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¿Cada cuánto se hacen los exámenes médicos ocupacionales y qué pasa si no se hacen?

La norma establece que el costo de las evaluaciones médicas ocupacionales está a cargo del empleador, en su totalidad.

Diego Ojeda
19 de septiembre de 2026 – 06:08 p. m.
Un trabajador de la construcción se recorta contra la luna llena, conocida como la «Luna de fresa» en Calcuta el 11 de junio de 2025.
Según la Resolución 1843 de 2025 del Ministerio de Trabajo, le corresponde a las empresas definir la periodicidad de las evaluaciones médicas ocupacionales, sin que se superen los tres años.
Foto: AFP - Dibyangshu Sarkar - AFP

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Los exámenes médicos ocupacionales se les practican a los trabajadores para saber si su salud física y mental es apta para el puesto de trabajo, además de prevenir que las condiciones laborales puedan causarles alguna enfermedad. En palabras simples, se realizan para saber cómo está el trabajador al entrar a la empresa, cómo se encuentra mientras trabaja allí y cuál es su estado de salud al momento de salir.

La resolución establece que estas son la base para la implementación de entornos de trabajo seguros. Su objetivo es proteger tanto al trabajador, como a sus compañeros de trabajo y terceros de riesgos derivados de su estado de salud.

Hay diferentes tipos: de preingreso, periódicos, de egreso, post incapacidad, de retorno laboral y ocupacional de seguimiento o control.

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Según la Resolución 1843 de 2025 del Ministerio de Trabajo, le corresponde a las empresas definir la periodicidad de las evaluaciones médicas ocupacionales, sin que se superen los tres años.

La cartera laboral establece que el tiempo que determine la empresa debe estar justificado por razones técnicas y de acuerdo a las características de la exposición a los factores de riesgo, conforme a la identificación de peligros, evaluación valoración y control de los riesgos. Para esto se podrá contar con la asistencia técnica de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) a la cual se encuentra afiliada.

La norma establece que el costo de las evaluaciones médicas ocupacionales está a cargo del empleador, en su totalidad.

El empleador también podrá contratar la realización de las evaluaciones médicas ocupacionales con instituciones prestadores de servicios de medicina, o directamente con médicos especialistas en Medicina del Trabajo, Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo, con licencia vigente en Salud Ocupacional.

El incumplimiento de estas obligaciones deriva en las sanciones contempladas en la ley.

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