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Luego de que en los últimos meses varios jueces de la República ordenaran embargos billonarios sobre las cuentas de algunas EPS, la Superintendencia Nacional de Salud se pronunció a través de un concepto unificado. Los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, aseguró la entidad, tienen una destinación exclusiva y, por lo tanto, no pueden ser direccionados a fines distintos ni ser objeto de medidas cautelares.
“La inembargabilidad, tal como lo ha dicho la Corte Constitucional, no opera como una regla, sino como un principio”, afirmó el superintendente, Bernardo Camacho Rodríguez. “Su aplicación garantiza que el flujo financiero del sistema no se desvíe hacia intereses particulares o litigios comerciales, asegurando que la financiación de la salud permanezca disponible para su fin supremo: la atención integral y oportuna del usuario”.
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En otras palabras, la Supersalud sostiene que los recursos de la salud deben dirigirse únicamente a la financiación de la atención, aseguramiento, prestaciones económicas y programas de prevención y promoción. En su concepto, no obstante, menciona tres excepciones puntuales: el pago de obligaciones laborales, el cumplimiento de sentencias judiciales y la ejecución de títulos emitidos por el Estado que reconozcan obligaciones claras, expresas y exigibles.
Sin embargo, en estos casos, dice la entidad, se debe verificar el origen del recurso. Cabe recordar que el dinero del sistema de salud proviene de varias fuentes, como las cotizaciones de los afiliados, los aportes del Estado, los ingresos del monopolio de juegos de azar y el Sistema General de Participaciones, pero todos son fondos públicos con destinación específica.
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“Las cotizaciones de los afiliados, por su naturaleza parafiscal y su flujo dentro del sistema, no comparten estas excepciones”, subrayó la Supersalud. “Cualquier medida cautelar que ignore esta naturaleza desconoce el bloque de constitucionalidad y compromete la sostenibilidad del modelo de seguridad social en Colombia”, agregó.
La superintendencia apuntó que su concepto no busca modificar sus competencias de inspección, vigilancia y control, sino que su propósito es garantizar que los recursos circulen, de manera oportuna, hacia la atención en salud.
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