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Congresistas apelarán decisión de archivo de la ventana pensional en Senado

Los promotores acudirán a la figura porque consideran que solo seis congresistas no pueden desconocer “una aspiración justa de un gran número de colombianos”.

23 de octubre de 2020 - 06:35 p. m.
La propuesta busca que los ciudadanos que están a menos de 10 años de pensionarse puedan cambiarse de un fondo privado a Colpensiones o viceversa.  / Getty Images
La propuesta busca que los ciudadanos que están a menos de 10 años de pensionarse puedan cambiarse de un fondo privado a Colpensiones o viceversa. / Getty Images

El proyecto de ley conocido como ventana pensional, que buscaba abrir una oportunidad para que los colombianos a quienes les faltaran menos de 10 años para la jubilación tuvieran la posibilidad de cambiarse por una única vez de régimen pensional, fue aprobado por unanimidad por la Comisión Séptima de la Cámara y por abrumadoras mayorías en la plenaria de esa corporación. Sin embargo, este jueves se hundió en la Comisión Séptima de Senado en una apretada votación de seis contra cinco.

En esa célula legislativa votaron a favor de la iniciativa que es esperada por muchos colombianos los senadores Nadia Blel (Conservador), Alberto Castilla (Polo), Aulo Polo (Polo), Victoria Sandino (FARC) y Manuel Bitervo (AICO). En su contra votaron Laura Fortich (Liberal), Honorio Enríquez (Centro Democrático), Carlos Fernando Motoa (Cambio Radical), Eduardo Pulgar (Partido de la U), Milla Romero (Centro Democrático) y Gabriel Velazco (Centro Democrático).

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Y esa votación de solo seis senadores es lo que ha motivado a que sus promotores radiquen ante la mesa directiva de Senado una apelación, para que esa decisión de archivo sea revisada por la plenaria del Senado y logre tener otro futuro.

“La Ley 5 de 1992 da esa herramienta para que la mesa directiva de la corporación nombre una comisión accidental que se encarga de estudiar la procedencia del recurso, luego la plenaria lo vota y si la plenaria decide que no se debe archiva, se debate en otra comisión que no sea la Séptima, para este caso”, comentó el representante Juan Carlos Wills, del Partido Conservador y autor del proyecto.

“Recurrir a este medio de impugnación busca garantizar acudir a una instancia de mayor jerarquía como lo es la Plenaria del Senado. Esto, permite mayor participación de los miembros, así como la democratización de la decisión que tome el Pleno del Senado. El poder Popular como constituyente derivado está reflejado en las mayorías participativas de la que se emana la voluntad popular”, señala el documento que se radicará ante Senado.

De esa misma manera, se cita jurisprudencia de la Corte Constitucional a través de la sentencia C-385 de 1997. ""Así las cosas, el examen por parte de la Plenaria de la Cámara o del Senado de la negativa de la Comisión de dar curso a un proyecto de ley o de su decisión de archivarlo definitivamente, en virtud del recurso de apelación que se consagra en la norma demandada, permite de un lado que el mayor número de miembros de cada Cámara legislativa pueda manifestar claramente no sólo su voluntad positiva de convertir en ley un proyecto, sino también la negativa de darle trámite", ha dicho la máxima autoridad constitucional.

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En esa misma sentencia se señala que a través de este recurso se “garantiza al autor de la iniciativa su derecho de participación en el ejercicio del poder político al permitirle no sólo presentar proyectos de ley sino también acudir a otra instancia superior para exponer las razones por las cuales no comparte la decisión adoptada en la comisión”.

Para los promotores de la ventana pensional, la votación de seis senadores es precaria si se compara con las mayorías que aprobaron la iniciativa en Cámara y la unanimidad que hubo en la Comisión Séptima, por donde se inició su discusión. “De esa manera, un precario número de seis (6) miembros, enterró una aspiración justa de un gran número de colombianos, desconociendo la manifestación unánime de la Comisión Séptima Constitucional de la Cámara de Representantes, y la abrumadora mayoría de la plenaria de la misma corporación”.

“Lo resuelto por la Comisión Séptima en las condiciones y circunstancias anotadas, amerita que un mayor número de senadores ‘manifieste claramente no sólo su voluntad positiva de convertir en ley un proyecto, sino también la negativa de darle trámite’, como lo ordena la jurisprudencia en cita, evitando que se consolide o se imponga sobre el principio democrático en un tema tan sensible, la decisión de tan precaria minoría, en detrimento de la voluntad manifiesta de la Cámara de Representantes”, concluye la apelación.

Lea aquí el documento de apelación completo

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