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Con la decisión del Consejo de Estado de suspender de manera provisional el aumento de 23,7 % en el salario mínimo, que había decretado el Gobierno Petro en diciembre, se abren muchas preguntas para los trabajadores y pensionados.
En medio de las declaraciones del Gobierno, empresarios y sindicatos, quedan los trabajadores, que necesitan saber cuánto les van a pagar para organizar sus cuentas.
En primer lugar, es clave entender que esta es una medida cautelar. El Consejo de Estado le ordenó al Gobierno que dentro de los próximos ocho días expida un nuevo decreto en el que determine un aumento transitorio del salario mínimo, que aplicará mientras se toma una decisión de fondo.
Probablemente usted se está preguntando qué puede esperar en las próximas quincenas. Andrés Felipe Izquierdo, director ejecutivo de Soluciones Pensionales ISP, explicó que se seguirá pagando exactamente igual hasta que se emita el nuevo decreto que, atendiendo las órdenes del Consejo de Estado, fije el nuevo salario mínimo. Ese documento aclarará el panorama.
▶️ Entonces: si usted gana el mínimo, seguirá recibiendo el mismo sueldo que recibió en enero. En este momento, el salario mínimo sigue en COP 1.750.905 (COP 2.000.000 con auxilio de transporte). Si el Gobierno expide un decreto con un aumento menor al 23,7 %, el monto cambiaría.
¿Y qué pasa si es pensionado? Exactamente lo mismo: su pensión seguirá en COP 1.750.905 hasta tanto se publique el nuevo decreto.
En esa línea, Juliana Morad, del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana, recomendó a los empresarios seguir reconociendo los salarios fijados para este año mientras se expide la nueva medida.
“Probablemente tendremos un nuevo salario mínimo a partir de la próxima semana. Entonces, los últimos días de febrero tendrán una base salarial distinta”, sostiene Camilo Cuervo, socio en Holland & Knight.
En cambio, la senadora Angélica Lozano (Alianza Verde) dijo que seguramente habrá un nuevo decreto que ratifique el monto que ya está fijado (COP 1.750.905), pero con una argumentación más completa y con mayor sustento técnico.
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Si se define un incremento menor, sobre la mesa hay dudas respecto a los derechos adquiridos. Esa sería una parte vital del debate que se avecina.
Diego Leal, líder de la Operación Suroccidente de la firma López y Asociados y profesor del Departamento de Derecho Laboral de la Universidad Javeriana, explicó que hay otras complejidades: por ejemplo, cada empleador debe evaluar si fijó el aumento en salarios mínimos o estableció una cifra no directamente atada a ese monto.
A los empresarios, el abogado les recomienda revisar cómo sustentaron los incrementos y dimensionar cómo podría afectarlos la decisión del Consejo de Estado. Agregó que si los empresarios consideran que pueden mantener el salario (en caso de que baje), deberían hacerlo, pues el mínimo es un piso.
¿Y la plata que ya me pagaron?
Por el dinero que ya le pagaron no debe preocuparse.
Cuervo, socio en Holland & Knight, explica que los pagos que ya se hicieron en enero y los de la primera quincena de febrero quedan como están: ningún trabajador tendrá que devolver dinero.
“El decreto 1469 de 2025 que fijó el salario mínimo para 2026 gozó, hasta hoy, de presunción de legalidad, por eso las nóminas, prestaciones y pagos realizados son inobjetables”, sostiene Izquierdo.
¿Qué pasa con los bienes y servicios que ya subieron con el salario mínimo?
Leal explica que cuando se conozca el nuevo salario mínimo también deberían variar los montos de bienes y servicios indexados a ese valor. En esa lista están, por ejemplo, los topes de las Viviendas de Interés Social.
El cambio en el monto, como explicó Darío Ramírez, socio de Serrano Martínez CMA y experto en derecho laboral, incide en múltiples dimensiones: “La base mínima y máxima de cotización al sistema de seguridad social, la obligación de pagar dotación o auxilio de transporte, la determinación de quién debe aportar al Fondo de Solidaridad Pensional y Fondo de Subsistencia, el cálculo de mesadas pensionales, y la cuantificación de multas y sanciones administrativas, entre otros”.
Si el Gobierno publica otro decreto que mantiene el mismo aumento, no habría variaciones.
¿Por qué el Consejo de Estado suspendió el aumento del salario mínimo?
La Sección Segunda del Consejo de Estado dijo que la medida cautelar es necesaria para evitar los pagos ordenados por una decisión del Gobierno que no habría sido expedida con los requisitos de ley.
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El incremento de 23 % fue cuestionado por empresarios, que afirmaron que subía de manera desmedida los costos laborales y podía afectar el empleo, y por analistas, que advirtieron impactos en la economía, empezando por la inflación.
A finales de enero, el Banco de la República decidió subir las tasas de interés en 100 puntos básicos, hasta 10,25 %. Una de las principales razones fue el cambio en las expectativas de inflación para este año, que se dispararon tras el incremento del mínimo.
