La decisión de abortar de una mujer no es una tribuna de opinión

Columnista invitado EE
24 de febrero de 2020 - 05:00 a. m.

Por Natalia Acevedo Guerrero*

Durante los últimos días la opinión pública ha discutido un caso de interrupción voluntaria del embarazo en el departamento de Cauca. En los diferentes medios se especuló sobre las condiciones médicas de dicha mujer, su salud mental, el número de semanas que tenía al interrumpir el embarazo, el procedimiento usado para hacerlo, entre muchas otras cosas. Ante la ola de especulación y matoneo, Profamilia explicó categóricamente que no podía hacer pública ninguna información que comprometiera la confidencialidad de la mujer. Aunque sus explicaciones fueron claras, la narrativa nacional siguió reclamando detalles del caso, casi como si fuera una obligación.

Este episodio obliga a hacer una necesaria y urgente reflexión sobre la confidencialidad en contextos de salud. La privacidad de los pacientes y la confidencialidad de la información son fundamentales para construir relaciones éticas entre médicos y pacientes. Aunque hablar de confidencialidad en contextos médicos parece un principio obvio, hoy se habla de la confidencialidad médica como un “principio en decadencia”, ya que sus violaciones son cotidianas y se han normalizado en la práctica clínica. Nadie se ha salvado de ver fotos de historias clínicas o detalles sobre la salud de otras personas en redes sociales.

La confidencialidad es un principio fundamental para la ética médica y los derechos fundamentales por dos razones. La primera tiene que ver con las consecuencias que podría traer la revelación pública de información clínica de los pacientes. Imagínese que un día toda la información clínica de cada ciudadano esté al alcance de todo el mundo y sirva para discutir públicamente su información genética, sus hábitos buenos y malos, sus condiciones de salud mental, datos relacionados con su sexualidad, diagnósticos de VIH y cáncer, entre mucha otra información que podría generar altos niveles de estigma y discriminación en su familia, trabajo y en la comunidad. Ante esto, muchos pacientes simplemente dejarían de confiar en sus médicos y evitarían ir a buscar asistencia médica.

La segunda razón está relacionada con los derechos que tienen las personas a que su vida privada no sea revelada, su intimidad sea protegida y su autonomía para tomar decisiones en salud sea respetada. La normatividad colombiana ha desarrollado el concepto de “secreto médico” que cubre todo lo que el paciente le cuenta al médico durante la atención, y ha enfatizado la estricta reserva que tiene la historia clínica, entendida además como un “dato sensible” en la ley de habeas data. Aunque la confidencialidad médica se puede levantar en situaciones de extrema urgencia y/o riesgo para la seguridad o salud públicas, estas excepciones deben estar sustentadas en razones técnicas y no pueden depender de las construcciones morales o religiosas de cada profesional.

Violar la confidencialidad clínica puede traer consecuencias para las entidades de salud y profesionales de la medicina, tales como sanciones de tipo ético, disciplinario y administrativo. Por esto, cuando se viola la confidencialidad en casos de interrupción del embarazo, no solo se corre el riesgo de ser sancionado, sino que se pone en grave riesgo de violar derechos fundamentales, como la integridad de las mujeres que suelen ser sometidas a altos niveles de estigma y violencia, tal como lo mostró el caso de Popayán.

Este caso también obliga a pensar en los riesgos para la privacidad que corremos todas las personas cuando nuestros familiares y/o exparejas revelan datos sensibles sobre nuestra histórica médica en los medios de comunicación como una forma de intimidación. ¿Qué sentiría usted si un día los programas radiales, las redes sociales y los noticieros se concentran en escudriñar sus decisiones medicas más íntimas?

La empatía y el reconocimiento de la dignidad de todas las personas obligan a pensar que es necesario garantizar que ninguna otra persona vuelva a ser víctima de semejante escrutinio sobre su información clínica. Para esto, solo queda invitar a los pacientes a exigir su derecho a la confidencialidad en contextos de salud, y a los profesionales de salud a recordar su obligación ética y legal de guardar el secreto profesional y la confidencialidad clínica.

* Abogada. LLM. Candidata a la maestría en Bioética, University of Pittsburgh.

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar