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                                                                                                                              Prohibir la gestación por sustitución: la propuesta que retoma el uribismo

                                                                                                                              El proyecto busca crear el delito de “constreñimiento a la maternidad subrogada con fines de lucro”. Expertas dicen que es discriminatorio de otros modelos de familia y que criminaliza en vez de regular.

                                                                                                                              La gestación por sustitución, o gestación subrogada, no está regulada en Colombia. /Jamie Grill
                                                                                                                              Foto: Getty Images/Tetra images RF - Jamie Grill

                                                                                                                              La gestación por sustitución, mal llamada “alquiler de vientres” o “maternidad subrogada”, se practica en el país, pero sin ninguna regulación. Apenas en 2009 comenzó el debate jurídico en los tribunales sobre este puntilloso tema y hasta la fecha se tiene un único referente: la Sentencia T-968 de la Corte Constitucional, en la que una pareja contrató los servicios de una mujer para la reproducción asistida. En medio de ese vacío legal y de los dilemas éticos que esboza solicitar el vientre de una tercera para el nacimiento de un ser humano, llega al Congreso un proyecto de ley que busca prohibir esta actividad con fines de lucro y que solo sea válida en ciertos casos.

                                                                                                                              (Recuerde: Los riesgos del intento uribista contra la interrupción del embarazo)

                                                                                                                              Los autores de la iniciativa son los senadores María del Rosario Guerra y Santiago Valencia, y los representantes Juan Fernando Espinal y José Jaime Uscátegui, todos del Centro Democrático. En concreto, plantean crear el delito de “constreñimiento a la maternidad subrogada con fines de lucro”. Es decir, cuando alguien, con un objetivo monetario, “promueva, induzca, financie, reclute, colabore o constriña a una mujer para alquilar su vientre, incurrirá en prisión de seis a ocho años y a multas de 50 a 100 salarios mínimos legales vigentes”, dice la propuesta. Todo eso para “frenar la cosificación de los bebés” y proteger los derechos de “dignidad, intimidad, igualdad, autonomía y la vida del que está por nacer”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              (Lea: Los informes del Senado sobre la violencia ocurrida en protestas por muerte de Javier Ordoñez)

                                                                                                                              La Corte definió que la “maternidad subrogada” es el “acto reproductor que genera el nacimiento de un niño gestado por una mujer sujeta a un pacto o compromiso mediante el cual debe ceder todos los derechos sobre el recién nacido a favor de otra mujer que figurará como madre de este”. Es la descripción que acoge el proyecto, pero cuatro fuentes consultadas concuerdan en que el término está mal usado. “La crianza no se puede subrogar, la maternidad tiene que ver con dedicarse a cuidar a un niño o niña. Debería hablar de gestación subrogada”, dice Alma Beltrán y Puga, profesora de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario. Catalina Ruiz-Navarro, periodista feminista, agrega que “la mujer que está gestando no es la madre del que está por nacer, está prestando un servicio”.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Más allá de la terminología, las consultadas consideran que el proyecto se queda corto y es radical para un tema con tantos matices, además de que es abiertamente discriminatorio. Para la profesora Beltrán y Puga “es una mala iniciativa, discriminatoria y xenófoba. Otra vez estamos utilizando el derecho penal para criminalizar las técnicas de reproducción asistida. Meter a la cárcel y poner multas no es la vía para impedir la explotación de mujeres y niños”, agrega, mientras recalca en que la prohibición margina y lleva a que esta actividad se cometa en la clandestinidad. “¿Cuáles son los derechos de las mujeres que quisieran arrendar su útero para que otras personas tengan hijos? Esta iniciativa no lo dice”, comentó.

                                                                                                                              (Lea también: Cámara da primer paso para prohibir las semillas transgénicas)

                                                                                                                              Marcela Sánchez, directora ejecutiva de Colombia Diversa, cuestiona lo mismo. Según enfatizó, se habla de proteger el derecho a la igualdad, pero, ¿para quiénes?: “Cualquier proyecto que se discuta en el Congreso y que excluya, de forma directa o indirecta, a las parejas del mismo sexo es discriminatorio y desconoce los avances constitucionales que desde 2007 se han hecho”. Sánchez insistió en que ninguna iniciativa que haga referencia a las familias puede excluir a las conformadas por el mismo sexo. “No puede generar ambigüedades ni implicar retrocesos”.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              El tema es muy complicado porque se está hablando del cuerpo y los derechos reproductivos, al igual que las posibilidades para conformar una familia. Y aunque entre los feminismos también están mujeres en contra de la gestación subrogada, para Catalina Ruiz-Navarro esa actividad es un trabajo y no debería prohibirse cobrar una remuneración. “Prohibir el pago es violatorio de sus derechos. Lo ideal sería que esto estuviera regulado por un juez que garantice todos los derechos humanos de la gestante. Uno no puede alquilar su vientre como se alquila un apartamento. Muchas veces hablan de vientre de alquiler y eso no deja ver que es un servicio”, reitera la feminista.

                                                                                                                              (Para más contexto sobre este tema: Alquiler de vientre en Colombia: una práctica ni regulada ni prohibida)

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Tanto Ruiz-Navarro como Beltrán y Puga consideran que la remuneración de ese servicio no significa una explotación. Sin embargo, la realidad muestra que en países latinoamericanos las mujeres que optan por realizarlo son las vulnerables. En ese sentido, su afirmación está encaminada a que no se atropellen más los derechos de esas y otras mujeres que opten “alquilar un vientre”. Y eso se lograría más con la regulación que con la prohibición. El tema en el Congreso aún está muy crudo y en el mundo jurídico colombiano también. Pero se necesita discusión política y académica amplia para encontrar una vía correcta que esté a favor de las mujeres y no en contra de sus derechos.

