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Restricción de movilidad a motociclistas en Bogotá: ¿cuáles son las excepciones?

La medida que inició este jueves e irá hasta el lunes festivo, ha generado rechazo entre algunos motociclistas. Le contamos quienes sí pueden circular.

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Redacción Bogotá
30 de octubre de 2025 - 05:17 p. m.
Motociclistas
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Foto: El Espectador - Gustavo Torrijos
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El anuncio de la restricción de parrillero y circulación de motociclistas por cinco días en Bogotá, generó movilizaciones durante este jueves en varios corredores principales de la ciudad. Las protestas, a la hora de esta publicación, ha generado afectación a más de 500 mil pasajeros que han tenido que bajarse de Transmilenio y llegar por sus propios medios a su destino.

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Su inconformidad, dicen, fue por el poco margen de tiempo desde la publicación (29 de octubre) y el inicio de la prohibición desde la medianoche de este 30 de octubre. Asimismo, perjudica a quienes utilizan la motocicleta para transportar usuarios, aunque no esté regulado, o simplemente iba a salir con su familia el puente festivo.

“Es decir, ¿no puedo llevar a mi pareja al trabajo? ¿No puedo trabajar horas extra? ¿Tengo que coger un transporte público y durar 3 horas en el para movilizarme?”. “Pésima medida. Lo que debe restringirse son los inventos de “caravanas”, en lugar de afectar la movilidad de cientos de miles que sí usan su moto como un medio de transporte".

¿Cuáles son las excepciones?

De acuerdo con el Decreto 528 del 29 de octubre, los únicos conductores en motocicleta que pueden circular son:

  • Motos de la Fuerza Pública o de organismos de emergencia
  • Transporte de personas con discapacidad
  • Servicios de mensajería o domicilios plenamente identificados
  • Vehículos que apoyen el mantenimiento o control del SITP

¿Cómo funciona la medida?

El decreto 528 del 29 de octubre, ordena que desde la medianoche de este jueves 30 de octubre hasta las 11:59 p. m. del lunes 3 de noviembre, se prohíbe el tránsito de motociclistas con parrillero en la ciudad.

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Asimismo, restringe totalmente la movilidad de motos durante el puente festivo entre las 8:00 de la noche y hasta las 5 de la mañana, en los corredores principales de:

  • Autopista Norte
  • Autopista Sur
  • NQS
  • Avenida Boyacá
  • Avenida Ciudad de Cali
  • Avenida Primero de Mayo
  • Avenida de las Américas
  • Avenida Suba
  • Calle 26
  • Calle 80
  • Carrera Séptima
  • Carrera 68
  • Avenida Centenario
  • Avenida Guayacanes
  • Avenida Esperanza
  • Avenida Villavicencio
  • Avenida Circunvalar
  • Calle 53
  • Calle 63
  • Carrera 60

Entre 2022 y 2024, los puentes de Halloween dejaron 16 víctimas fatales, de las cuales 8 de cada 10 eran motociclistas. La mayoría de los siniestros ocurrieron entre las 10:00 p. m. y las 4:00 a. m., horas en las que también se registraron aumentos en homicidios y hurtos cometidos con motocicletas.

Señala la Alcaldía que la restricción busca proteger la vida y reducir riesgos asociados a las llamadas “rodadas del terror”, eventos informales que en años anteriores generaron accidentes y alteraciones al orden público.

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“Los comportamientos de algunos actores viales durante esta fecha, han terminado por ser abusivos de las normas y con comportamientos que ponen en riesgo la vida y convivencia de los demás ciudadanos”, manifestó el secretario de Seguridad, César Restrepo.

Asimismo, lo recalcó el alcalde, Carlos Fernando Galán. “Es una medida de choque y temporal que se tomó cuando tuvimos la información suficiente y busca preservar el orden en la ciudad durante este fin de semana”.

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Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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