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La ley anticapuchos pasó su primer debate en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes. El articulado fue aprobado con 20 votos a favor y 2 en contra, tras rechazar la propuesta de archivo y aprobar la ponencia positiva presentada por el representante Jaime Arizabaleta del Centro Democrático. El documento consta de 4 artículos en los que se busca "sancionar la utilización del ocultamiento de identidad para facilitar la comisión de acto vandálico en el contexto de manifestaciones públicas" y contó con el apoyo de los congresistas oficialistas de esta comisión.
La oposición intentó hundir esta propuesta, pero la propuesta para archivar el proyecto fue negado con 15 votos a favor y 21 en contra. Luego de esta propuesta, se debatió y aprobó la ponencia positiva del texto que presentó el congresista Arizabaleta por 21 votos a favor y 4 en contra. En medio de la discusión, la representante Laura Beltrán (Pacto Histórico) señaló que esta propuesta quería "criminalizar la protesta social". El texto define la ocultación de identidad como el uso deliberado de "prendas, máscaras, pasamontañas elementos u otros medios similares destinados a impedir o dificultar la identificación de una persona con ocasión a la comisión de acto vandálico".
El congresista Julio César Triana (Cambio Radical) advirtió que el documento "no busca criminalizar la protesta pacífica ni se prohíbe el uso de la capucha" y destacó que se está penalizando "a quienes se valen del anonimato para vandalizar y delinquir". Desde la oposición, el congresista Gabriel Becerra señaló que la discusión sobre la protesta social no se podía quedar en el uso o no de la capucha, sino que también debió abordar "las garantías para quienes ejercen su derecho a la movilizan".
El nuevo delito que busca crear este documento se adiciona a la Ley 599 de 2000 con el nombre de "Acto vandálico mediante el ocultamiento de identidad". En este apartado, se determina que una persona que cometa un acto vandálico mientras oculta su identidad tendría pena de prisión de 54 a 96 meses y multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Para José Gregorio Orjuela (Centro Democrático), el uso de capuchas en las protestas sociales se hace "para cometer delitos", lo que justificaría la creación de este nuevo delito.
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Además, el texto que pasará a la plenaria de la Cámara de Representantes pretende modificar el artículo 353A de la Ley 599 del 2000 sobre las obstrucciones a las vías públicas que afecten el orden público. Sobre esta acción, se modifica el texto para que quien ilegalmente "incite, dirija, constriña o proporcione los medios para obstaculizar de manera temporal o permanente, selectiva o general, las vías o la infraestructura de transporte" se estaría enfrentando a penas de prisión de 54 a 96 meses y multa de 50 a 200 salarios mínimos siempre que esté afectando "la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo".
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