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Abecé del decreto presidencial que permite preagrupamiento de miembros de las Farc

Son 26 puntos donde estarán ubicados los integrantes de las Farc que pueden ser sujeto a modificaciones por el Ministerio de Defensa si así lo ordena el gobierno nacional

Redacción Política
25 de octubre de 2016 - 06:18 p. m.
Decreto ordena suspensión de operaciones militares en contra de los miembros de las Farc. /Presidencia
Decreto ordena suspensión de operaciones militares en contra de los miembros de las Farc. /Presidencia

El Gobierno Nacional ya publicó el decreto que firmó el presidente Juan Manuel Santos en el que revela el establecimiento de 26 puntos de preagrupamiento temporal donde podrán permanecer los integrantes de las Farc que participan del proceso de paz y que están cumpliendo con los protocolos acordados sobre el cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo. (Lea: Definidas las zonas de preagrupamiento para las Farc)

El texto aclara, tal y como lo dijo en los pasados días el ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas, que los puntos específicos están en poder de la Fuerza Pública por razones de seguridad. El presidente Santos es claro en advertir en ese documento que, pese a que los puntos ya están establecidos, estos podrán variar incrementando o disminuyendo su número o coordenadas. (Vea acá el especial A CONSTRUIR LA PAZ)

Como lo reveló El Espectador el pasado 14 de octubre, los puntos de preagrupamiento de las Farc no estarán, eso sí, en áreas urbanas, centros poblados, cabeceras municipales, corregimientos ni en vías principales y, aunque el tiempo de los mismos debe ser acordado por las partes en la mesa de negociaciones de paz, lo cierto es que el jefe de Estado ya definió una primera fecha como guía frente a la duración del cese al fuego, estimada hasta el 31 de diciembre de este año. 

A su vez, el decreto revelado este martes, ordena la suspensión de operaciones militares y operativos policiales en contra de los miembros de las Farc que se encuentren dentro de los puntos de preagrupamiento, “así como en las rutas de desplazamiento hacia estos”, y se restringen los vuelos militares sobre estas zonas por debajo de los 5 mil pies de altura. Además, estará a cargo de la Fuerza Pública prestar la seguridad en las áreas que rodeen los denominados PPT y brindar todas las garantías para que la población civil y los encargados de participar en el proceso de cese bilateral de hostilidades no se sienta amenazado mientras permanezcan vigentes estas zonas de ubicación de la guerrilla.

Entre otros puntos, finalmente, se mantiene vigente la hasta hace poco conformada Unidad Policial para la Edificación de la Paz que se encargará de la seguridad de quienes estén ejerciendo labores de monitoreo y verificación del cese bilateral, y se suspenderán los permisos para la tenencia y porte de armas dentro de los puntos de preagrupamiento, respecto de la población civil.

Esta directiva se da como una orden del presidente Juan Manuel Santos en el marco del limbo jurídico y político al que entró el acuerdo de paz entre el gobierno y las Farc, luego de que el pasado 2 de octubre fuera derrotado en las urnas el plebiscito por la paz. De hecho, la guerrilla desde aquel fracaso, ha anunciado que mantiene su voluntad de avanzar hacia un país sin conflicto armado interno y, en ese sentido, ha respondido a la decisión del primer mandatario del jefe de Estado de mantener el cese bilateral.

Mientras eso ocurre, las delegaciones de paz avanzan en La Habana en un diálogo que permita mejorar el acuerdo de paz e incluir las propuestas enviadas por los representantes del No, por varios voceros del Sí, de víctimas y de cientos de ciudadanos que no quieren que se eche al traste 4 años de esfuerzo en Cuba.

 

 

(Consulte aquí el decreto presidencial)

Por Redacción Política

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