Este martes, la Comisión Primera del Senado aprobó 52 de los 62 artículos del proyecto de ley estatutaria que regula la eutanasia; es decir, las reglas para acceder al derecho de una muerte médicamente asistida. Los senadores aprobaron varias proposiciones que, aunque no modifican sustancialmente la iniciativa, dejan varias claridades sobre el proceso.
“Se avanzó de una manera eficaz, hemos sacado adelante el 90 % de este proyecto. Por razones de tiempo quedaron pendientes algunos artículos que serán objeto de discusión”, dijo el senador Humberto de la Calle, autor del proyecto. Según él, se espera que la votación de los artículos restantes continúe el próximo lunes 25 de septiembre.
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De la Calle también explicó que los artículos que faltan podrían generar cierta discusión, especialmente en lo relacionado con la objeción de conciencia para instituciones. El senador dijo que el proyecto respeta si un médico no es partidario de la muerte médicamente asistida, pero que no es partidario de extender ese derecho a las entidades.
“Las instituciones no tienen conciencia, es una especie de contra obligación que compromete a los médicos. Vamos a tener una discusión muy dura”, advirtió. Por su parte, la senadora María José Pizarro, del Pacto Histórico, respaldó la iniciativa argumentando que se trata de la autonomía, la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad.
Manifiesto mi apoyo al proyecto de eutanasia que cursa en el Congreso y que discutimos hoy en @PrimeraSenado.
— María José Pizarro Rodríguez (@PizarroMariaJo) September 19, 2023
Abogo por la libertad que tiene cada persona de elegir sobre el cierre de su ciclo vital; por la autonomía, la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad pic.twitter.com/fbx3S62OIU
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¿Qué plantea el proyecto de regulación de la eutanasia?
Es de resaltar que la muerte médicamente asistida en Colombia fue aprobada por la Corte Constitucional, en su Sentencia C-233 de 2021. Sin embargo, el alto tribunal dejó en manos del Congreso la regulación.
El proyecto del senador de la Calle busca regular los procesos, garantías y la accesibilidad. Los requisitos que establece el texto son que la persona solicitante sea mayor de 18 años y que esté debidamente diagnosticada con una enfermedad grave e incurable o lesión corporal que le cause un intenso sufrimiento físico o psíquico.
Una vez se comprueben los requisitos y se reporte la solicitud, el caso pasa a un comité que realiza las valoraciones y luego elige una fecha y autoriza el procedimiento.
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