La secretaría general de la Cámara de Representantes comunicó al partido de La U que la sanción de voz y voto interpuesta contra el representante Julián López no será aplicada hasta tanto no haya una decisión en firme del Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre el caso.
Un documento al que tuvo acceso El Espectador detalla la respuesta que entregó el secretario general de la corporación, Jaime Luis Lacouture, con el que sustentaron los motivos del por qué López, presidente de la Cámara, siguen haciendo uso de voz y voto en representación del partido de La U, así como también ha dado continuidad a sus funciones en la mesa directiva.
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A pesar de las notificaciones realizadas por la colectividad a través del secretario general José Luis Jaraba Díaz, y el presidente del Consejo Nacional Disciplinario y de Control Ético, Antonio Abel Calvo Gómez, en la Cámara sustentan que López se encuentra amparado bajo el artículo 11 de la Ley 1475 de 2011.
La norma cita que si bien los directivos de partidos están expuestos a cinco tipos de sanciones al no haber “procedido con el debido cuidado y diligencia en el ejercicio de los derechos y obligaciones que les confiere la personería jurídica”, se encuentran amparados “mediante el procedimiento previsto en sus estatutos, con respeto al debido proceso, el cual contemplará la impugnación en el efecto suspensivo, ante el Consejo Nacional Electoral, de la decisión que adopten dichos órganos, la cual deberá interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación personal”.
En este sentido, según supo este diario, este recurso de impugnación fue interpuesto ante el CNE una vez fue notificado de la sanción por parte de su partido, y dado que el órgano electoral no ha tomado decisión de fondo sobre su caso, este puede seguir ejerciendo sus derechos políticos.
El concepto emitido por la Cámara señala que “en aras de garantizar los derechos fundamentales a la defensa y el debido proceso, consideramos que no es posible aplicar la medida provisional de suspensión a la militancia, ni la de voz y voto del Presidente de la Cámara, HR JULIÁN DAVID LÓPEZ TENORIO”.
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Además de lo anterior, en la corporación también se emitió una carta con fecha de del 13 de noviembre en la que más de 120 congresistas solicitaron al partido de La U restituir los derechos políticos de López, a quien respaldan como su presidente electo de forma legitima en la sesión del 20 de julio del 2025.
Esta carta, sin embargo, provocó una reacción del partido en la que también exigieron la defensa de sus derechos y permitir la aplicación de las sanciones contra el congresista avalado por esta colectividad al argumentar que las medidas adoptadas por el partido “gozan de autonomía constitucional y legal, y no pueden ser condicionadas, modificadas o intervenidas por terceros, incluidos los honorables representantes de otras bancadas”.
¿Por qué es sancionado López?
El caso de Julián López con el partido de la U data de casi tres años. El representante por el Valle ha realizado un ejercicio de oposición a la administración de Dilian Francisca Toro – catalogada como líder de este partido - en la gobernación del Valle que está próxima a cumplir 12 años en el poder.
Por lo anterior, López anunció durante el pasado mes de octubre la creación de ‘La Nueva U’, una corriente opositora a las medidas de la gobernadora Toro dentro del mismo partido de la U. Esta decisión fue la que abrió nuevamente la caja de pandora en la colectividad y que derivó en la sanción de voz y voto contra el congresista, argumentando una violación de los estatutos del partido.
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