Publicidad

¿Cómo saber si soy jurado de votación en las elecciones de marzo 2026?

La Registraduría ya habilitó la plataforma para que los ciudadanos consulten si fueron designados como jurados de votación para las elecciones de Congreso y las consultas interpartidistas. Aquí puede consultar.

Sigue a El Espectador en Discover: los temas que te gustan, directo y al instante.
27 de enero de 2026 - 08:34 p. m.
Así puede consultar si fue elegido jurado de votación para las elecciones del 8 de marzo.
Así puede consultar si fue elegido jurado de votación para las elecciones del 8 de marzo.
Foto: Cristian Garavito
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

A partir de este martes 27 de enero puede consultar en la página web de la Registraduría si fue elegido para ser jurado de votación el próximo 8 de marzo, en las elecciones legislativas y consultas interpartidistas. Desde hace algunos días, la entidad también envió correos electrónicos y mensajes de texto a varios de los ciudadanos designados.

De acuerdo con la Registraduría, los jurados de votación deberán presentarse a la mesa a las 7:00 de la mañana de ese domingo 8 de marzo y no abandonar el lugar hasta el cierre del proceso y firma de las actas, pues de lo contrario serán sancionado de acuerdo a lo establecido en la ley. Así mismo, las personas designadas deberán asistir obligatoriamente a las capacitaciones.

Lea también: Registraduría rechazó inscripción de Quintero en la consulta y remitió al CNE caso de Cepeda

“Los jurados de votación deberán ejercer su derecho al voto en la mesa donde fueron seleccionados para prestar este servicio; de lo contrario, se verán inmersos en el delito establecido en el Código Penal, artículo 391 voto fraudulento: El que suplante a un ciudadano o a un extranjero habilitado por la ley, o vote más de una vez, o sin derecho consigne voto en una elección (...) incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes”, señaló la Registraduría.

Consulte si fue elegido jurado de votación

Para conocer si debe asistir este 8 de marzo a las urnas como jurado de votación, esto además de asistir a las capacitaciones, puede consultar la base de datos oficial de la Registraduría. En la plataforma podrá ingresar su número de cédula y conocer el lugar, puesto y mesa de votación a los que fue asignado.

Para hacer esta búsqueda, ingresa a la página de la Registraduría (www.registraduria.gov.co/) y busque el menú “ELECTORAL”. Una vez en este punto podrá ingresar a la opción “Consulta jurado de votación” y entrará a una plataforma que le pedirá ingresar el número de su documento de identidad y hacer la verificación de seguridad para saber si debe o no ser jurado el domingo 8 de marzo.

No se pierda: “Tienen que devolverlo”: Petro habló de Nicolás Maduro y le envió fuerte mensaje a Trump

Beneficios de ser jurado de votación

La participación como jurado de votación, además de ser una obligación que puede ocasionarle una multa de 10 salarios mínimos vigentes al no presentarse en su mesa de votación el día de la elección, también trae beneficios.

El artículo 105 del Código Electoral decretó que los ciudadanos seleccionados como jurados de votación tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que puede hacerse efectivo con el respectivo empleador dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles siguientes a la fecha del certamen electoral.

Este beneficio aplica tanto para trabajadores del sector público como del privado. Y si una persona es seleccionada como jurado en las elecciones legislativas del 8 de marzo, la primera presidencial del 31 de mayo y la posible segunda vuelta del 21 de junio, tiene derecho a un día compensatorio por cada elección.

Si el jurado de votación además ejerce su derecho al voto, puede acumular beneficios independientes:

  • Media jornada adicional: Por haber votado, tiene derecho a medio día de descanso compensatorio remunerado dentro del mes siguiente a las elecciones, según la Ley 403 de 1997. Esta puede acumularse con el día otorgado por ser jurado.
  • Descuento del 10 % en matrículas de universidades públicas: Aplica en instituciones de educación superior durante los cuatro años siguientes.
  • Rebaja del 10 % en pasaporte: Durante los cuatro años siguientes a la votación​.
  • Prelación en empates: En exámenes de ingreso a instituciones de educación superior​.
  • Beneficios estatales: Prelación en adjudicación de becas educativas, subsidios de vivienda y predios rurales​
  • Descuentos en trámites: 10 % en expedición inicial y renovación del pasado judicial, en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante.​

👀 Bueno, y ahora sí empezamos en forma la época electoral y sabemos que las oleadas de información nos pueden confundir, así que pensamos en crear un boletín en el que les vamos a resumir lo que pasa semana a semana. Alianzas, consultas, propuestas y demás lo podrán encontrar en su correo electrónico. Si quieren inscribirse para recibir toda la actualidad de la campaña electoral, pueden ingresar a este enlace.

👁‍🗨 Conozca “Futuro en Pausa”, un proyecto multimedia de El Espectador sobre los relatos escondidos de la vida en seis regiones del país

👉 Lea más sobre el Congreso, el gobierno Petro y otras noticias del mundo político.

✉️ Si tiene interés en más temas políticos o información que considere oportuno compartirnos, por favor, escríbanos a cualquiera de estos correos: hvalero@elespectador.com; aosorio@elespectador.com; dortega@elespectador.com; mbarrios@elespectador.com; lmejia@elespectador.com; ntorres@elespectador.com o jsperez@elespectador.com.

Conoce más

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscríbete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.