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¿Por qué no se abrió investigación sobre titularidad de predio que devolvió Uribe?

La Agencia Nacional de Tierra explicó los alcances del auto que confirmó que no había títulos legítimos sobre el predio del expresidente y su familia y en el que se ordenó la recuperación para la Nación.

Redacción Colombia +20
29 de agosto de 2022 - 11:41 p. m.
El Ubérrimo es la propiedad emblemática del ex presidente Álvaro Uribe.
El Ubérrimo es la propiedad emblemática del ex presidente Álvaro Uribe.
Foto: Cortesía

Antes de que la Sociedad Agropecuaria El Ubérrimo entregara formalmente el pasado 23 de agosto a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) el predio Laguito 2, ubicado en zona rural de San Carlos (Córdoba), múltiples especulaciones y desinformaciones se tejieron sobre un auto de la ANT que se abstenía de abrir un proceso de clarificación sobre la titularidad de ese predio. Aquel documento fue revelado en exclusiva por Colombia+20 de El Espectador el pasado 12 de agosto.

En ese momento este diario afirmó que la Agencia Nacional de Tierras (ANT) había concluido que el predio Laguito 2 tenía“naturaleza jurídica de bien baldío” y por eso mismo “debería ser restituida a la Nación”, lo que finalmente ocurrió once días después de la publicación.

En contexto: El predio que Uribe y su familia tendrán que devolver por ser baldío

El propio expresidente Uribe a través de sus asesores confirmó en ese momento a Colombia+20 que su familia había tomado la determinación de entregar el predio, para que fueran los antiguos tenedores quienes asumieran los posibles reclamos ante el Estado.

El predio Laguito 2 es una parcela de 8 hectáreas dentro de una finca casi diez veces más grande, ubicada en San Carlos (Córdoba). Esta propiedad es administrada por la Sociedad Agropecuaria El Ubérrimo, la misma empresa que administra la conocida hacienda de Uribe con ese nombre en Montería.

Una investigación del periodista Juan Pablo Barrientos, publicada en Vorágine en septiembre de 2020, reveló que la Sociedad Agropecuaria El Ubérrimo ocupó y explotó el Laguito 2 al menos desde 2012, y mostró documentos que probarían que Lina Moreno, esposa del expresidente Uribe, y quien representa a la empresa, buscaba legalizarla a través de una demanda interpuesta en 2019 ante el juzgado promiscuo del municipio de San Carlos, Córdoba, donde está ubicado el lote.

Desde entonces existía la duda sobre la naturaleza jurídica de Laguito 2 porque en caso de tratarse de un baldío de la Nación, ese terreno le pertenecería en realidad al Estado y la familia de Uribe lo estaría usufructuando de manera irregular. Esto fue lo que el auto de la ANT confirmó: que el predio era, efectivamente un baldío, como lo había revelado ya Barrientos en 2020.

Lea: Los baldíos que el Estado no recupera en la hacienda Bellacruz

El proceso de recuperación

Sin embargo, varias desinformaciones señalaban que el auto de la Agencia Nacional de Tierras había supuestamente favorecido al exmandatario e incluso se calificó al documento como una “jugadita” realizada una semana antes de terminar el gobierno de Iván Duque para que Uribe no devolviera el predio.

Por ejemplo, el senador por el Pacto Histórico Wilson Arias afirmó en su cuenta de Twitter que la ANT “cerró el proceso de recuperación” del predio. Sin embargo, el auto publicado antes por Colombia+20 dice una cosa distinta. En el documento se daban órdenes precisas para que el caso de Laguito 2 pasara a la Subdirección de Acceso a Tierras de la ANT, sección encargada de administrar el terreno.

Arias incluso interpuso el 23 de agosto una solicitud ante la ANT pidiendo que se iniciara un “proceso de recuperación de baldío indebidamente ocupado”. Pero para esa fecha ese proceso ya se había surtido y, de hecho, ese mismo 23 de agosto la Agencia ya estaba recibiendo el predio de manos de los abogados de la familia Uribe Vélez.

