El Consejo Nacional Electoral (CNE) puso la lupa sobre las firmas encuestadoras y las diferentes mediciones que han sido publicadas en medio de la campaña electoral y que habrían infringido la controvertida Ley de Encuestas. La primera firma sobre la que se abrió investigación fue la brasileña AtlasIntel, además de algunos medios que dieron eco a sus resultados tras la entrada en vigencia de la nueva normativa.
Se trata, en específico, de la encuesta publicada el 10 de enero del presente año, que arrojó como resultado una posición favorable de Abelardo de la Espriella en la intención de voto presidencial con un 28 % de favorabilidad sobre el 26,5 % de Iván Cepeda. Esa, de hecho, ha sido la única encuestadora que ha dado ese primer lugar a De la Espriella.
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No obstante, según detalla la ponencia de la magistrada Maritza Martínez (La U), existen dudas metodológicas a los mecanismos empleados para realizar esta medición por parte de la encuestadora brasileña y que no configuraría una encuesta, sino un sondeo de opinión.
Al respecto, el CNE estipula que existe unas “presunta presentación de estudios metodológicamente estructurados como sondeos bajo la denominación de encuestas probabilísticas, sin advertir su carácter no representativo”.
Según la ficha técnica de esa firma, el reclutamiento digital es su mecanismo para la recolección de resultados, hecho que no se ajusta del todo a la normativa vigente en Colombia a través de la Ley de encuestas que modificó los términos para este tipo de mediciones desde julio del año pasado.
Y aunque desde la firma en su momento confirmaron a El Espectador que estaban sujetos a las modificaciones en el apartado jurídico para la aplicación de estas encuestas, lo cierto es que esas mismas respuestas dejaron un manto de dudas sobre su metodología.
Sin embargo, esa no es la única investigación que se ha puesto en marcha sobre esa firma. La otra pesquisa radica en la realización y divulgación de estos sondeos sin tener los permisos por parte del CNE. Allí también quedan inmersos los medios de comunicación El País y El Colombiano que difundieron esas mediciones.
“Corresponde a la Sala establecer si la firma encuestadora AtlasIntel S.A.S., así como los medios de comunicación El País y El Colombiano, vulneraron el régimen jurídico aplicable a las encuestas de opinión política, previsto en la ley y en las resoluciones expedidas por esta Corporación, y si, en consecuencia, procede la apertura de investigación administrativa y la formulación de cargos en su contra, con ocasión de la elaboración y divulgación de la ficha técnica y de las encuestas denominadas “Aprobación presidencial y Evaluación del Gobierno”, publicadas los días 28 de agosto de 2025 y 02 de diciembre de 2025″, señala la ponencia del CNE.
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De acuerdo con el texto, para esas fechas esa firma no podría realizar ni publicar sondeos y/o encuestas, pues apenas tuvo su inscripción formal, como indica la ley, el 23 de diciembre de 2025 bajo la resolución 11893 de esa fecha. Las sanciones podrían oscilar entre los COP 2.000.000 y los COP 20.000.000, en caso de haber decisión en contra de los mencionados.
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