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La discusión en la Corte Constitucional por los delitos sexuales de “Lobo Feroz”

Aunque Juan Carlos Sánchez Latorre, un depredador sexual conocido como “Lobo Feroz” fue condenado a 60 años de prisión, en 2018 le prescribió un caso relacionado con un menor de 13 años por demora de una década en la actuación de la Fiscalía. Una tutela que busca revivir el caso tiene al alto tribunal sumido en un intenso debate. ¿Por qué?

Alejandra Bonilla Mora
30 de septiembre de 2020 - 07:34 p. m.
Juan Carlos Sánchez Latorre, alias el "Lobo Feroz". / Cortesía.
Juan Carlos Sánchez Latorre, alias el "Lobo Feroz". / Cortesía.

El 12 de enero de 2008, Juan Carlos Sánchez Latorre habría obligado a un menor de 13 años a practicar diversos actos sexuales bajo amenazas y ofreciendo pequeñas sumas de dinero. Esta es una de las primeras denuncias que se presentaron en contra de este sujeto, un depredador sexual conocido como Lobo Feroz, a quien se le atribuyen al menos 276 casos y que fue condenado en 2019 a 60 años de prisión. No obstante, ese caso de 2008 no hace parte de esa sentencia puesto que el proceso prescribió por cuenta de la demora de la justicia. Una tutela que busca reabrir ese caso específico ha generado un intenso debate en la Corte Constitucional.

Todo se remonta al 5 de marzo de 2008 cuando las autoridades capturaron a Sánchez Latorre. Diez días después le imputaron cargos por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años y en abril de ese año fue acusado por la Fiscalía. No obstante, la audiencia preparatoria de juicio empezó en el Juzgado Octavo Penal de Conocimiento del Circuito de Barranquilla solo hasta febrero de 2012 y el juicio oral arrancó en 2016 y finalizó en abril de 2018. El Tribunal Superior de Barranquilla en 2018 declaró prescrito el caso pues ya habían pasado más de 10 años desde que se le realizó la imputación a Sánchez Latorre.

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¿Cuál es la discusión? En el código penal (ley 599 de 2000) hay dos artículos que vienen al caso. El 83 que dice que los delitos sexuales cometidos en menores de edad prescriben en 20 años contados a partir del momento en que la víctima alcance la mayoría de edad. Y el artículo 86 que dice que la prescripción de la acción penal se interrumpe con la formulación de imputación y que explica que cuando esta empieza a correr de nuevo, lo hace por la mitad de los 20 años que señala el artículo 83, es decir, 10 años. La Procuraduría presentó una tutela que llegó a la Corte Constitucional que fallaría este caso este jueves.

La discusión en la Sala Plena de la Corte consiste en definir qué artículo se le debe aplicar, en este caso en concreto, a Lobo Feroz y si, por tanto, es posible revivir ese caso de 2008. El caso está en manos de la magistrada Diana Fajardo quien presentó a sus colegas una ponencia que pide revivir el caso, considerando que se debe aplicar el artículo 83 que dice que la prescripción se cumple 20 años después de que la víctima alcance su mayoría de edad. Esa postura, estableció El Espectador, tiene al menos cuatro votos (de nueve) pero es cuestionada porque estaría desconociendo la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia sobre casos en los que se ha interrumpido la prescripción con la imputación de cargos.

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La otra postura en la Sala Plena asegura que, en este caso, por doloroso que sea, la falta de justicia es consecuencia de la inacción de la Fiscalía General, incluso imputable al Estado. En ese sentido, se debería confirmar la prescripción en tanto que a Juan Carlos Sánchez Latorre le imputaron cargos en 2008. Pero algunas voces incluso consideran que no sería necesario llegar a un choque con la Corte Suprema si alias Lobo Feroz ya está condenado a 60 años por otros casos. Pero este no es un debate sencillo y la decisión que se tome podría tener efectos en múltiples casos similares relacionados con delitos sexuales cometidos en menores de edad.

Por esa razón, la Corte Constitucional había pedido a la Fiscalía que hiciera una explicación sobre el alcance de ambos artículos del Código Penal mencionados para aclarar qué pasaba con la prescripción de 20 años cuando la denuncia del hecho se presenta antes de que la víctima cumpla la mayoría de edad, sobre si se había vulnerado el debido proceso en este caso y sobre “los intereses constitucionalmente relevantes que se enfrentan en un caso de estas condiciones”. Actualmente, Juan Carlos Sánchez está condenado por los delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años, actos sexuales con menor de 14 años, acceso carnal violento y pornografía infantil.

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Lobo Feroz aceptó esos delitos que le imputó la Fiscalía en septiembre de 2018 por abusar de por lo menos 276 menores en la Costa Caribe. Esa nueva imputación de cargos se hizo un mes después de la decisión de prescripción que hizo el Tribunal Superior de Barranquilla y luego que este sujeto fuera capturado en Venezuela y extraditado al país. En el vecino país, Sánchez Latorre vivía bajo otra identidad y se escondía de las autoridades que lo buscaban por realizar videos de contenido sexual con niños y adolescentes para después compartirlos en internet. Y por frecuentar salas de juego en Barranquilla para ofrecer dinero a menores para realizar actos sexuales y mostrarles pornografía infantil.

Las autoridades establecieron que este hombre de 37 años, nacido en Barranquilla, trabajó en una empresa de cómputo durante años como ingeniero de sistemas. Después de quedar libre por vencimiento de términos en 2008, solo volvió aparecer en el radar de las autoridades en 2011 tras la captura por parte de las autoridades mexicanas de Héctor Faria, también conocido como Anthony en un café internet. Después de comunicarse con la Interpol en Colombia, las autoridades rastrearon una carpeta que contenía 276 archivos que tenían adjuntos fotografías de niños desnudos y un video de entre 2 a 5 minutos de duración en el que se podía ver claramente cómo un hombre abusaba de los menores.

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Desde Colombia se pudo identificar que estos archivos pertenecían a Juan Carlos Sánchez Latorre. Al parecer, existía un negocio entre Sánchez Latorre y el mexicano Héctor Faria, quien pagaba al Lobo Feroz por cada video entre 100 y 400 dólares. Fue condenado a 60 años de prisión por un juzgado en febrero de 2019, pena que quedó en firme por el Tribunal Superior de Barranquilla en noviembre de ese año.

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