“En el Acuerdo de Paz no hay rastros de impunidad”: Investigador U. Externado

En diálogo con El Espectador, Francisco Barbosa, abogado de la U. Sergio Arboleda y Doctor en Derecho Público de la Université de Nantes, habla de su más reciente publicación que se convierte en una radiografía para comprender a fondo el impacto del proceso de paz en el país.

Redacción ipad
08 de marzo de 2017 - 08:23 p. m.
“En el Acuerdo de Paz no hay rastros de impunidad”: Investigador U. Externado

El Acuerdo de Paz que se pactó entre el Gobierno y las Farc en La Habana, (Cuba) ha traído un nuevo escenario social para el país. Dicho acto busca ponerle fin al conflicto armado que ha experimentado el país por más de más de cinco décadas. En las redes sociales y en la internet circulan miles de noticias falsas que buscan desestabilizar e impedir la implementación del acuerdo. Frente a este panorama, el profesor Francisco Barbosa, de la Universidad Externado de Colombia, decidió publicar el libro ‘¿Justicia transicional o impunidad? (Ediciones B) un aporte práctico que explica detenidamente los hechos claves del proceso, y sus implicaciones jurídicas. El doctor en Derecho Público de la Université de Nantes, habló con El Espectador sobre la importancia de entender el conflicto desde una perspectiva histórica.
 
Hay muchas versiones de la justicia, desde Marx, John Rawls, Hans Kelsen, pero explíquenos, ¿qué es eso de la justicia transicional? 
La justicia transicional es un mecanismo excepcional por medio del cual, se busca que se reconcilien las sociedades, a través del paso de la guerra a la paz o del paso de la dictadura a la democracia. En este caso en el país, que se pasa de la guerra a la paz, se requieren instrumentos especiales y excepcionales para ponerle fin al conflicto. No es una justicia para todos los momentos, sino para una temporalidad específica. Tampoco sustituye la Constitución, sino que la acompaña. 
 
En el marco de las relaciones internacionales, ¿cómo está posicionada este tipo de justicia transicional?
El Acuerdo de Paz que se estableció vincula el Derecho Humanitario Internacional, ósea que hay un vínculo muy fuerte entre el derecho internacional y el derecho nacional. En los últimos 30 años, Colombia ha vinculado los tratados de derechos humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana al ordenamiento jurídico colombiano a través del bloque de constitucionalidad. A pesar de ese diálogo, Colombia sigue manteniendo un margen de apreciación nacional, -una teoría importante desarrollada en el derecho internacional- y tiene autonomía en su propio sistema de justicia. 
 
En su libro usted hace mucho énfasis en la importancia del pasado en el peso del presente, ¿por qué entender el conflicto de manera histórica?
Porque hemos pensado que la cuestión de la paz es un tema del presente, y muchas personas en el país no tienen la conciencia histórica del conflicto. Lo que intento presentar en mi obra es una panorámica de la dinámica política del presente. Difícilmente alguien va a creer que la justicia transicional es la alternativa para la salida al conflicto sino conoce la historia política del país. 
 
Desde el título ya hay una posición que antepone a la justicia transicional contra la impunidad. ¿Usted está convencido de que el Acuerdo de Paz no tiene nada de impunidad?
En el Acuerdo de Paz no hay rastros de impunidad por una razón bien simple: involucra la reparación integral, la verdad, las garantías de no repetición, y las restricciones efectivas a la libertad, -no necesariamente en establecimiento carcelario-, en realidad se está resolviendo un problema estructural. Impunidad significa falta de castigo, pero en este caso si hay reparación con dinero, con tierras, penas de 2 a 8 años, y si no se dice la verdad de 15 a 20 años en establecimiento carcelario. La justicia transicional será un sistema que se pondrá a prueba en estos próximos años. 
 
Por estos días se habla mucho del Tribunal Especial para la Paz, ¿cuáles cree que serán los retos de este organismo?
Los retos son enormes porque tratar de resolver un conflicto de tanto tiempo, en el marco de esta transición. Uno de los grandes retos es no enfrascarse en grandes problemas procedimentales, para que no se repita la historia de la ley 975 que terminó teniendo 38 sentencias en 10 años de puesta en vigor, es decir, el gran reto es no caer en esa judicialización y entender que lo que se hizo en Colombia es un acuerdo de carácter político y no un sometimiento de carácter jurídico. 
 
Hablemos del papel de Humberto de La Calle, quien dio seguridad jurídica ante el país en todo el proceso…
El papel de Humberto de La Calle fue clave para lograr el Acuerdo de Paz por varias razones, entre ellas su alta experiencia pública, no sólo porque había participado en procesos de negociación anteriores, sino porque ejerció como embajador, ministro de Gobierno, Vicepresidente de la República y magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Toda esta experiencia le sirvió para dirigir el proceso con las subidas y bajadas que el proceso tuvo, fue una figura trascendente que merece ser reconocida en esta negociación junto a otras importantes figuras como Álvaro Leyva, Sergio Jaramillo, Iván Cepeda entre muchos otros. 
 
Para culminar, háblenos de la relación entre la justicia transicional (JT) y la participación política de las Farc. ¿La JT impide la participación política de los excombatientes?
Uno de los temas que quedó en el Acuerdo es que la participación política no quedó restringida, es decir que una persona que puede tener una sanción de dos a ocho años puede participar en política, por supuesto, con las sanciones que le imponga el tribunal. Seguramente veremos a los miembros de las Farc haciendo política activamente por una razón, porque están cambiando las armas por política, no se les podía únicamente penalizar sobre un acuerdo de paz. El gran reto para los colombianos es que debemos entender que la lógica del conflicto nos marca a todos y que debemos cambiarla por una lógica de convivencia, es necesario que las generaciones participen activamente en este proceso. 
 

Por Redacción ipad

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