                                                                                                                              La gestación por sustitución, o gestación subrogada, no está regulada en Colombia. /Jamie Grill
                                                                                                                              Foto: Getty Images/Tetra images RF - Jamie Grill

                                                                                                                              La gestación por sustitución, mal llamada “alquiler de vientres” o “maternidad subrogada”, se practica en el país, pero sin ninguna regulación. Apenas en 2009 comenzó el debate jurídico en los tribunales sobre este puntilloso tema y hasta la fecha se tiene un único referente: la Sentencia T-968 de la Corte Constitucional, en la que una pareja contrató los servicios de una mujer para la reproducción asistida. En medio de ese vacío legal y de los dilemas éticos que esboza solicitar el vientre de una tercera para el nacimiento de un ser humano, llega al Congreso un proyecto de ley que busca prohibir esta actividad con fines de lucro y que solo sea válida en ciertos casos.

                                                                                                                              (Recuerde: Los riesgos del intento uribista contra la interrupción del embarazo)

                                                                                                                              Los autores de la iniciativa son los senadores María del Rosario Guerra y Santiago Valencia, y los representantes Juan Fernando Espinal y José Jaime Uscátegui, todos del Centro Democrático. En concreto, plantean crear el delito de “constreñimiento a la maternidad subrogada con fines de lucro”. Es decir, cuando alguien, con un objetivo monetario, “promueva, induzca, financie, reclute, colabore o constriña a una mujer para alquilar su vientre, incurrirá en prisión de seis a ocho años y a multas de 50 a 100 salarios mínimos legales vigentes”, dice la propuesta. Todo eso para “frenar la cosificación de los bebés” y proteger los derechos de “dignidad, intimidad, igualdad, autonomía y la vida del que está por nacer”.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Asimismo, establece que esta práctica solo sea permitida cuando se realice con “fines altruistas”, para parejas colombianas con incapacidad de concebir hijos y con relación de parentesco con la gestante. La senadora Guerra dijo que el proyecto solo acoge a “parejas compuestas por un hombre y una mujer, ningún otro modelo de familia”. Por tratarse de una ley estatutaria, para hacerse realidad este proyecto necesita cuatro debates en el Congreso, y aunque todavía no ha iniciado su trámite, desde ya generó rechazo entre expertas en jurisprudencia, organizaciones de derechos de la población LGBTI y algunas feministas. Es la misma propuesta que ya tres veces ha presentado el uribismo y que ha sido hundida.

                                                                                                                              (Lea: Los informes del Senado sobre la violencia ocurrida en protestas por muerte de Javier Ordoñez)

                                                                                                                              La Corte definió que la “maternidad subrogada” es el “acto reproductor que genera el nacimiento de un niño gestado por una mujer sujeta a un pacto o compromiso mediante el cual debe ceder todos los derechos sobre el recién nacido a favor de otra mujer que figurará como madre de este”. Es la descripción que acoge el proyecto, pero cuatro fuentes consultadas concuerdan en que el término está mal usado. “La crianza no se puede subrogar, la maternidad tiene que ver con dedicarse a cuidar a un niño o niña. Debería hablar de gestación subrogada”, dice Alma Beltrán y Puga, profesora de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario. Catalina Ruiz-Navarro, periodista feminista, agrega que “la mujer que está gestando no es la madre del que está por nacer, está prestando un servicio”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              (Lea también: Cámara da primer paso para prohibir las semillas transgénicas)

                                                                                                                              Marcela Sánchez, directora ejecutiva de Colombia Diversa, cuestiona lo mismo. Según enfatizó, se habla de proteger el derecho a la igualdad, pero, ¿para quiénes?: “Cualquier proyecto que se discuta en el Congreso y que excluya, de forma directa o indirecta, a las parejas del mismo sexo es discriminatorio y desconoce los avances constitucionales que desde 2007 se han hecho”. Sánchez insistió en que ninguna iniciativa que haga referencia a las familias puede excluir a las conformadas por el mismo sexo. “No puede generar ambigüedades ni implicar retrocesos”.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              El tema es muy complicado porque se está hablando del cuerpo y los derechos reproductivos, al igual que las posibilidades para conformar una familia. Y aunque entre los feminismos también están mujeres en contra de la gestación subrogada, para Catalina Ruiz-Navarro esa actividad es un trabajo y no debería prohibirse cobrar una remuneración. “Prohibir el pago es violatorio de sus derechos. Lo ideal sería que esto estuviera regulado por un juez que garantice todos los derechos humanos de la gestante. Uno no puede alquilar su vientre como se alquila un apartamento. Muchas veces hablan de vientre de alquiler y eso no deja ver que es un servicio”, reitera la feminista.

                                                                                                                              (Para más contexto sobre este tema: Alquiler de vientre en Colombia: una práctica ni regulada ni prohibida)

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Tanto Ruiz-Navarro como Beltrán y Puga consideran que la remuneración de ese servicio no significa una explotación. Sin embargo, la realidad muestra que en países latinoamericanos las mujeres que optan por realizarlo son las vulnerables. En ese sentido, su afirmación está encaminada a que no se atropellen más los derechos de esas y otras mujeres que opten “alquilar un vientre”. Y eso se lograría más con la regulación que con la prohibición. El tema en el Congreso aún está muy crudo y en el mundo jurídico colombiano también. Pero se necesita discusión política y académica amplia para encontrar una vía correcta que esté a favor de las mujeres y no en contra de sus derechos.

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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