
Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
En las dos entregas anteriores, explicamos los vacíos conceptuales que denota la intención del Presidente de arrogarse funciones de las comisiones de regulación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas. El mandatario de los colombianos tiene facultades constitucionales para “señalar, con sujeción a la ley, las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios”, pero ninguna otra. Las facultades regulatorias en materia de tarifas, por ejemplo, son propias de esas comisiones por asignación directa y expresa que le hiciera el Congreso de la República.
En contexto: Opinión: lección de servicios públicos domiciliarios para principiantes.
El Presidente, de la mano del Ministro de Hacienda y Crédito Público, la Ministra de Minas y Energía, la Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, y el Director del Departamento Nacional de Planeación, quienes suscriben el decreto 227, lo que en estricto sentido hace es arrogarse unas funciones que no le corresponden.
Además de que, en el afán de expedir el decreto, no se publicó el respectivo proyecto durante los 15 días calendario que prescribe la norma con el propósito de difundirlo y permitir presentar observaciones antes de su expedición -solo se publicó por 2 días – el H. Consejo de Estado, con ponencia del Magistrado Roberto Augusto Serrato Valdés, de la Sección Primera, encontró que el decreto expedido, preliminarmente, “contraviene los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, así como los artículos 9° a 13 de la Ley 489 de 1998, en tanto que, de conformidad con lo expuesto, y, por contera, al primer mandatario de la Nación no le es posible reasumir unas funciones que no le han sido conferidas expresamente por el ordenamiento jurídico.” Básicamente, son las mismas razones que advertimos oportunamente en las entregas anteriores.
Mediante auto del 2 de marzo de 2023, el alto tribunal decretó la medida cautelar de urgencia de suspensión provisional de los efectos jurídicos del decreto. Esto significa que se evitó que el Presidente ejerza funciones que no le corresponden sino que son propias de las comisiones de regulación.
Lea también: Hombre en UCI, tras ser presuntamente apuñalado por conductor de plataforma.
Las funciones constitucionales del Presidente, se reitera, las puede ejercer en cualquier momento, pero como lo que quiere, en este caso, es desconocer las funciones de las comisiones que fueron asignadas a ellas por el legislador para que las ejerza el Presidente, eso sí, gracias a la suspensión, no va a ser posible, por lo pronto.
Con base en los anuncios mediáticos, que el propio Presidente ha efectuado, es nítido advertir que lo que se pretende es establecer una nueva metodología tarifaria -en especial en el servicio de energía- o, por lo menos, realizar unos ajustes a la existente. Lo propio puede hacerse en el seno de la CREG.
Puede interesarle: Capturan tres integrantes de banda de apartamenteros en Tunjuelito.
Sin embargo, pasados 7 meses de este Gobierno, no se tiene noticia que se haya presentado una propuesta regulatoria seriamente estructurada que permita discutirla y, llegado el caso, aprobarla. No se olvide que la CREG la integran la Ministra de Minas -quién la preside-, el Ministro de Hacienda, el Director de Planeación, el Superintendente de Servicios y seis (6) expertos comisionados, designados por el Presidente de la República. Dos de esos expertos designados por el expresidente Duque, que tanto incomodaban al presidente Petro, ya no están. No hay excusa para no actuar, conforme a la ley, sobre las tarifas.
Mucho me temo que todo el tema de tarifas que anuncia el presidente Petro no parece tener un soporte técnico y jurídico riguroso, como sucede con el decreto 227. Flaco favor le hacen al Presidente y a los colombianos, quienes lo asesoran en estas materias, cuando le indican con tanta ligereza un camino errado para recorrer.
Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.
