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Movistar sancionada con COP 670 millones por contactar usuarios sin autorización

La SIC concluyó que Movistar vulneró el derecho al habeas data al contactar de forma reiterada a usuarios sin permiso.

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29 de octubre de 2025 - 01:33 p. m.
La sanción busca recordar que, por encima de los intereses comerciales, prevalece la intimidad de los consumidores.
La sanción busca recordar que, por encima de los intereses comerciales, prevalece la intimidad de los consumidores.
Foto: Archivo Particular
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La Superintendencia de Industria y Comerció sancionó a Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P. BIC (más conocida como Movistar) con una multa de COP 670 millones. Según el organismo, Movistar contactó de manera reiterada y con fines comerciales a usuarios de otras empresas de telecomunicaciones sin contar con la autorización previa, expresa e informada.

“El despacho consideró que estas actividades no son, ni pueden ser consideradas, una ‘conducta menor’”.

La SIC investigó, confirmó y sancionó a la empresa tras acumular “actividades de prospección comercial mediante el envío de mensajes de texto, el uso de aplicaciones o la realización de llamadas telefónicas” que vulneran el derecho al habeas data.

En términos sencillos, el habeas data no es más que la garantía de derecho fundamental a la intimidad y tranquilidad. “La falta de respeto que suponen comunicaciones no deseadas, a veces en horas inapropiadas o en momentos inoportunos, molestas e invasivas del espacio privado, no están cobijadas por un ejercicio legítimo de las libertades de los agentes económicos”, señaló la Superintendencia.

Es decir, por encima de los intereses comerciales, los derechos de los usuarios deben respetarse.

La SIC recordó a las empresas que contactar a los usuarios mediante datos personales con fines comerciales sin su consentimiento expreso “no es legítimo”. Toca conducta, subraya, debe enmarcarse en la Ley 1581 de 2012 y la Ley 2300 de 2023 “Ley dejen de fregar”.

La obligación de abstenerse a contactar al consumidor es exclusivamente de las empresas, por lo que, en caso de ser contactados a pesar de estar registrados, los consumidores deberán denunciar su caso ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

Consulte el ABC completo sobre la actualización del Registro de Números Excluidos aquí

Guía rápida: ¿cómo aplicar la “Ley dejen de fregar”?

1. ¿Qué es el Registro de Números Excluidos (RNE)?

Es la lista oficial donde puede inscribir sus datos para no recibir llamadas, SMS, correos ni mensajes publicitarios sin autorización.

2. ¿Qué cambió con la Ley 2300 de 2023?

Antes solo bloqueaba SMS publicitarios.

Ahora cubre también llamadas, correos y mensajes por apps.

Todas las empresas deben consultar el RNE antes de contactarle.

3. ¿Quién puede inscribirse?

Cualquier consumidor en Colombia que no quiera recibir publicidad no autorizada.

4. ¿Cómo inscribirse?

  1. Ingrese al portal del Registro de Números Excluidos (RNE).
  2. Registre su número de celular, correo o canal que quiera excluir.
  3. Confirme su inscripción.

5. ¿Desde cuándo aplica?

  • Desde el 10 de abril de 2024, las empresas están obligadas a respetar su registro.
  • Si autoriza a una empresa específica, esa sí podrá contactarle.

6. ¿Qué hacer si siguen llamando o escribiendo?

  • Denuncia ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
  • La empresa puede ser investigada y sancionada por incumplir la Ley.

7. Restricciones adicionales

  • Fines de semana: solo pueden contactarle los sábados entre 8:00 a.m. y 3:00 p.m.
  • No puede limitar por días específicos en el RNE: la exclusión es total.

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