan acondicionar para reducir la percepción de los ladridos y llevarlos a niveles tolerables.

“Así, el propietario de los animales, no pudiendo actuar en contra de las manifestaciones propias de la naturaleza de estos, se vería precisado a apelar a una serie de medidas externas para reducir la percepción de los ladridos a niveles tolerables y, a su turno, el titular del derecho a la intimidad no pudiendo exigir la completa erradicación de los animales debería conformarse con esa reducción a los límites de lo tolerable”.

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