Publicidad

El monitoreo de redes sociales de Quintero

Carolina Botero Cabrera
29 de agosto de 2020 - 05:00 a. m.

Si no ha oído hablar de OSINT, pronto lo hará. OSINT (del inglés Open Source Intelligence) se refiere a un conjunto de técnicas y herramientas para recopilar información pública, correlacionar datos y procesarlos, es hacer inteligencia con fuentes abiertas. OSINT es la protagonista no solo de una licitación que abrió la Policía y de la que hablé la semana pasada, también lo es de una discusión pública donde se cuestionan los valores democráticos del alcalde Quintero por un contrato de la Alcaldía de Medellín con la firma Selecta Consulting Group S.A.S.

Alcalde Quintero, el uso de herramientas de monitoreo de redes sociales por una autoridad pública con funciones de Policía que termina por calificar a personas como “atacantes” o “cibermilitantes”, después de hacer análisis “sociales y políticos”, es una actividad que como mínimo da escalofrío. Como mínimo porque, dada su calidad de funcionario público y autoridad administrativa, esta actividad puede convertirse en una forma de vigilancia que no es aceptable por su impacto en la libertad de expresión y en otros derechos de las personas.

¿Quién no ha usado un buscador de Internet para ver qué sale si pone allí su nombre? Saber lo que dicen de una y querer que lo que se vea allí sea positivo, es una aspiración apenas normal y, como no, es una de las tareas más importantes para un equipo de comunicaciones en cualquier actividad. Por eso empecemos por reconocer que OSINT es una actividad legítima y útil para cualquiera. Pero, ¿cuándo su uso deja de ser monitoreo y pasa a ser vigilancia o acoso o acecho de una persona?

Tiene razón el alcalde Quintero en que ese ejercicio tiene usos legítimos e importantes. No solo para mejorar la gestión de la alcaldía identificando la percepción de las personas sobre sus acciones y políticas, también se me ocurre, por ejemplo, que sería muy útil para responder a la gente (no olvidar que la sentencia T230/20 obliga a responder peticiones que lleguen por redes sociales). Al fin y al cabo, las personas que usan estos medios para quejarse, reclamar o hacer peticiones buscan respuestas, acciones, cambios. Sería interesante saber ¿cuántas veces y cómo respondió a las críticas que identificó creciendo en redes? Porque de eso no habla el informe resumen del contratista.

Además, sería interesante saber cómo integran esta estrategia de comunicaciones con la estrategia general de la alcaldía. Lo que se sabe de OSINT es que no sirve de manera aislada. La gente no actúa en internet como lo hace en el mundo analógico, además las redes privilegian burbujas de eco, con todo lo que eso implica. Por eso cualquier gestor serio usará esta información para la toma de decisiones, pero la articulará con otras fuentes.

Entonces, otra pregunta interesante sería, ¿cómo hace la alcaldía el seguimiento integral a la percepción de su gestión? -suponiendo que ese es el propósito central-. ¿Cómo se integran estos datos con el entorno que no está “conectado”? Además, porque si estas preguntas no tienen respuesta y la actividad solo sirve para “marcar” a algunas personas -cómo teme y denuncia quién solicita y obtiene esta información-, su estrategia está teniendo un efecto discriminatorio que no es legítimo y su impacto en derechos humanos no puede despreciarse.

En todo caso, el mayor problema es que -como se deduce del reporte-, la OSINT del contrato de Selecta mientras más individualiza a personas críticas, más se aleja del monitoreo. El monitoreo de fuentes abiertas impacta menos derechos -como la privacidad y la libertad de expresión- mientras más amplio es. En la medida en que individualice y persiga a personas concretas deja de ser monitoreo y va tornándose en vigilancia y eso, alcalde, es una actividad regulada, que exige controles y no puede hacerse por motivos de raza, religión o preferencias políticas.

Sí, su uso es generalizado, es una herramienta popular en el sector privado. El problema es que no es lo mismo ser el gerente de una iniciativa privada que ser el alcalde de una ciudad. Mientras las personas naturales y jurídicas podemos hacer todo aquello que no nos está prohibido, los funcionarios públicos solo pueden hacer lo que les es permitido. Mientras el Estado y los funcionarios públicos tienen deberes de protección y facilitación del ejercicio de derechos humanos, a las empresas corresponde respetarlos. Además, una autoridad pública ejerce poder sobre sus conciudadanos y esto no es menor a la hora de evaluar sus acciones porque le imponen límites a su actuación.

Finalmente, está el tema de los recursos. Ese contrato se paga con recursos públicos que imponen obligaciones, entre ellas la rendición de cuentas. Al revisar el informe se siente que hay un interés por medir la favorabilidad-desfavorabilidad del alcalde -incluso temas familiares como la salud de su hija-, no es tan claro respecto de sus políticas o función pública. ¿Es esto ilegal? ¿Merece una sanción disciplinaria? Estos casos no parecen estar zanjados en Colombia como vimos cuando el avión presidencial se usó para trasladar no solo a la familia, también a las amistades de la familia del presidente a Panaca para una fiesta infantil. Hay quienes creen que en estas situaciones caben sanciones y quienes no lo asumen así.

La creciente denuncia y rechazo social al uso indiscriminado de OSINT por las autoridades muestra que la gente quiere más claridades sobre la zona gris entre monitoreo y vigilancia, evidencia también el interés por exigir cuentas del gasto de recursos públicos. Alcalde Quintero, está cambiando la percepción de lo que es aceptable o no en la opinión pública con OSINT, quizá eso sea algo que salte como alerta en el próximo informe de Selecta y le ayude a tomar decisiones sobre su gestión.

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar