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Este lunes, 27 de octubre, el Ministerio de Salud expidió el decreto que permitirá “el acceso seguro e informado al uso del cannabis y de la planta de cannabis”, que en otras palabras autoriza la cosecha y venta de la flor de esta planta como producto terminado y bajo prescripción médica. Es decir, que no es necesario convertirla en extractos, aceites o cualquier otro producto derivado. Con esta propuesta, las personas podrán adquirir la flor en establecimientos farmacéuticos de acuerdo con el tipo de producto, según defina su respectivo registro sanitario.
Según el decreto, el Fondo Nacional de Estupefacientes (FNE) será el encargado de hacer seguimiento a las licencias de fabricación de derivados de cannabis y de derivados no psicoactivos de la planta. Por su parte, el Ministerio de Justicia y del Derecho, por medio de la Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes, ejercerá el seguimiento a las licencias de semillas para siembra y grano, y de cultivo de plantas de cannabis.
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En el decreto también se lee que el Invima deberá expedir en los próximos cinco meses una guía para las visitas de buenas prácticas de elaboración, en las que se establecerán las condiciones específicas aplicables a las preparaciones magistrales de cannabis (flor). Esto deberá surtir su proceso de publicidad ante la ciudadanía y contar con revisión y visto bueno del Ministerio de Salud previo a su expedición.
Como contamos en esta nota, en 2016, en Colombia se permitió cultivar, cosechar, separar la flor de la planta y con esa flor, hacer extractos para exportar o vender en el país. Desde 2021, se avaló la exportación de la flor como un producto terminado, y ahora, con este decreto se permite la prescripción y venta de la flor en el país.
El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) será la entidad encargada de expedir el certificado de venta y dispensación de la flor como producto terminado con fines medicinales, que no haya sido haya sido transformada, “sin que se requiera autorización adicional de comercialización”, establece el decreto 1138.
Aquí el decreto completo:
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