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Nuevas fechas de vencimiento del ICA y ReteICA en Bogotá: así quedaron para 2021

La Secretaría decidió aplazar los vencimientos con el fin de aliviar el bolsillo de los medianos y pequeños contribuyentes que han visto afectados sus ingresos por efectos del COVID-19 y los nuevos cierres.

Redacción Bogotá
14 de enero de 2021 - 05:28 p. m.
El calendario tributario para este año tiene dos grandes cambios: la posibilidad para que todos paguen por cuotas el predial y el denominado “pago escalonado” para otros impuestos.
El calendario tributario para este año tiene dos grandes cambios: la posibilidad para que todos paguen por cuotas el predial y el denominado “pago escalonado” para otros impuestos.

Teniendo en cuenta que la alerta roja en Bogotá volvió a frenar la reactivación económica de la ciudad a comienzos de 2021, la Secretaría de Hacienda aplazó el vencimiento el vencimiento para el pago del impuesto del régimen común con declaración anual para el 19 de marzo. Igualmente, los contribuyentes del régimen preferencial y responsables de ReteICA, tendrán hasta el próximo 29 de enero para cumplir con la obligación.

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Así las cosas, los contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio, pertenecientes al régimen preferencial, deberán declarar y pagar una única declaración anual por el año gravable 2020 a más tardar el 29 de enero de 2021.

Para el régimen común de ICA, el Distrito espera un recaudo adicional de $173 millones que representan 140.000 declaraciones. En cuanto a ReteICA, aún están pendientes de declarar 70.000 contribuyentes, que significan un recaudo de $200.000 millones de pesos.

Cabe recordar que deben declarar la retención del ICA quienes estén catalogados por la DIAN como grandes contribuyentes: consorcios y uniones temporales que realicen pagos a favor de contribuyentes de ICA, los designados como agentes de retención de ICA, y sociedades fiduciarias y contribuyentes de ICA que pertenezcan al régimen común.

El pago puede realizarse a través de la línea por PSE o con tarjeta de crédito, siempre y cuando su entidad bancaria tenga convenio con la Secretaría de Hacienda o esté dentro de las entidades autorizadas. También podrá hacerse directamente a través del siguiente enlace: https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html.

Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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