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El Ministerio de Salud envió varias instrucciones a los actores del Sistema de Salud en Colombia para garantizar la continuidad de la atención a los pacientes, especialmente en los territorios afectados por el sismo del 10 de agosto. A través de la Circular Externa 0028 de 2026, la cartera establece que las EPS deberán garantizar la disponibilidad y continuidad de sus redes de prestación de servicios, monitorear permanentemente su capacidad y realizar las ampliaciones, reconfiguraciones o sustituciones que sean necesarias.
La circular dice que las entidades deben priorizar la continuidad de la atención de pacientes con enfermedades crónicas o de alto costo, gestantes, adultos mayores, personas con discapacidad, niños, niñas y adolescentes y personas con tratamientos en curso.
“Se resalta que las EPS deberán garantizar el acceso a medicamentos y tecnologías en salud, incluidos aquellos que se hayan perdido o destruido por el desastre y los previamente autorizados y pendientes de entrega, sin imponer barreras administrativas”, escribió el ministerio.
La cartera afirmó que las EPS deberán mantener canales de contingencia e informar oportunamente cualquier modificación en las rutas, redes o puntos de atención.
Las medidas también aplican para las personas que se encuentren temporalmente desplazadas de su lugar de residencia como consecuencia de la emergencia. Para ellos podrán implementarse estrategias como consulta prioritaria, atención en salud mental, telemedicina, vehículos asistenciales y atención extramural, de acuerdo con las necesidades de cada territorio.
En el caso de las personas que al momento del sismo se encontraban internados en una Institución Prestadora de Servicios de Salud cuya infraestructura se vio afectada y que por esta razón debieron ser remitidos a otro centro asistencial, el ministerio recuerda que la continuidad de su servicio es responsabilidad de la EPS.
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