Tras la polémica que desató el hurto del que fue víctima Laura Sarabia, jefa del gabinete de la Presidencia de la República, y las declaraciones de Marelbys Meza, exniñera del hijo de la funcionaria, en las que aseguró a la Revista Semana que fue sometida a una prueba de polígrafo en un sótano cerca de la Casa de Nariño, sin ninguna garantía, al considerarse la principal sospechosa del robo de un dinero. Son muchas las incógnitas alrededor de cuándo y en qué situaciones se puede utilizar esta herramienta.
En contexto: Laura Sarabia dice que la Fiscalía investiga el robo del que fue víctima.
El Espectador consultó a Juan José Castro Muñoz, abogado penalista, quien comentó que el polígrafo ”es un mecanismo que trata de analizar la información eléctrica y de estímulos, a través de una máquina que detecta variaciones del cuerpo humano, y partir de ello, determinar si la persona está mintiendo o no”. Sin embargo, hace claridad en que esta herramienta no tiene mayor validez en el contexto jurídico.
“Los resultados de un polígrafo no pueden ser prueba válida de la comisión de un delito. Más allá de ser un criterio orientativo, al menos en el ámbito penal o laboral, no son pruebas suficientes para condenar o despedir a alguien”, menciona Castro Muñoz.
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Aun así, menciona que el uso del polígrafo es válido en Colombia y que no existe ninguna ley que lo prohíba. “El polígrafo se utiliza mucho en las fuerzas públicas, en donde por asuntos de seguridad nacional o temas sensibles, las personas que participen en operaciones, administrativa o ejecutivamente, tienen la necesidad de exponerse a esta prueba, para analizar el cumplimiento de sus funciones, o incluso evaluar su ascenso”.
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De hecho, el presidente Gustavo Petro, a través de un comunicado, aseguró que este procedimiento se realizó bajo el decreto 1066 de 2015, que autoriza el uso de estos mecanismos cuando se presentan incidentes que vulneren la seguridad de altos funcionarios del gobierno o la de su entorno.
“Las pruebas de polígrafo se hacen desde hace años por la seguridad de la presidencia”, dijo Petro y añadió que “los procedimientos se efectuaron en las dependencias de la Jefatura para la Protección Presidencial, visibles, debidamente identificadas y dispuestas en esa misma ubicación desde hace muchos años”.
#Comunicado l El Gobierno Nacional informa a la opinión pública lo siguiente: pic.twitter.com/2rEKFZZNDv
— Presidencia Colombia 🇨🇴 (@infopresidencia) May 27, 2023
No obstante, para el abogado, la manera y el propósito con el que se le realizó a la exniñera de Sarabia, podría generar problemas legales para la jefa de gabinete. “Al darse en un escenario en el que lo hace el equipo de seguridad de la Casa de Nariño y lo utiliza para un tema totalmente privado de la jefa de gabinete, pueden existir consecuencias penales y disciplinarias. Por ejemplo, partiendo del delito de abuso de autoridad, o por el delito peculado por uso, porque se usaron recursos y medio públicos para algo personal”.
¿Cuándo se puede usar el polígrafo?
En Colombia, es usual que la prueba de polígrafo se realice en el contexto laboral, en especial dentro de un proceso de contratación. De acuerdo con Castro Muñoz, “en derecho laboral se puede utilizar, si el empleado está de acuerdo, pero los resultados no se pueden utilizar como prueba para despedir a una persona. Las Cortes han dicho que es un criterio netamente orientativo”.
Por ejemplo, la resolución 2593 de 2003 de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, autoriza y regula la utilización de esta herramienta para el proceso de selección del personal. Sin embargo, debe existir una previa autorización escrita de la persona a la que se le va a realizar la prueba.
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“Que a una persona la obliguen, le quita validez, incluso, desde el punto de vista técnico, porque naturalmente la idea de un polígrafo es que la persona hable con la mayor serenidad. El hecho de que pueda estar intimidada, obligada o coaccionada, le quitaría mérito a lo que este diga”, comenta el abogado.