Esta semana revivió el caso de Humberto de la Calle, senador electo por la Coalición Centro Esperanza con el aval de Verde Oxígeno, sobre si ha incurrido o podría incurrir en doble militancia, toda vez que el partido que lo acoge ya no pertenece a la alianza de centro y tiene a su propia candidata a la Presidencia, Ingrid Betancourt.
Todo comenzó por una solicitud que el también exjefe negociador con las Farc le hizo a la candidata de unirse de nuevo a la coalición, lo que implica renunciar a su aspiración Presidencial. La intención de De la Calle era acompañar ayer a Fajardo en el evento de instalación del comité de campaña en Bogotá y no incurrir en alguna irregularidad legal que ponga en riesgo su curul.
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Betancourt le dio un no rotundo y le recordó las opciones que ella le dio a él y a los otros candidatos de Verde Oxígeno que hacían parte de la lista de la coalición, las cuales, según ella, el senador electo rechazó.
En ese momento, De la Calle elevó consultas a diferentes entidades acerca de su situación. Es decir, tener el aval de un partido que consolidó una coalición, pero que al tiempo se retiró de esta. Hasta ahora, el Ministerio del Interior ha sido la única institución en responderle.
“Si el candidato al Senado por la coalición Alianza Verde y Centro Esperanza, Humberto de la Calle Lombana, fue avalado por el partido Verde Oxígeno para las elecciones del 13 de marzo de 2022 y, luego de inscrito, dicho partido se retira de la coalición, eso no afecta el aval otorgado, por cuanto al aspirante le asiste el derecho fundamental, consagrado en el artículo 40 de la Constitución Política, de elegir y ser elegido, y dicho derecho no está condicionado a la voluntad de las directivas políticas de permanecer o retirarse de una coalición. La consecuencia que sí tiene el retiro del partido Verde Oxígeno de la mencionada coalición es que el candidato De La Calle ya no puede apoyar candidatos o precandidatos a la Presidencia distintos a los de su partido, excepto que su partido de origen no lo(s) tenga(n) y lo haya dejado libre para dar ese apoyo. De lo contrario, podría estar incurriendo en doble militancia”, se lee en un concepto que dio en su momento.
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Justamente por lo suscitado por De la Calle y la propuesta que le hizo a Betancourt, el Ministerio salió a decir que dicho concepto dado hace un tiempo no es vinculante. “La presente respuesta tiene la naturaleza de un concepto jurídico. Solamente constituye un criterio auxiliar de interpretación, de conformidad con lo establecido en los artículos 230 de la Constitución Política, 26 del Código Civil y 28 del Código Contencioso Administrativo”, compartieron un fragmento de la respuesta a dicha consulta.
Y se insistió: “la respuesta dada por la Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal no corresponde a ninguna certificación, fallo o concepto definitivo, toda vez que esta cartera no es la llamada a certificar, investigar y/o sancionar causas referentes a inhabilidades por doble militancia”.
Por último, anunció que hará traslado del caso al Consejo Nacional Electoral y a la Sala de Servicio y Consulta Civil del Consejo de Estado, entidades competentes para resolver las dudas sobre riesgos de doble militancia en De la Calle, que podrían llevarlo a perder su curul.
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