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Presidenta de la Comisión de Acusaciones habla de suspender al presidente Petro: ¿por qué?

La representante Gloria Arizabaleta (Pacto Histórico), presidente de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, pidió la suspensión del presidente Gustavo Petro hasta el cierre de urnas el 21 de junio. Estas son las razones.

Redacción Política

10 de junio de 2026 - 08:38 a. m.
Comisión de acusaciones
Foto: Collage: Paula Sánchez
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La representante Gloria Arizabaleta (Pacto Histórico) que preside la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes radicó este miércoles ante esta corporación el pedido de suspensión provisional del presidente Gustavo Petro debido a su presunta participación en política.

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La medida de carácter transitorio y cautelar busca la separación inmediata del cargo sin derecho a remuneración hasta el 21 de junio de 2026 a las 4:00 p.m., coincidiendo con el cierre de la segunda vuelta de la contienda electoral. A pesar de ello, no implica que el mandatario dejará su cargo de forma inmediata; primero debe pasar por varios pasos antes de que ocurra este hecho.

La representante Gloria Arizabaleta es la presidente de la Comisión de Acusación.
Foto: Archivo Particular

La representante fundamenta la petición en la necesidad de proteger la integridad del proceso electoral, pues considera que hay una presunta falta gravísima por intervención en política, un riesgo evidente de reiteración por la documentación de mensajes difundidos por el presidente en su cuenta de X entre el 6 y el 9 de junio de 2026; así como la inminencia de la segunda vuelta presidencial.

El Auto de Sustanciación No. 002 (Radicado 7525) emitido el 10 de junio de 2026, reconoce explícitamente la tensión jurídica que esta medida genera frente al fuero constitucional del Presidente. Aunque los artículos 175 y 199 de la Constitución establecen que el Presidente solo puede ser suspendido o juzgado formalmente mediante una acusación admitida por el Senado, la representante argumenta que esta suspensión no es una sanción ni un juicio de responsabilidad.

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Se justifica como una habilitación disciplinaria estrictamente preventiva (amparada en el artículo 217 de la Ley 1952) para frenar una falta en tiempo real durante los comicios electorales.

La proposición pide una suspensión del jefe de Estado; sin embargo, no implica que dejara el cargo de forma inmediata; primero debe pasar por varios pasos antes de que ocurra este hecho.

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Lea también: Comisión de Acusación abrió otra investigación a Petro por participación en política

El primer paso requiere la aprobación de la plenaria de la comisión, integrada por 18 representantes. Entre ellos se destacan Alirio Uribe y Alejandro Ocampo (Pacto Histórico); Katherine Miranda y Olga Lucía Velásquez (Alianza Verde); Kelyn González, José Octavio Cardona y María Eugenia Lopera (Partido Liberal); Juan Carlos Wills y Daniel Restrepo (Partido Conservador); Jorge Eliércer Tamayo y Wilmer Carrillo (Partido de la U); William Ferney Aljure y Jorge Rodrigo Tovar (Citrep); Carlos Alberto Cuenca (Cambio Radical); así como Hernán Cadavid y Óscar Villamizar (Centro Democrático).

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Para esta votación no se contará con el respaldo de Wadith Manzur (Partido Conservador), quien renunció a su lugar en esa comisión tras ser capturado por su presunta participación en el saqueo de la UNGRD; sin embargo, la Cámara de Representantes aún no ha aceptado formalmente su dimisión.

Más información: La batalla política y jurídica por el futuro del caso Petro en la Comisión de Acusación

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De tomarse una decisión, pasaría a la Cámara de Representantes para que esta investigue, tome una postura y la decisión final la pueda tomar el Senado. Pero la petición se da en un momento donde el Congreso no avanza en sus proyectos debido al momento electoral que vive el país. Un proceso que dificulta que esta decisión se tome a corto plazo.

Además, esta petición ocurre a diez días de la segunda vuelta presidencial, donde el mismo mandatario ha estado espectante a los movimientos del candidato de su partido, así como de su oponente.

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Frente a este hecho, el ministro del Interior, Armando Benedetti, señaló que “no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al Presidente porque es una comisión de instrucción”, debido a que esta decisión solo la puede tomar el Senado en pleno, después de que “la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente”. Según el funcionario, una sola representante no puede suspender al jefe de Estado.

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Desde la oposición también rechazaron esta medida. El representante del Centro Democrático, Cristian Garcés, calificó como una “jugadita para que Gustavo Petro pueda hacer campaña”. Pues asegura que la representante Arizabaleta no puede suspender unilateralmente al presidente; solo el Senado, en plenaria, puede hacerlo. Por lo que pidió a la procuraduría estudiar esta “extralimitación” de funciones de la congresista.

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Por su parte, el representante Alejandro Ocampo, que pertenece a la Comisión de Acusaciones y al partido del mandatario, señaló que no se ha tomado una decisión contra el jefe de Estado en esa comisión. “El presidente no ha sido suspendido, ni ha sido llamado a indagatoria”, agregó el congresista.

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Mientras esto ocurre, al menos once expedientes se encuentran abiertos en la Comisión de Acusación por la participación indebida en política del presidente Petro.

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Puede consultar aquí el documento completo:

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