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Recibir un comparendo o una fotomulta puede generar más de un dolor de cabeza, sobre todo cuando el conductor considera que la sanción es injusta o fue impuesta sin la debida notificación.
En esos casos, la ley permite presentar un derecho de petición ante la autoridad de tránsito para solicitar la revisión o anulación del comparendo.
Este mecanismo, amparado por el artículo 23 de la Constitución Política y la Ley 1755 de 2015, garantiza que cualquier ciudadano pueda pedir información, correcciones o decisiones administrativas dentro de un plazo.
Derecho de petición por comparendo
El derecho de petición se puede presentar cuando el ciudadano no está de acuerdo con la infracción o detecta errores en el proceso de imposición.
De acuerdo con la Ley 1755 de 2015, toda persona tiene derecho a solicitar a una autoridad información o corrección de actuaciones administrativas que la afecten.
En materia de tránsito, este recurso suele usarse en casos como: el propietario no fue notificado correctamente del comparendo o la fotomulta; la infracción fue impuesta a otra persona o el vehículo ya había sido vendido; existen errores en la placa, la hora o el lugar de la supuesta infracción, ya se pagó la multa o se firmó un acuerdo de pago, pero la sanción sigue apareciendo en el sistema.
El Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) señala que toda sanción debe notificarse al presunto infractor para que ejerza su defensa. Si eso no ocurre, el comparendo o la fotomulta puede ser objeto de revisión y eventual anulación.
Paso a paso para presentar un derecho de petición
- Identifique la autoridad competente: el escrito debe dirigirse al organismo de tránsito o secretaría que impuso la infracción. En el caso de las fotomultas, también puede enviarse a la empresa o concesión que administra el sistema, si actúa por delegación.
- Redacte el documento: incluya su nombre completo, número de cédula, placa del vehículo, número del comparendo y una exposición breve de los hechos. Señale claramente que solicita la revisión o anulación del comparendo, sustentando su petición con argumentos o normas aplicables.
- Adjunte las pruebas: puede anexar fotos, documentos o certificados que demuestren el error (por ejemplo, que el vehículo estaba vendido o que usted no conducía ese día).
- Presente la solicitud: el derecho de petición puede radicarse de forma presencial o virtual, según lo disponga cada entidad. La mayoría de las secretarías de Movilidad tienen correos electrónicos o formularios web para este trámite.
- Espere la respuesta: según la Ley 1755 de 2015, la autoridad debe responder en un plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir de la radicación.
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