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El caso de Yhormar Hurtado, lateral del América de Cali, sumó una nueva decisión judicial. El Juzgado 804 Transitorio de Familia de Bogotá declaró improcedente la tutela presentada en favor del futbolista, quien buscaba dejar sin efecto la suspensión que le impide disputar las competencias de la Dimayor durante el resto del semestre.
La determinación, conocida el 28 de septiembre de 2026, no analizó si la sanción impuesta al jugador fue correcta o no. El despacho centró su decisión en los requisitos que deben cumplirse para que una acción de tutela pueda ser utilizada como mecanismo excepcional de protección de derechos fundamentales.
¿Por qué fue declarada improcedente la tutela?
Según la resolución, el juez Ricardo Veloza Veloza consideró que no se cumplía el requisito de subsidiariedad, debido a que existían otras vías judiciales a las que el futbolista podía acudir antes de solicitar la intervención de un juez constitucional.
A esto se sumó que el despacho no encontró acreditado un perjuicio irremediable que justificara la utilización excepcional de la tutela.
Hurtado sostenía que la decisión del Comité Disciplinario de la Dimayor había vulnerado sus derechos al trabajo y al debido proceso, al considerar que la sanción era desproporcionada y que no había contado con las garantías necesarias para su defensa.
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Sin embargo, el juzgado señaló que la medida disciplinaria no terminó ni suspendió el contrato laboral que el jugador mantiene con América de Cali. El club informó dentro del proceso que el vínculo con el defensor continúa vigente.
La resolución precisó que la declaratoria de inelegibilidad le impide a Hurtado participar en las competiciones oficiales durante el periodo establecido en la Resolución No. 007, pero no se acreditó que esa decisión hubiera afectado la continuidad de su relación contractual con América.
El juez no decidió sobre el fondo del caso
Uno de los aspectos centrales del fallo es que la controversia deportiva no fue resuelta de fondo.
Es decir, la decisión judicial no determinó si la sanción contra Hurtado fue adecuada, ni estableció si las actuaciones cuestionadas por el futbolista o por Acolfutpro vulneraron sus derechos.
El juzgado sostuvo que, al no superarse el requisito de subsidiariedad propio de las acciones de tutela, no correspondía entrar a estudiar el fondo de la controversia.
La tutela había sido promovida por Acolfutpro contra la Federación Colombiana de Fútbol, la Dimayor y el Ministerio del Deporte. La organización buscaba proteger las garantías de defensa, contradicción y competencia funcional relacionadas con la sanción que mantiene al futbolista por fuera de las competiciones.
La acción había sido admitida por el mismo Juzgado 804 Transitorio de Familia de Bogotá a mediados de septiembre. En ese momento, Acolfutpro había manifestado que agotaría las instancias legales necesarias para intentar que Hurtado pudiera volver a ejercer su profesión.
El origen de la sanción a Yhormar Hurtado
El conflicto tiene como antecedente el recorrido que tuvo el futbolista durante la temporada 2026. Hurtado comenzó el año en Deportes Tolima, posteriormente pasó por Always Ready de Bolivia y llegó al América de Cali durante este semestre.
Su inscripción con el equipo caleño fue cuestionada por varios clubes, que consideraron que el jugador había infringido la norma que impide actuar en tres equipos durante una misma temporada.
Entre quienes presentaron reclamaciones estuvieron Alianza Valledupar, Internacional de Bogotá, Independiente Santa Fe y Boyacá Chicó.
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El Comité Disciplinario de la Dimayor rechazó esas reclamaciones y mantuvo los resultados obtenidos por América de Cali. Según lo establecido por el organismo, la inscripción de Hurtado se realizó de acuerdo con el procedimiento y dentro de los plazos reglamentarios, por lo que no se configuró una inscripción antirreglamentaria.
Así, América conservó los puntos obtenidos, pero Hurtado quedó inhabilitado para disputar los partidos correspondientes al resto del semestre.
Los clubes que cuestionaron su inscripción, entretanto, contemplan llevar la controversia ante el Tribunal Arbitral del Deporte.
La tutela todavía puede ser impugnada
La decisión conocida este 28 de septiembre no cierra definitivamente el camino judicial de la tutela, pues la defensa del futbolista puede impugnar el fallo para que una autoridad judicial superior revise la determinación.
Por ahora, el fallo mantiene vigente la sanción que le impide a Hurtado jugar las competencias de la Dimayor durante el periodo establecido. La discusión sobre las circunstancias que originaron la controversia, sin embargo, permanece abierta y podría tener nuevos capítulos tanto por la vía judicial como en los escenarios deportivos correspondientes.

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