Ricardo González, segundo involucrado en la muerte del estudiante Jaime Moreno, compareció ante una juez penal de Bogotá. Desde Cartagena, el procesado de 22 años fue imputado por el delito de homicidio agravado a título de coautor. El joven escuchó el relato de la Fiscalía sobre lo que ocurrió la madrugada del 31 de octubre, a los ojos del ente investigador.
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La actuación de González
La fiscal relató que esa noche González y Juan Carlos Suárez, capturado en flagrancia, actuaron de común acuerdo al agredir a la víctima, en la calle 64 con carrera 15, tras un primer altercado.
Posteriormente hubo una segunda agresión, según la imputación, en la que Suárez golpeó de nuevo a Moreno. Luego González le propinó una patada por la espalda, de tal fuerza que lo dejó tendido en el suelo. Tras estos primeros golpes, ambos continuaron atacándolo con patadas dirigidas a la cabeza y el tórax, incluso cuando el joven ya sangraba abundantemente y estaba en estado de indefensión.
La Fiscalía sostuvo que González era consciente del acuerdo y de la letalidad de los golpes, especialmente al dirigirse a una zona vital como la cabeza, lo que derivó en múltiples fracturas craneales que causaron la muerte de Moreno. Así sustentó la imputación por el delito de homicidio agravado doloso a título de coautor, al amparo de los artículos 103 y 104 del Código Penal, con agravante por haber colocado a la víctima en situación de indefensión.
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La pena prevista oscila entre 400 y 600 meses (de 40 a 50 años) de prisión, con reconocimiento de una circunstancia de menor punibilidad por no tener antecedentes y otra de mayor punibilidad por actuar en coparticipación criminal. La fiscal también aclaró que, de aceptar cargos, esta pena podría bajar a 50 % de la pena.
“No es suficiente”
Para la defensa de víctimas, esto es, la familia de Jaime Moreno, los agravantes señalados por la fiscal no fueron suficientes. Francisco Bernate, penalista, pidió a la Fiscalía incluir circunstancias genéricas de mayor punibilidad que, a su juicio, no se reflejaron en la calificación jurídica del delito, pese a estar implícitas en el relato de los hechos.
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Señaló que la agresión cometida por Ricardo González y Juan Carlos Suárez debe entenderse como un acto motivado por razones fútiles e intolerantes, pues “la vida de la víctima no tuvo ningún valor para sus agresores, que lo golpearon hasta causarle la muerte en plena vía pública”.
Bernate argumentó que el ataque se dio en medio de un episodio de intolerancia, en horas de la madrugada y “en un lugar de soledad”, lo que constituye además una circunstancia de ocultamiento. Añadió que, conforme al artículo 62 del Código Penal, esta agravante se comunica entre coautores, ya que uno de los implicados actuó con maniobras de ocultamiento.
De momento, la diligencia continuará este martes a las 2:30, donde se discutirá la solicitud de medida de aseguramiento en contra de González. Su presunto cómplice también estará en audiencia este miércoles.
Abogada de Ricardo González cuestionó la imputación
Durante la intervención de la defensa de Ricardo Rafael González, la abogada cuestionó la imputación presentada por la Fiscalía y pidió varias aclaraciones sobre los fundamentos fácticos y jurídicos del caso. Solicitó precisar si la circunstancia agravante correspondía a haber colocado a la víctima en estado de indefensión o a haberse aprovechado de ese estado, y si el hecho concreto que generó esa indefensión fue la patada en la espalda que dejó tendido a Jaime Esteban Moreno Jaramillo.
La defensa también pidió claridad sobre el supuesto “acuerdo común o concomitante” entre los implicados, al considerar que la Fiscalía no explicó de manera suficiente en qué hechos basaba esa afirmación ni quiénes habrían alentado el ataque. Además, cuestionó las circunstancias de mayor punibilidad planteadas, como el ocultamiento, la superioridad numérica y los móviles de intolerancia.
Finalmente, la abogada criticó lo que llamó un “exceso en la imputación” por parte de la Fiscalía, advirtiendo que el proceso debía centrarse en una aplicación justa del derecho penal y no en lo que describió como un intento de “inflar cargos como acto de venganza”.
No hay pruebas del supuesto abuso previo al ataque: Fiscalía
En su respuesta a la defensa del procesado, que había pedido aclaraciones, la Fiscalía abordó la hipótesis sobre un supuesto abuso sexual previo al ataque contra Jaime Esteban Moreno Jaramillo. La fiscal explicó que, aunque en los hechos jurídicamente relevantes iniciales no se mencionó explícitamente, los testimonios y videos del caso muestran que, durante la golpiza, los agresores —incluidas dos mujeres presentes— gritaban que la víctima era un “violador”, lo que sugiere que el ataque estuvo motivado por una presunta venganza por mano propia.
La delegada aclaró, sin embargo, que hasta el momento no hay evidencia que confirme la existencia real de esa agresión sexual previa, pese a que la Fiscalía ha analizado videos y documentación del lugar donde ocurrieron los hechos. Añadió que, incluso si esa creencia hubiera existido entre los agresores, nada justificaba la reacción violenta, pues debieron acudir a las autoridades. Por ello, sostuvo que la motivación del ataque encaja dentro de un motivo abyecto o fútil, y reiteró que el delito se cometió con dolo directo, pues los implicados sabían que sus actos podían causar la muerte y no hicieron nada para evitarlo.
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