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La nueva reforma pensional, que está a la espera del sí en la Corte Constitucional desde hace ya varios meses, tendría algunos cambios sobre las mesadas de los pensionados.
Si bien la fecha en la que entraría a regir era el 1 de julio de 2025 según lo indicaba en la Ley 2183 de 2024, después de varios atropellos en el congreso la incertidumbre apremia. Le contamos cómo funcionan los aportes de pensionados en este momento y cuáles serían las modificaciones en caso de que la reforma no se caiga.
Para empezar, debemos saber que el Fondo de Solidaridad Pensional, según Colpensiones, es “una cuenta especial de la Nación, sin personería jurídica, adscrita al Ministerio de la Protección Social, destinada a subsidiar las cotizaciones para pensiones de los grupos de población que, por sus características y condiciones socioeconómicas, no tienen acceso a los sistemas de seguridad social”.
Además, este fondo otorga subsidios económicos para proteger a las personas sin hogar o que padezcan de pobreza extrema. Está dividido en dos subcuentas: una de solidaridad, que beneficia a personas trabajadoras y otra de subsistencia, que es la encargada de los casos de extrema desigualdad.
¿Cuál es el objetivo de la subcuenta de solidaridad del Fondo?
De acuerdo con Colpensiones, el objetivo de la subcuenta de solidaridad es subsidiar de manera temporal los aportes a pensión de personas trabajadoras, ya sean asalariadas o independientes, del sector rural y urbano que no dispongan de los recursos suficientes para hacer pagos los pagos totales de esta prestación. “Del mismo, pueden beneficiarse: artistas, deportistas, músicos, compositores, [...] mujeres microempresarias, madres comunitarias, personas con discapacidad física, psíquica y sensorial”, entre otros grupos que enfrentan dificultades para acceder al sistema pensionario.
¿Quiénes aportan y cuánto aportan?
En este momento, según lo publicado por Colpensiones “Toda persona que reciba una mesada pensional superior a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes, debe aportar el 1 % del valor de su mesada con destino a la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, en caso de que la empresa esté aportando para que exista compartibilidad pensional en el futuro, con un Ingreso Base de Cotización superior a cuatro”.
Y para las personas que reciban salarios integrales, tanto la cotización como el aporte adicional al “Sistema General de Pensiones, se harán sobre el 70 % de dicho salario”.
¿Qué cambia con la nueva ley que acompaña la reforma pensional?
La Ley 2381 de 2024 establece nuevas reglas para los aportes al Fondo de Solidaridad Pensional, tanto para los trabajadores en actividad como para los pensionados que reciben mesadas. Sin embargo, debe tener claro que esta ley esta suspendida temporalmente hasta que la Corte Constitucional de una nueva orden.
Para los trabajadores, el aporte adicional se basa en su Ingreso Base de Cotización (IBC) y se suma al 16 % obligatorio que ya deben pagar:
- Quienes tienen un IBC igual o superior a 4 y menor a 7 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv) deberán aportar un 1,5 % adicional al fondo.
- Entre 7 y menos de 11 smlmv, el aporte adicional es del 1,8 %.
- Entre 11 y menos de 19 smlmv, el aporte adicional es del 2,5 %.
- Entre 19 y hasta 20 smlmv, el aporte adicional es del 2,8 %.
- Para ingresos superiores a 20 smlmv, se aporta un 3 % adicional al Fondo de Solidaridad Pensional.
En cuanto a los pensionados, la ley especifica que quienes reciban una mesada entre 10 y 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes deberán aportar el 1 % de la misma al fondo. Aquellos con mesadas superiores a 20 salarios mínimos, el aporte será del 2 %. Estos aportes se destinan a la Subcuenta de Subsistencia, que financia el Pilar Solidario para proteger a las personas en condiciones de pobreza extrema o vulnerabilidad.
La reforma trazada por la Ley 2381 busca equilibrar la solidaridad dentro del sistema pensional, haciendo que quienes reciben mayores ingresos contribuyan más para garantizar la protección social de los sectores más vulnerables.
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