La hora cero para el sometimiento de las bandas criminales

Este lunes, el presidente Santos sanciona la Ley de Sometimiento Colectivo, que contempla rebajas de hasta un 50% a quienes colaboren con la justicia y entreguen a los menores reclutados en sus filas y bienes obtenidos ilícitamente. Disidencias de las Farc no están incluidas en estos beneficios.

* Redacción Política
08 de julio de 2018 - 11:49 p. m.
Las llamadas "bacrim" son uno de los máximos desafíos a la seguridad actual de Colombia.  / Archivo
Las llamadas "bacrim" son uno de los máximos desafíos a la seguridad actual de Colombia. / Archivo

Ha pasado casi un año desde que el presidente Juan Manuel Santos anunció que el jefe del Clan del Golfo, Dairo Antonio Úsuga, alias "Otoniel", estaba interesado en hacer la paz. Eso no significó iniciar un nuevo proceso de diálogos con una banda criminal a la que no se le reconoce estatus político, pero sí la posibilidad de comenzar el sometimiento a la justicia de, al menos, unos 7.000 hombres dedicados al narcotráfico y otras actividades ilícitas. En aras de agilizar dicha intención –y en gran parte, para evitar que el sistema judicial se siguiera congestionando-, el fiscal general, Néstor Humberto Martínez y el ministro de Justicia, Enrique Gil Botero, plantearon un proyecto de ley que abriera las puertas para que el sometimiento a la justicia de estas personas se diera de forma colectiva.

"Queremos ser parte del fin del conflicto para llegar al desarme total de todos los grupos armados del país", señaló nuevamente "Otonial"en una carta, hace algunos meses, pero apenas hasta hoy arranca oficialmente ese proceso. El presidente Santos firmará este lunes la denominada Ley de Sometimiento Colectivo a la Justicia, con la que se establecen las condiciones para que Grupos Delictivos Organizados (GDO) y Grupos Armados Organizados (GAO) transiten hacia la vida legal, con ciertos beneficios. Por ejemplo, quienes colaboren con la justicia entregando a los menores que tienen en sus filas tendrán una rebaja del 50% de la pena. También, podrían obtener hasta un 5% de los bienes objeto de extinción de dominio.

Uno de los debates surgidos alrededor de la iniciativa, aprobada por el Congreso el pasado 20 de junio, se dio por cuenta de las disidencias de las Farc. Y es que al apartarse del Acuerdo de Paz, según las autoridades judiciales, estas quedaron convertidas en una organización criminal ordinaria (ya no guerrilla con fines políticos). El fiscal Martínez precisó que "los disidentes de las Farc que despreciaron la mano generosa de la sociedad deben ser objeto de inequívoca persecución legal", y advirtió al Gobierno que su visto bueno al proyecto sólo se daría bajo esa precisión. El asunto quedó zanjado y ahora es claro que no podrán beneficiarse los que no acogieron lo pactado en Cuba. "Las disidencias no tendrán beneficio alguno. Las perseguiremos con toda la contundencia", ha venido insistiendo el mismo presidente Santos.

Pero, ¿en qué consiste la ley a ser sancionada? El sometimiento colectivo de las bandas criminales se dividirá en tres sectores: El ámbito personal de aplicación de la ley; las medidas de fortalecimiento de la investigación y judicialización de los grupos y organizaciones criminales; y un procedimiento especial para la sujeción de los los mismos. No obstante, será un representante designado por los GDO o por los GAO el que tendrá que manifestar de manera escrita la voluntad de estas organizaciones de someterse a la justicia, incluyendo la composición de su estructura y las actividades ilegales en las que están incursos. Adicionalmente, deberá indicar cuáles son los bienes que tienen y que fueron adquiridos de forma ilícita, cuántos menores tienen en sus filas y cuáles son sus víctimas con el fin de iniciar un proceso de reparación.

Evidentemente, la identificación de sus miembros con nombres completos, documentación, firma, huella, fecha de ingreso a la organización criminal, el rol que ejerció en el tiempo que allí permaneció, las zonas de operaba y un compromiso tácito de no volver a delinquir, son otros requisitos para el sometimiento colectivo. La Fiscalía, por su parte, podrá suspender las órdenes de captura a los miembros de los grupos armados organizados, que sólo tendrá efectos sobre el territorio donde se planeen los primeros acercamientos para comenzar con el proceso. Si nada de lo anterior se cumple, si se ocultó la comisión de un delito, o si se reincide, los beneficios judiciales y el sometimiento mismo se perderán.

Hoy, el Clan del Golfo es la organización ilegal más grande del país, al punto que viene siendo el principal objetivo de la operación Agamenón 2, con la que se desplegó a la Fuerza Pública en todo el territorio nacional para dar de baja a "Otoniel", pedido en extradición por Estados Unidos. Pese a que esta meta no se ha logrado, los operativos contra esta organización criminal dedicada al narcotráfico, la extorsión y muchos otros delitos, han sido contundentes. Por ejemplo, a finales del año pasado, cayó muerto Roberto Vargas Gutiérrez, alias "Gavilán", el segundo al mando de este grupo, que operaba en Córdoba, Sucre y el Bajo Cauca antioqueño.

Además, hace apenas algunos meses, fueron capturaron 57 miembros del Clan del Golfo en Antioquia, Sucre y Atlántico, y en los en los tres años que lleva la operación se han capturado a 1.360 personas, se han incautado 100 toneladas de cocaína y se han erradicado alrededor de 300 hectáreas de coca en el sector de Urabá, según las autoridades. El plan de sometimiento colectivo apenas comienza y el reto se traslada hacia la Fiscalía General de la Nación para hacer de este un proceso exitoso y que los compromisos se cumplan. El fin es evitar que por cuenta de las posibles falencias que pueda tener la nueva ley, comiencen a crearse nuevas disidencias, ahora del lado de grupos armados de origen paramilitar.

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Por * Redacción Política

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