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A través de un mensaje publicado en las redes sociales de En Marcha, Juan Fernando Cristo, director de esta colectividad, se refirió a la decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado de anular definitivamente la personería jurídica del partido. Según el exministro del Interior, respeta la decisiones del alto tribunal, pero no la comparte y acudirá a otras instancias legales.
“A lo largo de mi vida pública siempre, sin excepción, he respetado y acatado las decisiones de la justicia colombiana. Lo mismo hago frente a la decisión de hoy, de la Sección Quinta del Consejo de Estado. Sin embargo, debo decir con toda claridad que no salgo de la sorpresa frente al desacato de esa sección del Consejo de Estado a una sentencia de tutela de la Corte Constitucional”, aseguró este jueves.
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Según Cristo, este último tribunal ordenó devolver la personería jurídica a En Marcha y restablecer la vigencia de las resoluciones del Consejo Nacional Electoral sobre la materia. “A partir de ahora seguiremos en la lucha por defender los derechos de la militancia y la dirigencia de En Marcha, no vamos a cesar en ese empeño y vamos a acudir a todas las instancias legales para que se cumpla un fallo de alto tribunal constitucional y que ha sido desacatado el día de hoy”
Declaración de En Marcha sobre el fallo de la Sección Quinta del Consejo de Estado que desacata la sentencia SU-175 de 2025 de la Corte Constitucional. pic.twitter.com/AYvThv7Edv
— En Marcha Colombia (@SomosEnMarcha) August 28, 2025
Cabe recordar que el proceso de este partido regresó al Consejo de Estado después de que en mayo pasado la Corte Constitucional anuló la decisión que había anulado ya la personería jurídica. En ese entonces, la Corte determinó que el Consejo de Estado había vulnerado el derecho al debido proceso. Por esa razón, ordenaron repetir el análisis del caso y tomar, de nuevo, una decisión.
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Lo que encontró esta vez la Sección Quinta del Consejo fue que En Marcha no tenía personería jurídica al momento de los comicios de 2022. Aunque la decisión resalta que para la época la colectividad se unió a la coalición ‘Alianza Verde Centro Esperanza’, esa junta no tendría realmente valor.
Según el alto tribunal, En Marcha, al no tener personería jurídica, no podía postular candidatos al Senado de la República y, por lo tanto, no era posible verificar la existencia del apoyo ciudadano igual o superior al 3% de los votos, que es lo requerido para darles el reconocimiento.
El alto tribunal dejó claro que conservarán los cargos los políticos que fueron avalados por En Marcha y que obtuvieron curul o que fueron elegidos para algún cargo en las elecciones regionales de 2023. “Con lo anterior, se logra la protección de aquellas situaciones particulares y concretas que se hubieren ejecutado con fundamento en la personería jurídica reconocida hasta el momento de la nulidad que aquí se declara, y que, en muchas ocasiones, involucran derechos de participación política de ciudadanos”, se lee en la decisión.
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