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Quieren limitar los viajes presidenciales al exterior: Petro va 65 en tres años

El representante Jhon Jairo Berrío (Centro Democrático) presentó la iniciativa que modificaría la Constitución para permitir únicamente en seis ocasiones anuales la salida del mandatario del país,

Redacción Política

11 de septiembre de 2025 - 02:59 p. m.
El presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva (cd), acompañado de su homólogo de Colombia, Gustavo Petro (ci), y la vicepresidenta de Ecuador, Maria José Pinto (4d), participan en la inauguración del Centro de Cooperación Policial Internacional de la Amazonía (CCPI Amazônia) este martes, en Manaus (Brasil).
Foto: EFE - Raphael Alves
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Con 65 viajes al exterior en tres años en el poder, la agenda internacional del presidente Gustavo Petro hace ruido en el Congreso. Dos visitas oficiales en la última semana (Japón y Brasil) ya tienen una respuesta del Legislativo, donde se radicó un proyecto para limitar las salidas al país del jefe de Estado.

El representante del Centro Democrático Jhon Jairo Berrío radicó un proyecto este miércoles con el que se reformaría la Constitución para dejar nuevas reglas en cuanto a viajes al exterior se trata. Con una modificación al artículo 196 de la Constitución, se permitiría únicamente que el mandatario viajara hasta seis ocasiones por año sin el permiso del Legislativo.

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"El Presidente de la República podrá salir del país sin previa autorización del Congreso hasta en seis (6) ocasiones por año, contado desde el 7 de agosto de cada año del cuatrienio constitucional; a partir del séptimo viaje en el mismo período anual (del 7 de agosto de un año al 6 de agosto del año siguiente), deberá solicitar autorización al Congreso de la República, la misma deberá ser aprobada por mayoría absoluta en cada una de las cámaras", sería la modificación introducida en la Carta Política.

Actualmente, lo que detalla esa ley es que el jefe de Estado no puede abandonar el país “sin previo aviso al Senado de la República o, en receso de este, a la Corte Suprema de Justicia”. Sin embargo, al tratarse de dos ramas diferentes del poder, el permiso no es necesario.

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Incluso, en esa misma parte de la Constitución se indica que quien haya ocupado el puesto de presidente no puede “salir del país dentro del año siguiente a la fecha en que cesó en el ejercicio de sus funciones, sin permiso previo del Senado”.

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