Desde que Daddy Yankee y su esposa Mireddys González, con quien estuvo por 30 años, se separaron comenzó un proceso que se convirtió en una disputa legal, más allá de lo personal. La pareja, que hizo oficial la ruptura en febrero, se ha enfrentado en los tribunales por el manejo de las empresas del artista, los dineros de esta e incluso los nombres que Ramón Luis Ayala Rodríguez, nombre de pila de él, usa en su desempeño como músico.
Yankee, quien regresó a la música recientemente con el nombre DY, logró esta vez recuperar el manejo de sus apelativos gracias al acuerdo alcanzado este viernes 10 de octubre, por los representantes de Daddy Yankee y los de su exesposa Mireddys González, para que sea él y nadie más quien tenga el control de su apelativo y seudónimos.
Esto luego de que el jueves 9 se presentara una macoón ante la jueza María Antongiorgi Jordán, en el Tribunal Federal de Hato Rey (San Juan). “Las partes han llegado a un acuerdo total y definitivo sobre todas las reclamaciones presentadas en esta acción”, indica el comunicado oficial.
Recordemos que el artista presentó una demanda en el Tribunal Federal alegando que su exesposa buscaba impedir que usara determinadas marcas, incluyendo Daddy Yankee y DY.
Mireddys González, ex de Daddy Yankee no podrá limitar o impedir que él use sus marcas
Solicitó que se emitiera una orden prohibiendo dicha acción, a lo que la jueza pidió que en 48 horas la parte demandada respondiera al reclamo que hizo el artista y sus abogados.
“Las partes han acordado que este honorable tribunal dictará sentencia incorporando los términos de dicho acuerdo y que dicha sentencia será definitiva e inapelable”, menciona el documento, que además establece límites y prohibiciones para la ex de Daddy. “Acuerda, se compromete y se obliga a que, en el futuro, ya sea directa o indirectamente, no tomará ninguna medida destinada a limitar, afectar o impedir que Ramón Ayala Rodríguez utilice las marcas comerciales Daddy Yankee o DY“.
Adicionalmente, Mireddys se compromete desde ahora “a no menospreciar, diluir o afectar negativamente a las marcas cubiertas, ni a registrar o intentar registrar ninguna marca que pueda considerarse sustancialmente similar o que pueda causar una probabilidad de confusión”.
De esta manera es claro que el también empresario podrá presentarse con su nombre artístico antiguo o el reciente en cualquier escenario.
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