No obstante, el senador Arias insinuó en sus publicaciones en redes sociales que la devolución del Laguito 2 había ocurrido por su labor y la “presión social”, desconociendo el auto de la ANT que se fundamentaba en criterios técnicos y no tenía ninguna motivación política, como se había insinuado antes.

Colombia+20 elevó directamente a la entidad un derecho de petición solicitando que explicara los alcances del auto publicado por este diario el 12 de agosto y se aclarara por qué no se abrió investigación sobre titularidad de predio que devolvió Uribe.

La entidad en cabeza de Juan Manuel Noguera y con un oficio proyectado por Julia Helena Venegas y Beatriz Josefina Niño, de la subdirección de procesos agrarios, respondió que la decisión de no adelantar la etapa preliminar de investigación sobre la titularidad del predio se había ordenado simplemente porque “no existía duda frente a la naturaleza del mismo”. Es decir, la ANT ratificó lo que habían ya habían dicho los jueces y que en su momento informó Colombia+20: Laguito 2 siempre ha sido un baldío y por lo tanto le pertenece a la Nación.

De allí que la confusión que circuló en algunos portales y redes sociales se originara en una mala lectura que llevó a la errada interpretación del auto. De acuerdo con la Agencia, como no había evidencia de que existiera una ocupación del predio, no era necesaria una recuperación, simplemente se trasladó a la Dirección de Acceso a Tierras, entidad que administra los baldíos, para que tomara la posesión del mismo.

La ANT agregó que el auto se había notificado a los abogados de Uribe y estos no interpusieron ningún recurso en contra: “el predio Laguito 2 no pertenece a ningún particular y corresponde a la Agencia Nacional de Tierras disponer del mismo”, se lee en la respuesta de la entidad a este diario. Además agregaron que el predio ya fue ingresado al inventario de bienes baldíos de la nación.

Vea: La importancia del Acuerdo de Paz y la Agencia de Tierras en el fallo sobre baldíos

¿Cuál es el panorama de los baldíos?

En su respuesta la Agencia también da luces sobre su rol en la recuperación de baldíos indebidamente ocupados o titulados a particulares que no tenían derecho a ellos. Aunque en el oficio aclaran que aún no han sido notificados de los alcances de la sentencia SU-288-22 de la Corte Constitucional, que dicta medidas para resolver el tema, puntualizan que el fallo de la Corte les da un plazo de 12 meses para implementar un Plan de acción en la recuperación de estos baldíos.

En este plan deberán revisarse todas las adjudicaciones de baldíos que se hayan dado por el mecanismo de prescripción de dominio, justamente el mismo con el cuál la familia de Uribe intentó fallidamente que les fuera adjudicada la propiedad sobre Laguito 2.

La Agencia sostiene que esto es algo en lo que esta entidad ya ha avanzado, siguiendo sentencias anteriores como la T-488 de 2014, para cuyo cumplimiento se han revisado más del 24% de los predios sobre los que había dudas en la titularidad, lo que suma un total de 7.300 casos resueltos que son “un insumo para dar cumplimiento integral” a la nueva orden de la Corte.

La respuesta de Álvaro Uribe

Después de publicada esta nota, el expresidente Álvaro Uribe Vélez se comunicó con este diario. Su comunicación va en el mismo sentido a lo que Colombia+20 publicó el pasado 12 de agosto cuando se dio a conocer el auto de la ANT. Según el expresidente, la adquisición del predio Laguito 2 no tuvo ninguna “trampa” detrás.

“Nosotros no intentamos ninguna trampa con la acción de prescripción, lo hicimos porque hay una escritura de 1960 y una posesión probada de más de 60 años”, aseguró el expresidente, “es lo que seguramente harán quienes nos vendieron, reclamar de nuevo con esos títulos. Nosotros nos habríamos podido quedar callados y nada habría pasado con ese terreno, en la mitad de una finca y anegado”, concluyó el exmandatario.

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