“El salario mínimo, por razones lógicas, afecta los costos de producción de muchos bienes y servicios. Es normal y justo que aumente por encima de la inflación observada, pero cuando lo hace de una manera desproporcionada genera presiones en los precios que tienden a aumentar esa inflación. Esas presiones pueden ser contrarrestadas con una política monetaria más estricta, como ocurrió en 2023, 2024 y 2025, pero es más difícil contrarrestarlas cuando la magnitud del aumento es la que vimos para 2026″, dijo esta semana Leonardo Villar, gerente del Banco de la República, en El Espectador.
Lea la entrevista: “Fue una decisión dolorosa, pero necesaria”: gerente del Banrep habla de tasas de interés
¿Qué debe tener en cuenta el Gobierno para fijar el nuevo salario mínimo?
Según explicó el alto tribunal, para el nuevo decreto que debe determinar el aumento (el documento que decidirá cuánto le pagarán de ahora en adelante) se deben aplicar “integralmente los criterios legales y constitucionales vigentes”. Entre ellos, la meta de inflación fijada por la junta directiva del Banco de la República, la productividad certificada oficialmente, la inflación real del año anterior y el crecimiento del PIB.
¿Qué dijo el Gobierno?
▶️ El presidente Gustavo Petro dijo que el salario vital (que es la nueva metodología que defendió el Gobierno para el aumento de 23 %) es ordenado por la Constitución y que el nuevo decreto transitorio, mientras el Consejo de Estado decide de fondo, seguirá las ordenes de la Constitución. “El ministro de Trabajo hará una reunión de concertación de inmediato”, afirmó.
El decreto de salario vital es ordenado por la constitución.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) February 13, 2026
Y el decreto ya expedido tiene todos los criterios económicos que se han reflejado en él
Así que el decreto transitorio que pide el magistrado, mientras resuelve de fondo el consejo de estado, seguirá las ordenes de… https://t.co/DVsUSGPH9D
▶️ El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, aseguró que es una mala noticia, “no para el Gobierno sino para los trabajadores”. El jefe de la cartera calificó de “inhumana” la decisión del tribunal porque deja en la incertidumbre a los empleados del país.
Así como María Teresa, son miles las trabajadoras y los trabajadores que hoy exigen la defensa del salario vital digno. Suspender el decreto es poner en riesgo ingresos y derechos conquistados.#SalarioVitalSeDefiende pic.twitter.com/zc3lHpFkRr
— MinTrabajo (@MintrabajoCol) February 13, 2026
▶️ Leonardo Pazos, viceministro Técnico de Hacienda, aseguró que se están afectando derechos adquiridos.
Con la decisión del Consejo de Estado de suspender el incremento del salario vital, se están afectando derechos ya adquiridos: Leonardo Pazos, Viceministro Técnico del @MinHacienda . https://t.co/SBBWApwjEb
— MinHacienda (@MinHacienda) February 13, 2026
¿Qué dijeron los empresarios?
▶️ Bruce Mac Master, presidente de la ANDI, dijo que la Asociación decidió no demandar el decreto, aunque está convencida de los complejos efectos económicos de la decisión del Gobierno. “Se han generado algunos derechos que nosotros consideramos no se deben afectar. Y hay que ser cuidadosos con eso. En este momento el país se tiene que volcar a tratar de contrarrestar los inmensos efectos que sobre inflación y empleo se han generado”, dijo.
Desde la Andi decidimos no demandar el decreto de salario mínimo, y no lo hicimos.
— Bruce Mac Master (@BruceMacMaster) February 13, 2026
Estamos convencidos de los complejos efectos económicos y sociales que genera la decisión tomada por el gobierno nacional que afectan a toda la población especialmente a los más vulnerables. Sin…
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▶️ El Consejo Gremial Nacional dijo que es fundamental que esta decisión se adopte de manera equilibrada, “con base en criterios técnicos y dentro del marco institucional previsto por la ley”.
▶️ La Asociación Colombiana de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas manifestó preocupación por la incertidumbre e inseguridad jurídica que se genera tras la suspensión provisional del decreto que fijó el salario mínimo. “Esta situación impacta especialmente a las microempresas, que somos quienes más contratamos y pagamos en el rango del salario mínimo. Hoy miles de empleadores formales no tenemos certeza sobre cuál referencia aplicar en nóminas, contratos, aportes a seguridad social y presupuestos, lo que afecta la planeación financiera y la estabilidad operativa”, dijo el gremio.
▶️ Fenalco apoyó la decisión del Consejo de Estado y dijo que aunque el aumento “puede resultar atractivo en cifras, no responde a la realidad económica del país”. El líder gremial, Jaime Alberto Cabal, sostiene que se trata de un llamado claro al respeto por el Estado de Derecho y por los mecanismos institucionales de concertación laboral.
¿Qué dijeron los sindicatos?
▶️Fabio Airas, presidente de la CUT, le pidió al presidente Petro expedir un nuevo decreto en las mismas condiciones que fue suspendido por el Consejo de Estado. “No podemos perder ese derecho constitucional y legal que tiene el Gobierno para redimir y hacer justicia social en Colombia con un salario mínimo de COP 2 millones para el año 2026″.
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