Niegan, una vez más, solicitud de libertad a “Jesús Santrich”

El ciudadano Benedicto de Jesús González interpuso un habeas corpus alegando que la detención del exlíder guerrillero de las Farc es inconstitucional porque no fue sometido a un control de legalidad por parte de un juez de garantías.

Redacción Judicial
22 de febrero de 2019 - 11:45 p. m.
"Jesús Santrich" fue capturado el 9 de abril de 2018 por petición del gobierno de Estados Unidos.  / Mauricio Alvarado - El Espectador
"Jesús Santrich" fue capturado el 9 de abril de 2018 por petición del gobierno de Estados Unidos. / Mauricio Alvarado - El Espectador

La Sección Quinta del Consejo de Estado, con ponencia de la magistrada Rocío Araújo Oñate, consideró que “no concurren los presupuestos para conceder la libertad del señor Seuxis Paucias Hernández Solarte, por cuanto no aparece acreditado que se encuentre privado de la libertad con violación de las garantías constitucionales y legales o que se haya prolongado su detención ilegalmente”.

El alto tribunal estudio un habeas corpus del ciudadano Benedicto de Jesús González, quien argumentó que la detención del exlíder guerrillero es inconstitucional porque no ha sido sometida a un control de legalidad ante un juez de garantías. También alegó un incumplimiento de los procedimientos a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Interior y de Justicia, que reglamentan la cooperación internacional y la extradición en cuando a la función de estas entidades.

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Jesús Santrich, según González, se encuentra “privado de su libertad desde el 9 de abril de 2018, por lo que a la fecha han transcurrido diez meses y tres días sin que se haya resuelto (…) en forma definitiva su libertad (sic) y no extradición, por lo que se han violado ostensiblemente los términos para resolver dicha garantía, razón por la cual su detención, captura y privación de la libertad se ha tornado inconstitucional conculcando el derecho fundamental a la libertad”.

En primera instancia, el Tribunal de Cundinamarca negó el habeas corpus por improcedente. El procedimiento de extradición, según la decisión, no establece un límite de tiempo y se trata de un procedimiento complejo en el que deben intervenir varias entidades. Por tanto, no es posible hablar de vencimiento de términos. Además, señaló que las causas que generaron la captura de Santrich se mantienen y están soportadas en la petición de extradición por parte del gobierno de Estados Unidos.

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Benedicto de Jesús González impugnó la decisión ante el Consejo de Estado y este, en respuesta, confirmó la decisión del Tribunal de Cundinamarca. “Se encontró demostrado que el capturado no agotó los mecanismos previstos (…) para solicitar la libertad y que la captura con fines de extradición por la circular roja de Interpol cumplió con las formalidades legales y se encuentra pendiente la definición de la solicitud de garantía de no extradición”, concluyó el alto tribunal.

Hace pocos días fue rechazada su libertad por quinta vez. La solicitud de extradición de Jesús Santrich se ha convertido en uno de los puntos más complejos para la implementación del acuerdo. Un episodio reciente fue la llamada de la ministra de Justicia, Gloria María Borrero, a la presidenta de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), magistrada Patricia Linares, para informarle que la carta que envió Colombia a Estados Unidos pidiendo las pruebas con las que se llamó a juicio estaba varada en Panamá. La JEP estaba a la espera del material probatorio para estudiar el caso.

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Por Redacción Judicial

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